ORDEN FOM/437/2024, de 29 de abril, por la que se incrementa el crédito presupuestario para el programa 3, previsto en la Orden VMV/1018/2022, de 4 de julio, por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.


Mediante la Orden VMV/1018/2022, de 4 de julio, se convocaron subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.


La convocatoria establece en su artículo 42 el crédito presupuestario con el que se dota, con cargo a los fondos transferidos por el MITMA correspondientes a la anualidad 2021, por un importe de 17.464.470 euros, que se reparten entre los 3 programas de ayuda previstos. Asimismo, el articulo 42 distribuye los fondos entre las tres provincias aragonesas en función del número de solicitudes esperadas en el momento de su aprobación.


El apartado 4 del artículo 42 establece que, según lo establecido en el artículo 9 del Decreto-ley 2/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para agilizar la gestión de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación (Next Generation EU-MRR) para la reactivación económica y social de la Comunidad Autónoma de Aragón, se podrá incrementar el crédito presupuestario, si fuera necesario y siempre condicionado a su disponibilidad, incorporando anualidades futuras comprometidas en las Conferencias Sectoriales. Para ello, será necesario que exista un documento de la Conferencia Sectorial que distribuya los fondos o, en su caso, de la entidad decisora de las reformas e inversiones a ejecutar, en la que quede constancia de la existencia de dicho compromiso plurianual.


La Orden VMV/631/2023, de 9 de mayo, incrementó el crédito presupuestario para el Programa 3 con los fondos transferidos mediante Resolución, de 28 de octubre de 2022, de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se regulan los pagos y se formalizan los compromisos resultantes con la Comunidad Autónoma de Aragón en el contexto del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre ("Boletín Oficial del Estado", número 239, de 6 de octubre de 2021), por el que se establecen las bases reguladoras de los Programas de ayudas en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondientes a la anualidad 2022, se adquiere el compromiso de la transferencia de los fondos correspondientes a la anualidad 2022 para Aragón, por importe de 40.239.330 euros, y se aprueba la transferencia del primer 50 % de dicho importe, de 20.119.665 euros, que fue aceptada por el Gobierno de Aragón mediante Acuerdo de 30 de noviembre de 2022.


El restante 50% de los fondos comprometidos de la anualidad 2022 quedó condicionado, según el Acuerdo de dicha Conferencia Sectorial, de la siguiente forma:


"Podrá transferirse el 50% restante cuando la Comunidad Autónoma, Ceuta o Melilla haya acreditado la resolución de concesión de ayuda equivalente al menos a un 25% del objetivo previsto en el artículo 5.4.a) del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del PRTR". Esto es, la concesión de ayudas para 1.159 viviendas, en los programas 1, 3 y/o 4.


Con fecha 23 de noviembre de 2023 quedó justificado el cumplimiento de dicho compromiso al haber acreditado, en la aplicación informática del ministerio, la concesión de ayudas para 1.734 viviendas únicas, superando por lo tanto el 25% del objetivo CID 27, que supone para Aragón la concesión de ayudas para 4.635 viviendas únicas.


La Oficina contable del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana emitió el documento contable "OK" por importe de 20.119.665 euros con fecha de reconocimiento del gasto 30 de noviembre de 2023, realizando posteriormente la transferencia de fondos.


Tanto los fondos de la transferencia 2021, como las dos transferencias de 2022 se han incorporado a la siguiente partida del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2024: 13050 4312 780241 32427.


Los tres programas de la convocatoria han tenido una extraordinaria demanda entre la ciudadanía, de forma que se han presentado 5.054 solicitudes, por un importe de 148,4 millones de euros. Solo en el Programa 3 se han presentado 556 solicitudes para 7.620 viviendas, por importe de 124,9 millones de euros.


En la convocatoria, con el incremento realizado en mayo de 2023, los fondos disponibles actualmente son los siguientes:


En el programa 3, de rehabilitación de edificios, la convocatoria dispone de 28,9 millones de euros, pero hay solicitudes por importe de 124,9 millones de euros, multiplicando por más de 4 veces el crédito disponible.


Una de las obligaciones que marcan las Directivas Europeas para los Estados miembros es el fomento de la rehabilitación energética de edificios residenciales, considerando que es uno de los sectores que más energía consume. Por ello, la reducción del consumo de energía y el uso de energía procedente de fuentes renovables en el sector de la edificación constituyen una parte importante de las medidas necesarias para reducir la dependencia energética de la Unión Europea y las emisiones de gases de efecto invernadero, y se establecen requisitos específicos de ahorro y de eficiencia energética para los estados miembro, además de otras medidas de apoyo a través de mecanismos financieros, de incentivos, normativos, así como medidas de inspección, evaluación y control.


El componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España se centra específicamente en el impulso de las actuaciones de rehabilitación y mejora del parque edificatorio, tanto en ámbitos urbanos como rurales, con el marco estratégico de la Agenda Urbana Española, y asegurando la máxima ambición en el ámbito de la energía y la sostenibilidad, al tiempo que se favorecen actuaciones integrales que contribuyan a mejorar la calidad, el estado de conservación, la accesibilidad y la digitalización de los edificios, fomentando también la construcción de vivienda en alquiler social con estándares de la máxima calidad y eficiencia.


El fomento de la rehabilitación energética a través de los fondos Next Generation-EU, con la mayor dotación de fondos europeos destinados a este objetivo, unido al fomento realizado desde la Comunidad Autónoma, añadiendo con fondos propios, con el trabajo realizado desde las oficinas de rehabilitación de Aragón, informando y atendiendo a los ciudadanos interesados, añadido a circunstancias adversas como la crisis de precios provocada por la guerra de Ucrania y el elevadísimo coste de la energía, está facilitando que las comunidades de propietarios estén tomando por fin la decisión de rehabilitar energéticamente sus edificios; todo ello ha supuesto un cambio de mentalidad en la ciudadanía, que ha comprobado las ventajas de la rehabilitación energética en sus viviendas, la disminución del gasto, la mejora del confort térmico y acústico y de la calidad de las mismas. Es el paso más importante que había que dar para conseguir los ambiciosos objetivos que se nos plantean.


Esto justifica la elevadísima demanda de rehabilitación integral de edificios que se ha producido en nuestra Comunidad Autónoma, y hace necesario responder a la misma con los fondos procedentes de la transferencia recibida, dando cumplimiento a los exigentes objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en Aragón, fundamentalmente en el programa 3 de rehabilitación energética de edificios, en las 3 provincias aragonesas, distribuyéndolo en función de la demanda existente, tal como se prevé en el artículo 42 de la convocatoria.


En consecuencia, a la vista de lo anteriormente expuesto, en uso de las competencias establecidas en el Decreto 11/2024, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Orden VMV/1018/2022, de 4 de julio, se convocaron subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, dispongo:


Primero.- Incrementar el presupuesto previsto en la convocatoria para el Programa 3, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio en un importe de 14.617.267,11 euros con cargo a la transferencia realizada por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana en diciembre de 2023, del segundo 50%, de la siguiente forma:


Incremento con cargo al importe transferido correspondiente al segundo 50 % de la anualidad 2022: 14.617.267,11 euros.


Partida presupuestaria: 13050/4312/780241/32427.


Incremento presupuesto programa 3: 14.617.267,11 euros.


Este presupuesto se reparte inicialmente entre las provincias de Zaragoza Huesca y Teruel en función del número de solicitudes, de la siguiente forma:


Teruel: 730.863 euros.


Huesca: 2.192.590 euros.


Zaragoza: 11.693.814,11 euros.


El presupuesto resultante total asignado a la convocatoria, con este incremento, es el siguiente:


Segundo.- En el caso de que alguna de las provincias no agote el crédito destinado a las ayudas, se operará de la forma prevista en el artículo 42 de la Orden de convocatoria.


Tercero.- La presente Orden entrará en vigor y producirá sus efectos el día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


Contra la presente Orden cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 64.3 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.


Zaragoza, 29 de abril de 2024.


El Consejero de Fomento, Vivienda,


Movilidad y Logística,


OCTAVIO LÓPEZ RODRÍGUEZ

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