RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2024, del Director General de Personal, Formación e Innovación, por la que se aprueban las listas definitivas de personas admitidas y excluidas al procedimiento selectivo de ingreso y acceso al Cuerpo de Maestros, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por el funcionariado del citado Cuerpo, convocados por Orden ECU/117/2024, de 30 de enero, ("Boletín Oficial de Aragón", número 27, de 7 de febrero de 2024).


La Orden ECU/117/2024, de 30 de enero, por la que se convocaba procedimiento selectivo de ingreso y acceso al Cuerpo de Maestros, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por el funcionariado del citado Cuerpo, preveía en su base cuarta la publicación de la lista provisional de personas admitidas y excluidas al procedimiento selectivo. Dicha Orden prevé en su apartado 4.2 que la Dirección General de Personal, Formación e Innovación una vez finalizado el plazo de subsanación y examinadas las alegaciones presentadas a la resolución provisional, dictará resolución por la que se aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas.


En su virtud, esta Dirección General de Personal, Formación e Innovación conforme a lo dispuesto en el Decreto 45/2024, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades y se distribuyen sus competencias ha resuelto:


Primero.- Aprobar los listados definitivos de personas admitidas y excluidas al procedimiento selectivo de ingreso y accesos al Cuerpo de Maestros, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por el funcionariado del citado Cuerpo, en los que se indica aquellas personas que, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.1 de la Orden de la convocatoria, deberán acreditar, mediante la realización de una prueba, el conocimiento del castellano.


Segundo.- Aprobar los listados definitivos de personas admitidas y excluidas para el desempeño de puestos en régimen de interinidad.


El enlace para acceder a los listados se publicará en la web del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades (https://educa.aragon.es).


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas que figuran como admitidas o excluidas definitivamente, podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los recursos administrativos se dirigirán a la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades presentándose electrónicamente a través del Servicio digital Interposición de recursos ante la Administración disponible en https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion. También podrán presentarse electrónicamente en cualquiera de los registros electrónicos indicados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Tercero.- Aquellas personas que en la resolución provisional figuraban como admitidas y en la definitiva figuran como excluidas, podrán presentar alegaciones en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Dichas alegaciones deberán dirigirse a la Dirección General de Personal, Formación e Innovación del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se opte por presentar la documentación ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el servicio de Correos antes de ser enviada.


Cuarto.- Aquellas personas que en la resolución provisional figuraban como excluidas por una causa y en la definitiva figuran como excluidas por otra causa diferente, podrán presentar alegaciones en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Dichas alegaciones deberán dirigirse a la Dirección General de Personal, Formación e Innovación del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se opte por presentar la documentación ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el servicio de Correos antes de ser enviada.


Zaragoza, 24 de abril de 2024.


El Director General de Personal, Formación e Innovación,


JOSÉ M.ª CABELLO SÁENZ DE SANTA MARÍA

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