ORDEN ECU/408/2024, de 17 de abril, por la que se nombra funcionarios/as de carrera a los/as aspirantes admitidos/as al procedimiento para la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, convocado por Orden ECD/318/2023, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de Aragón", número 60, de 28 de marzo de 2023).


En el "Boletín Oficial del Estado", de 5 de octubre de 2022, se publicó el Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias. En su artículo 4, se establece que las Administraciones educativas deberán efectuar una convocatoria pública para que el profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional que reúna los requisitos de titulación y cumpla las condiciones establecidas en su artículo tercero, pueda integrarse en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.


En desarrollo de lo dispuesto en la mencionada disposición, se publicó la Orden ECD/318/2023, de 21 de marzo, por la que se convoca procedimiento para la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria ("Boletín Oficial de Aragón", número 60, de 28 de marzo de 2023).


De conformidad con la base décima de la citada Orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, el profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, que con posterioridad a la finalización del plazo establecido en la base séptima de la convocatoria aprobada por la Orden ECD 318/2023, de 21 de marzo, reuniese los requisitos establecidos en su base tercera, o que no hubiese solicitado la integración dentro de dicho plazo, podrá solicitarlo desde el día siguiente al que se resuelva la convocatoria hasta el 19 de enero de 2026.


Según lo establecido en la base 8.2 de la Orden ECD/318/2023, de 21 de marzo, se publicó Resolución de 1 de marzo de 2024, del Director General de Personal, Formación e Innovación, que da publicidad a la lista definitiva de personal aspirante admitido y excluido al procedimiento para la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.


Finalizada esta fase del procedimiento, en aplicación de la base novena de la Orden ECD/318/2023, de 21 de marzo, procede dar resolución al procedimiento de integración mediante Orden del Consejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, debiendo considerarse, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y asignan competencias a los Departamentos, que será por Orden del titular del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades.


Por todo ello, conforme a lo dispuesto en el Decreto 45/2024, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, acuerdo.


Primero.- Resolver la estimación de las solicitudes de integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria presentadas por los/as aspirantes que se relacionan en el anexo I de esta Orden.


Segundo.- El nombramiento como funcionarios/as de carrera surtirá efectos económicos y administrativos desde la fecha correspondiente según la situación de cada solicitante en función de lo estipulado en la base decimosegunda de la Orden ECD/318/2023, de 21 de marzo. La fecha de efectos de la integración se incluye en el anexo I de esta Orden.


Tercero.- Ordenar la publicación de la Orden en el "Boletín Oficial de Aragón" y en la página web del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades (www.educa.aragon.es).


Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el titular del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de que se interponga recurso de reposición, éste deberá presentarse en formato electrónico en la Sede electrónica de la Administración Pública de Aragón, a través del Servicio digital de Interposición de recursos ante la Administración (https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion).


Asimismo, se podrá impugnar directamente ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.


Zaragoza, 17 de abril de 2024.


La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, CLAUDIA PÉREZ FORNIÉS

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