RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2024, del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Zaragoza, relativo a la Autorización Administrativa Previa y de Construcción, del proyecto Planta Solar Fotovoltaica "Albacor" de 1000 kW en el término municipal de Almonacid de la Sierra. Expediente: G-Z-2023-080.


Visto el expediente iniciado con fecha 25 de mayo de 2023, a petición de Desarrollos del Guepardo, SL, para la nueva instalación solar fotovoltaica sobre suelo "Planta Fotovoltaica Albacor", sita en el término municipal de Almonacid de la Sierra, con referencia catastral: 50024A02300002, 50024A02300026, 50024A02300006, 50024A02300031, 50024A02309002, 50024A03500002, 50024A03500003, 50024A03500005, 50024A03500006, 50024A03509004, con la finalidad de producción de energía eléctrica (Subgrupo b.1.1).


Vistas la potencia eléctrica y demás características técnicas, que se detallan al dorso del presente documento, según proyecto para la instalación de generación suscrito por el Ingeniero Industrial Pedro Machín Iturria, colegiado número 2.474, por Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja, en fecha 23 de mayo de 2023, con número de visado VD02233-23A, con presupuesto de ejecución de 556.847,80 euros.


Visto que se han cumplido los trámites previstos en el Decreto-ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón, modificado por la Ley 1/2021 de simplificación administrativa, este Servicio Provincial, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 128, 131 y concordantes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante la presente Resolución, otorga la autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones solicitadas, con las siguientes condiciones:


1. La autorización administrativa previa y de construcción se otorga en todo caso a salvo del derecho de propiedad y sin perjuicio del de terceros. La disponibilidad de los bienes y derechos afectados para la instalación deberá obtenerse por medios válidos en derecho, no siendo objeto de esta autorización, que no implica pronunciamiento alguno sobre la necesidad de ocupación de los bienes afectados. Esta autorización es independiente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros que sean necesarios para la realización de las obras.


2. El plazo de ejecución del proyecto aprobado y presentación de la solicitud de puesta en marcha deberá ser de tres años contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución. Dicho plazo se entenderá suspendido en tanto se obtengan las correspondientes autorizaciones, licencias y permisos necesarios para la ejecución del proyecto aprobado siempre que la demora no se deba a causas imputables a su titular.


3. Este Servicio Provincial considera que no existen reparos a la emisión de las autorizaciones siempre y cuando se cumplan con los condicionados técnicos establecidos por los organismos y entidades afectados, habiendo sido aceptados por el titular, por lo que no cabe pronunciarse sobre los mismos.


4. La instalación habrá de ejecutarse de acuerdo con las características y detalles constructivos consignados en el proyecto que ha servido de base para la tramitación del expediente y, en todo caso, dentro de las normas reglamentarias.


5. El propietario de esta instalación o entidad con capacidad y responsabilidad suficiente en quien éste delegue, estará obligado a llevar a cabo las obras de conservación y reparación que se precisen durante su explotación para mantenerla constantemente en condiciones de seguridad, tanto desde un punto de vista técnico como reglamentario.


6. Con intervalos no superiores a tres años se efectuará un reconocimiento periódico para comprobar las condiciones de mantenimiento de la instalación. Los resultados de dicho reconocimiento se harán constar en el Boletín de Reconocimiento Periódico que se presentará en este Servicio Provincial.


7. La Administración podrá dejar sin efecto la presente autorización en cualquier momento si se comprobase el incumplimiento de las condiciones anteriores o por ser inexactas las informaciones y datos contenidos en los documentos que han servido de base a la tramitación del expediente.


8. Finalizada la instalación, el titular presentará ante este Servicio Provincial, la solicitud de autorización, acompañada del certificado de dirección de obra, certificado de instalación C0004 de baja tensión, certificado de inspección inicial por organismo de control, certificado de instalación C0004 de los consumos propios y certificado acreditativo del depósito de la garantía de servicio y desmantelamiento, así como el resto de documentación técnica requerida según la tecnología de la instalación y la normativa de aplicación. Además, deberá tener en vigor los permisos de acceso y conexión a la red de transporte o distribución, según corresponda. Así mismo, se deberá presentar una declaración responsable adicional a la documentación requerida, en la que el promotor declare que cumple con los condicionados de establecidos por los organismos afectados por la instalación autorizada.


9. Se instalará un sistema de control que garantice que la potencia activa inyectada a red no supere la capacidad de acceso otorgada.


10. El recinto correspondiente de la subestación de maniobra y la línea subterránea se cederán a la empresa distribuidora de la zona, antes de la puesta en servicio.


11. En cumplimiento de la disposición adicional primera del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, las instalaciones de generación de electricidad cuya potencia total instalada supere la capacidad de acceso otorgada deberán disponer de un sistema de control, que impida que la potencia activa que esta pueda inyectar a la red supere dicha capacidad de acceso.


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.


Zaragoza, 12 de abril de 2024.- La Directora del Servicio Provincial de Zaragoza, Ana Elena Romero Aznar.


Características de la instalación.


Instalación de producción de energía eléctrica.


Módulos: 2.280 ud Trina Solar TSM-DEG19RC.20 Vertex de 570 Wp, total 1.299,6 kWp.


Inversores: 8 ud Sungrow SG125HX de 125 kW, total 1.000 kW.


Potencia instalada: 1.000 kW.


Potencia acceso y conexión: 1.000 kW.


Superficie vallada: 2,81 Ha.


Producción prevista: 2.449 MWh/año.


Línea eléctrica: Líneas subterráneas desde los inversores hasta el cuadro de BT del centro de transformación de 1.250 KVA, 0,8/15 kV.


centro de transformación.


Edificio prefabricado en superficie, alojando 1 cabina de protección con interruptor automático, 1 cabina de línea telemandadas con p.a.t. de 630 A 24 kV, 1 transformador de 1.000 kVA 0,8/15 kV, e interruptor + fusibles generales de baja tensión.


Situación: polígono 23, parcela 6 en el término municipal de Almonacid de la Sierra.


Línea eléctrica subterránea 1.


Origen: Centro de transformación.


Final: Centro de protección y medida.


Longitud: 500 m de zanja.


Recorrido: polígono 23 parcelas 2, 31, 9002 y polígono 35 parcelas 2, 3, 5, 9004 en el término municipal de Almonacid de la Sierra.


Tensión: 15 kV.


Circuitos: 1.


Conductores: RH5Z1 12/20 kV 3x1x240 mm² Al.


centro de seccionamiento, protección y medida.


Edificio prefabricado con recinto para la empresa distribuidora y recinto para usuario, compuesto por:


Recinto usuario (protección y medida) alojando 1 cabina de línea con interruptor-seccionador, 1 cabina para servicios auxiliares, 1 cabina de medida con 3 TI y 3 TT, 1 cabina de protección con interruptor automático y 1 cabina de remonte, telemandadas con p.a.t. de 630 A 24 kV.


Recinto distribuidora (seccionamiento): conjunto compacto de 3 cabinas de línea telemandadas con interruptor-seccionador con p.a.t. de 630 A 24 kV, y cabina de Servicios Auxiliares.


Situación: polígono 35, parcela 5 en el término municipal de Almonacid de la Sierra.


Línea eléctrica subterránea 2.


Origen: Centro seccionamiento a ceder a la empresa distribuidora.


Final: Nuevo Apoyo a instalar, con doble conversión A/S de la línea de MT "Cariñena-R" de 15 kV (X= 639.541, Y= 4.588.308).


Longitud: 37 m de zanja.


Recorrido: polígono 35 parcelas 5, 6 en el término municipal de Almonacid de la Sierra.


Tensión: 15 kV.


Circuitos: 1.


Conductores: RH5Z1 12/20 kV 2x(3x1x240) mm² Al.

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