ORDEN EEI/388/2024, de 18 de abril, por la que se da publicidad al Acuerdo de 3 de abril de 2024, del Gobierno de Aragón, por el que se declara como inversión de interés autonómico con interés general de Aragón el Proyecto "Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE", en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza) promovido por Clave Logística Aragonesa, SL (Grupo Costa).


Aprobado por el Gobierno de Aragón, el día 3 de abril de 2024, Acuerdo por el que se declara como inversión de interés autonómico con interés general de Aragón el Proyecto "Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE", promovido por Clave Logística Aragonesa, SL, se procede a su publicación a continuación.


Zaragoza, 18 de abril de 2024.


La Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Empleo e Industria,


MARÍA DEL MAR VAQUERO PERIANEZ


ACUERDO DE 3 DE ABRIL DE 2024, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE DECLARA COMO INVERSIÓN DE INTERÉS AUTONÓMICO CON INTERÉS GENERAL DE ARAGÓN EL PROYECTO "CENTRO LOGÍSTICO AGROALIMENTARIO DEL VALLE DEL EBRO "CLAVE", EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VILLAMAYOR DE GÁLLEGO (ZARAGOZA) PROMOVIDO POR CLAVE LOGÍSTICA ARAGONESA, SL (GRUPO COSTA)


Las inversiones de interés autonómico se definen en el artículo 6 del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, como las declaradas por el Gobierno de Aragón por tener una especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón. Dicha norma legal fue modificada con la promulgación del Decreto-ley 4/2019, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para la agilización de la declaración de interés general de planes y proyectos ("Boletín Oficial de Aragón", número 22, de 1 de febrero de 2019).


En concreto, el artículo primero de este último Decreto-ley introdujo un nuevo artículo 7.bis) para regular la declaración de interés autonómico con interés general de Aragón de los planes y proyectos de interés general, con el objeto de permitir, como señala la parte expositiva de la norma, que la declaración de interés autonómico de una inversión pueda implicar la declaración de interés general conforme a la normativa de ordenación del territorio, previa solicitud de informe del Departamento competente en materia de ordenación del territorio.


Por otra parte, y en coherencia con dicha modificación, se reformó el artículo 36 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón (en lo sucesivo, TRLOTA), aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, para ampliar el ámbito de aplicación de la declaración de interés general implícito que se regula en dicho precepto, e incluir aquellas actividades resultantes de inversiones que hayan sido declaradas de interés autonómico por el Gobierno de Aragón cuando tal declaración implique su consideración como de interés general a los efectos establecidos en la normativa de ordenación del territorio.


Se elimina así, según se indica, una ponderación redundante de unos intereses sustancialmente idénticos garantizando, además, que el máximo órgano ejecutivo de Aragón se pronuncie sobre los mismos.


En este contexto normativo debe tomarse en consideración la solicitud de declaración como inversión de interés autonómico con interés general de Aragón del proyecto "Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE" en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza), presentada con fecha 12 de marzo de 2024 por Clave Logística Aragonesa, SL (Grupo Costa). A la solicitud se acompaña una Memoria justificativa en la que se exponen los motivos que fundamentan el interés autonómico y general para Aragón del proyecto presentado, así como seis planos descriptivos del ámbito afectado.


Adicionalmente, solicita que se reconozca a Clave Logística Aragonesa, SL, mercantil perteneciente al Grupo Costa, además de la declaración de inversión de interés autonómico con interés general de Aragón del proyecto, lo siguiente:


i) Que el Gobierno de Aragón, según lo dispuesto en el artículo 7 bis, apartado 2, del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, reconozca a Clave Logística Aragonesa, SL la condición legal de promotora definitiva de la actuación para la que se solicita la declaración de inversión de interés autonómico y de interés general de Aragón, así como de todos los procedimientos de ordenación territorial y urbanísticos que se requieran para la ejecución del citado proyecto, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.bis) del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, y el resto de normativa aplicable;


ii) Que, de conformidad con la Memoria justificativa y la documentación gráfica presentadas, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 39 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, así como en el artículo 106 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, apruebe la delimitación del ámbito del proyecto "Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE", a ejecutar en Villamayor de Gállego (Zaragoza), conformado por un subámbito 1, constituido por la parcela privada donde se albergará el proyecto "CLAVE" propiamente dicho, y un subámbito 2, constituido por la futura carretera de conexión entre la A-2 y la A-129.


Clave Logística Aragonesa, SL (en adelante CLAVE), mercantil perteneciente al Grupo Costa, es la promotora del Proyecto "Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE", cuya declaración de inversión de interés autonómico y declaración de interés general se solicita.


El Grupo Costa tiene una dilatada experiencia en el sector de la industria agroalimentaria, se trata de la segunda mayor ganadera de España y la tercera mayor de Europa según la lista Mega Producers 2023 de National Hog Farmer. El origen del grupo empresarial aragonés es Piensos Costa, SA, una empresa referente en el sector porcino nacional fundada en 1966 en Fraga (Huesca). El Grupo Costa dispone de 850 granjas de porcino y de 400 de aves, repartidas por gran parte del territorio nacional. De esta forma, de acuerdo con la documentación aportada por la promotora, el Grupo Costa es hoy el cuarto mayor grupo cárnico nacional. Exporta a 107 países en todo el mundo y genera más de 5.000 puestos de trabajo entre directos e integrados.


El proyecto que Clave Logística Aragonesa, SL pretende desarrollar tiene por objeto la creación de una gran plataforma agroalimentaria que aune actividades agroindustriales, biofarmacéuticas y logísticas en el municipio de Villamayor de Gállego.


El proyecto nace con dos objetivos:


1. En primer lugar, la voluntad de implantar una plataforma de actividades agroindustriales, biofarmacéuticas y logísticas de las zonas productivas más importantes de España, como es el Valle del Ebro, con influencia directa en las Comarcas Central de Zaragoza, Hoya de Huesca/Plana de Uesca, Monegros, Somontano de Barbastro y Bajo Cinca/Baix Cinca. Esa posición central, con la consiguiente proximidad tanto a nudos de transporte por carretera, como a la red ferroviaria, así como a uno de los aeropuertos con mayor tráfico de carga del país, se convierte en elemento esencial de la ubicación elegida en Villamayor de Gállego.


2. En segundo lugar, posicionar a Aragón como territorio pionero en la innovación y transformación de un sector tan importante para la economía española, y en particular para la aragonesa, como es el agroalimentario, a través de la implantación de un centro de investigación y desarrollo de nuevos productos derivados de las mermas y desperdicios del pollo y el cerdo, que genera economía circular en el ámbito de las actividades de este sector.


3. El proyecto "CLAVE" comprende las siguientes instalaciones a desarrollar en dos fases, cada una de ellas con un horizonte previsto de desarrollo de cinco años, comenzando a ejecutarse una vez aprobado definitivamente el plan o proyecto de interés general de Aragón (en lo sucesivo, PIGA):


Fase 1:


1. Sede Central Corporativa.


En Villamayor de Gállego se ubicará la sede corporativa de todo el Grupo Costa, junto con el edificio general administrativo para la gestión administrativa de todo el complejo y zonas generales de circulación, aparcamiento, edificios de control de accesos y seguridad, etc., Está previsto que el edificio corporativo del Grupo Costa ocupe una superficie edificado próxima a los 4.000 m², con 40 trabajadores entre personal directivo y administrativo.


2. Campus Biotecnológico.


Un vector de crecimiento esencial en la estrategia de diversificación y expansión del Grupo Costa consiste en la apuesta decidida por la inversión en biotecnología a través del desarrollo de nuevos productos elaborados a partir de lo que tradicionalmente no fueron más que mermas y desperdicios dentro de la cadena productiva tanto del pollo como del cerdo.


Dentro del ámbito del PIGA se dará cabida a todas esas nuevas líneas de inversión, tanto en su vertiente de investigación y desarrollo como productiva, en lo que constituirá un verdadero Campus especializado en biotecnología que alternará los centros de investigación alineados con diversas universidades y centros de investigación y las plantas productivas de nuevos productos aprovechando la cercanía física a las dos principales implantaciones. Están previstas instalaciones que en su conjunto y finalizadas en su totalidad supondrán 20.000 m² edificados, con 200 trabajadores a tiempo completo, fundamentalmente técnicos.


3. Avícola.


Implantación de la actividad avícola replicando la infraestructura industrial del Grupo Costa situada en Viso del Alcor (Sevilla), siguiendo el plan estratégico de crecimiento de la compañía que pasa por el establecimiento de una base de producción y logística en la mitad norte peninsular. Compuesto por:


- Matadero de aves de 2 líneas (pollos y pavos), con sala de despiece y envasado, con capacidad de sacrificio de 1.000.000 de aves semanales. Desarrollándose en una edificación de 40.000 m², con 1.000 trabajadores directos y generando un flujo de 65 camiones diarios.


- Planta de platos preparados, en una instalación industrial de 20.000 m², con 300 trabajadores directos y generando un flujo de 30 camiones diarios, que será compartida para la elaboración de platos procedentes del porcino.


- Planta de congelados, en una edificación industrial de 6.000 m².


- Fábrica de proteínas, en una instalación industrial de 8.000 m², con 15 trabajadores directos y generando un flujo de 10 camiones diarios.


- Fábrica de piensos con una capacidad de producción de 250.000 kg/día, en una edificación industrial de 7.000 m², con 15 trabajadores directos y generando un flujo de 20 camiones diarios.


- Incubadora de aves, en una instalación de 10.000 m², con 30 trabajadores directos y generando un flujo de 3 camiones diarios.


4. Logística.


- Nave logística, centro distribución: Desarrollando la actividad en una nave de 20.000 m², con 20 trabajadores directos y generando un flujo de 40 camiones diarios.


- Zona logística y talleres con capacidad para un mínimo de 100 camiones, lo que implica la necesidad de disponer unos 15.000 m² de superficie.


Fase 2:


Porcino.


La implantación se refiere a la actividad porcina y significa centralizar algunas de las infraestructuras que actualmente el Grupo Costa tiene dispersas en diversos territorios, principalmente en Cataluña, aprovechando, para ello, el impacto positivo que la ubicación central de la plataforma tiene en relación con los numerosos centros de producción del Grupo y los principales mercados hacia los que dirige su comercialización.


En la implantación de esta línea, se pretende ejecutar lo siguiente:


- Matadero de porcino, con sala de despiece y envasado, con capacidad de sacrificio de 12.000 cerdos al día. Desarrollándose en una edificación de 40.000 m², con 1.500 trabajadores directos y generando un flujo de 65 camiones diarios.


- Planta de congelados, en una edificación industrial de 15.000 m², con 50 trabajadores directos y generando un flujo de 40 camiones diarios.


- Planta de platos preparados, en una instalación industrial de 20.000 m², con 300 trabajadores directos y generando un flujo de 30 camiones diarios, que será compartida para la elaboración de platos procedentes del ave.


- Fábrica de piensos con una capacidad de producción de 2.000.000 kg/día, en una edificación industrial de 15.000 m², con 25 trabajadores directos y generando un flujo de 160 camiones diarios.


En cuanto a la ubicación geográfica del proyecto se localiza en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza), cuenta con una superficie aproximada de 1.550.233 m² y se ubica entre el polígono industrial de Malpica, la A-2 y el núcleo urbano de Villamayor de Gállego.


Por lo que respecta a los plazos de ejecución, se han establecido dos fases de desarrollo de la inversión, cada una de ellas con un horizonte de desarrollo de cinco años, comenzando una vez aprobado definitivamente el PIGA, siempre teniendo en cuenta la dificultad de concretar con exactitud en este momento inicial todo el desarrollo de este tipo de implantaciones industriales, que vendrán determinadas por el contexto económico del momento.


Con fecha 19 de marzo de 2024, la Dirección General de Política Económica ha emitido informe acerca de la solicitud de declaración del proyecto "Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE" en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza), como inversión de interés autonómico con interés general de Aragón.


A la hora de evaluar el impacto socioeconómico del proyecto de inversión, se debe considerar que la instalación de una nueva planta productiva no solo supone el incremento de capital físico propio de la actuación inversora, sino que genera nuevos puestos de trabajo estables de alta cualificación durante el proceso de construcción y operación del mismo. De acuerdo con la Memoria presentada por el promotor, el proyecto de la creación de una plataforma de actividades agroindustriales, biofarmacéuticas y logísticas en Villamayor de Gállego tendrá un presupuesto total, culminada la totalidad de sus fases de desarrollo, de 469,1 millones de euros. De ellos, 62 millones de euros corresponderían a la urbanización y 407,1 millones de euros a la inversión total prevista en implantación de las distintas actividades.


Respecto a la generación de empleo promovido por esta iniciativa de inversión, el promotor estima una cifra de 304 puestos de trabajo durante la fase de construcción, mientras que en la fase de operación se proyectan entre 2.500 y 3.245 puestos de trabajo permanentes en función de las fases del proyecto. En concreto, el promotor planifica crear los mismos puestos de trabajo que actualmente tiene la planta de elaborados de ave que el Grupo Costa tiene en Viso del Alcor (Sevilla), cuya implantación se pretende replicar. Dicha planta generará 1.390 puestos de trabajo directos y en torno a 2.000 indirectos.


Por su parte, la planta de producción de porcino previsto en una segunda fase de implantación, se estima un impacto laboral de aproximadamente 1.575 puestos de trabajo directos, sin considerar los consiguientes puestos indirectos. En lo relativo al campus biotecnológico y la plataforma logística se estima la creación de en torno a 200 puestos de trabajo el campus y 25 la plataforma, 40 en las oficinas y 15 puestos de trabajo atribuidos a actividades generales.


El impacto sobre la creación de empleo que el proyecto de inversión presentado tendría, tanto para la localidad de Villamayor de Gállego como para la comarca Central de Zaragoza, sería notable. Según los últimos datos disponibles del Instituto Aragonés de Estadística (IAEST), se registraron 192 personas paradas en el mes de febrero de 2024 en la localidad de Villamayor de Gállego y 34.481 en la Comarca Central de Zaragoza, por lo que el proyecto de creación de una plataforma de actividades agroindustriales, biofarmacéuticas y logísticas por parte del Grupo Costa en Villamayor de Gállego supondría un impulso para la reducción del desempleo local, que evidentemente tendrá que abastecer de fuerza de trabajo esta instalación.


Por otra parte, y como es sabido, la Comunidad Autónoma de Aragón presenta una especialización productiva relativa en el sector agroindustrial, respecto al conjunto de España, lo que produce importantes impactos positivos para la economía regional. Por un lado, y como la teoría y evidencia empírica económica han demostrado ampliamente, la industria es el sector que crea más valor añadido por unidad de trabajo; es decir, es el sector de la economía con mayor productividad en su conjunto. Por otro lado, la industria aragonesa es el principal agente de las exportaciones regionales. Además, el empleo que genera es de mayor calidad que el de los otros sectores, tanto por su menor tasa de temporalidad, como por la cualificación exigida a sus trabajadores de los distintos niveles. Por otra parte, es el sector que más esfuerzo inversor realiza en I+D+i privado. Por ello, todos los proyectos empresariales que permitan una ampliación de las capacidades productivas industriales en la Comunidad Autónoma, contribuyen a potenciar los determinantes económico sociales señalados.


Asimismo, cabe señalar la elevada capacidad de arrastre de las actividades agroindustriales, especialmente de los sectores primarios, es decir, su capacidad para dinamizar la actividad económica a través de las compras de factores y productos a otras actividades de la zona, así como su capacidad para generar empleo en las economías rurales. El proyecto presentado por la empresa Clave Logística Aragonesa, SL tiene un indudable interés autonómico por el importante efecto que tendrá para la dinamización económica del territorio municipal de Villamayor de Gállego y de la Comarca Central, así como por ser una inversión generadora de riqueza e ingresos en el ámbito local. Además, por las características del proyecto presentado, éste permitiría generar un crecimiento local endógeno, duradero, innovador y sostenible. Asimismo, el proyecto tendría un destacado impacto social al generar empleo local, lo que refuerza la cohesión social e incide positivamente en la estructura social actual de la zona, configurándose como una palanca de desarrollo económico y social no solo para los municipios implicados, sino para el conjunto de Aragón.


El desarrollo de este proyecto en la Comunidad Autónoma de Aragón resulta también coherente con la delimitación de sectores estratégicos enunciada por el Gobierno de Aragón, entre los que se encuentra el sector agroalimentario, cuya importancia relativa se sitúa en torno al 10% del VAB total de la Comunidad Autónoma y el 9,8% del empleo total regional, de acuerdo con las estimaciones más recientes del IAEST.


En este marco estratégico de especialización productiva regional se encuadra el proyecto de inversión presentado por Clave Logística Aragonesa, SL, que contribuiría a incrementar la menor especialización relativa de la Comarca Central en la rama productiva de la industria manufacturera. Así lo evidencian los últimos datos disponibles del IAEST que analizan el VAB comarcal, que muestran cómo el peso de la citada rama, en relación al total del VAB de la Comarca Central, alcanzaba el 16,9% en el año 2022 (último dato disponible) frente al peso del 18,7% del VAB total que tiene en el conjunto de la Comunidad Autónoma.


En consecuencia, la Dirección General de Política Económica concluye emitiendo informe favorable a la declaración del proyecto "CLAVE" como inversión de interés autonómico con interés general de Aragón.


Con fecha 26 de marzo de 2024, la Dirección General de Promoción Industrial e Innovación ha emitido informe favorable en relación con la solicitud de declaración del proyecto "Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE" en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza) como inversión de interés autonómico con interés general de Aragón. El sentido favorable del informe se fundamenta en las siguientes consideraciones:


- Aragón es uno de los mayores centros industriales de España. Es la sede de empresas industriales de diversos sectores como la maquinaria de construcción, maquinaria agrícola, papelera, metalúrgica, electrónica, química e industria agroalimentaria, sin olvidar la automoción. La importancia económica del sector industrial radica no solo en su aportación a la riqueza de la economía y su contribución al crecimiento económico, sino también en su capacidad para generar empleo cualificado, la productividad de ese empleo, la capacidad de arrastre e impulso de otras actividades económicas, la internacionalización de sus empresas y su alta actividad de investigación e innovación.


- El proyecto "CLAVE" supone una contribución muy relevante a la política de fomento de la actividad industrial desarrollada desde este centro directivo, puesto que apoya una mayor diversificación y especialización industrial, así como una destacada capacidad exportadora, impulsa la productividad laboral y, con ello, un empleo estable y de calidad, requiere e induce capacidades de investigación en innovación y genera un importante volumen de actividad económica, tanto en el ámbito del sector industrial como en el de servicios.


- Finalmente, y desde la perspectiva del ámbito de la seguridad industrial, la puesta en servicio de las instalaciones frigoríficas, de baja tensión de protección contra incendios, etc. descritas en la Memoria presentada, no requiere de autorización previa para su puesta en servicio. De conformidad con lo establecido en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, "las instalaciones, equipos, actividades y productos industriales, así como su utilización y funcionamiento deberán ajustarse a los requisitos legales y reglamentarios de seguridad". En este sentido, el texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial en Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, establece en su artículo 17 como procedimiento general para la puesta en servicio de instalaciones industriales el sistema de comunicación previa y declaración responsable.


Con fecha 26 de marzo de 2024, la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria ha emitido informe favorable acerca de la solicitud de declaración del proyecto "Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE" en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza) como inversión de interés autonómico con interés general de Aragón. El sentido favorable del informe se fundamenta en las siguientes consideraciones:


- El proyecto de inversión previsto, supone el crecimiento económico del sector agroalimentario y el aumento del valor añadido de los productos agrarios.


- La situación estratégica de la inversión.


- La creación de puestos de trabajo en el medio rural, para favorecer la fijación en el medio rural, la sostenibilidad y la vertebración territorial.


- La actuación como coadyuvante al desarrollo de las industrias agroalimentarias existentes actualmente en la zona de influencia.


Con fecha 21 de marzo de 2024, la Dirección General de Planificación Estratégica y Logística ha emitido informe favorable acerca de la solicitud de declaración del proyecto "Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE" en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza) como inversión de interés autonómico con interés general de Aragón.


La solicitud presentada para la declaración del proyecto como de interés autonómico con interés general de Aragón viene acompañada de Memoria justificativa en la que se hacen constar los aspectos esenciales del proyecto, que se implantará en un área de 1.550.233 m² (parcela neta de 1.149.968 m², con una edificabilidad neta del 70%, es decir, de 804.978 m² ) y se ubica entre el polígono industrial de Malpica, la A-2 y el núcleo urbano de Villamayor de Gállego.


La estructura viaria consta de una carretera de conexión entre la A-2 y la carretera A- 129. La carretera se prediseña con rotondas interpuestas que permitan la fácil circulación interior en el ámbito.


En cuanto a la estructura de la propiedad del ámbito, el 74.83% (1.160.036 m²) pertenece al Ayuntamiento de Villamayor de Gállego y el 25.17 % (390.197 m²) a propietarios privados.


Respecto a la clasificación de los suelos, el proyecto se ubica en suelo urbanizable no delimitado y suelo no urbanizable especial de protección de secano y regadío y patrimonio cultural en el medio rural.


El artículo 33.2 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón (en lo sucesivo TRLOTA), aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, establece que los planes y proyectos de interés general de Aragón se ubicarán preferentemente en suelo urbanizable no delimitado o en suelo no urbanizable genérico. Cuando hubieran de afectar a otras clases o categorías de suelo, habrá de justificarse motivadamente tanto la necesidad de la concreta ubicación como la compatibilidad con los valores propios del suelo afectado.


La mercantil solicitante justifica la ubicación elegida en las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza 6.1.6.3.b) y 6.1.12 - instrumento aplicable al municipio de Villamayor de Gállego-, reguladoras del suelo no urbanizable, que posibilitan la autorización especial a través del procedimiento regulado en el artículo 36 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón (en adelante, TRLUA), aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por tratarse de usos de carácter productivo que resultan incompatibles con el medio urbano, que requieren de suelos urbanizados de gran tamaño, y que están vinculados a actividades industriales calificables como nocivas, insalubres o peligrosas, que exigen el alejamiento de los núcleos urbanos.


Los elementos esenciales que la mercantil solicitante destaca para justificar el interés general de la actuación son los siguientes:


- Sostenibilidad: los suelos sobre los que se emplazará el proyecto permiten el desarrollo de este tipo de actividades y su localización próxima a otras zonas industriales y a núcleos urbanos conlleva la existencia de infraestructuras en funcionamiento tanto en el interior como en los perímetros exteriores del ámbito que hacen innecesario acometer nuevas construcciones, optimizando así los recursos existentes.


- Cohesión social: generar un impulso económico directo en Villamayor de Gállego y en los municipios cercanos como La Puebla de Alfindén, Pastriz, Alfajarín, Nuez de Ebro, Villafranca de Ebro, Perdiguera y Zaragoza; activando las actividades empresariales en la zona y fomentando el asentamiento de población.


- Impacto en recursos naturales: incluye medidas para el tratamiento del agua y su devolución al medio, así como el tratamiento de los desechos animales, incentivando la circularidad de los recursos y la gestión de los residuos generados, incidiendo en la transición hacia una economía circular, vector estratégico en Aragón en su compromiso por cumplir con los objetivos medioambientales y de sostenibilidad de la Estrategia Aragonesa de Cambio Climático 2030.


Por otra parte, desde la perspectiva del impacto social y económico en el territorio, la solicitante destaca los siguientes puntos:


- Desarrollo de empleo, al necesitar un número elevado puestos de trabajo desde operarios hasta empleados de nivel técnico cualificado para gestionar las diferentes líneas de producción, mantenimiento, investigación, logística etc. de las plantas.


- Desarrollo económico directo al implantar una industria de grandes dimensiones afianzada en el sector.


- Creación de un sector vinculado a la biofarmacia.


- Crecimiento y beneficio indirecto en el sector agroalimentario y ganadero.


- Otros beneficios económicos directos en las actividades empresariales vinculadas al sector agroindustrial sitas en los municipios del entorno.


Aragón destaca a nivel nacional, ya que la industria de la alimentación aportó el 89% del total de la rama agroindustrial en la generación del mayor VAB.


A nivel de generación de puestos de trabajo, la mercantil solicitante prevé la creación de 300 puestos de trabajo durante la fase de construcción y entre 2.500 y 3.245 puestos de trabajo permanentes en fase de operación. Cuantifica la inversión total en 468.787.500 de euros destinando 61.687.500 de euros a la urbanización y 407.100.000 de euros a la inversión total prevista en implantación de las distintas actividades.


La Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA), aprobada por Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, es un instrumento de planificación territorial contemplado en los artículos 17 y siguientes del TRLOTA, para diseñar el modelo de uso y transformación del territorio aragonés a corto, medio y largo plazo. Su objetivo es establecer pautas de actuación (estrategias y normas) para los agentes territoriales que promuevan el desarrollo territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón de forma equilibrada y sostenible de acuerdo con los objetivos y estrategias contenidos en los artículos 2 y 3 del TRLOTA: la mejora de todos aquellos factores que configuran la calidad de vida de los habitantes de un territorio y que dependen, de forma directa o indirecta, de las características del medio en el que viven (factores territoriales de desarrollo), teniendo en cuenta una serie de condicionantes que pueden limitar o potenciar este desarrollo.


El proyecto "CLAVE" se integra en el modelo territorial de Aragón, contribuyendo a la consecución de los objetivos de la EOTA. En la Memoria presentada se justifica este extremo en los siguientes términos:


La actuación se encuadra en las estrategias 1.1.E1. Logística, 1.1.E2. Industria agroalimentaria, 1.1.E4. Mejora de la estructura del complejo agroalimentario aragonés. Estas estrategias están asimismo incluidas en el anexo II de la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación aprobada mediante Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, relativo a las propuestas contenidas en la Estrategia de Ordenación del Territorial de Aragón relacionadas con la mencionada Directriz. La solicitante encuadra asimismo la actuación en la Estrategia 9.1.1.1 de la Estrategia Aragonesa de Desarrollo Económico 2021-2030: la cadena de valor de la industria farmacéutica/ química y los programas de atracción para la implantación de nuevas de empresas y el programa de apoyo a la I+D+i en al ámbito biotecnológico.


El artículo 7 bis del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón determina en su apartado 5 que "cuando el Gobierno acuerde la declaración de interés autonómico de la inversión conforme a lo establecido en este artículo, la actuación de que se trate se considerará de interés general a todos los efectos establecidos en la legislación de ordenación del territorio. Asimismo, dicha declaración podrá incluir la declaración de utilidad pública o interés social de las expropiaciones precisas para la ejecución de las inversiones declaradas de interés autonómico y general, siempre que el ámbito del Plan o Proyecto de Interés General esté delimitado en la declaración de interés autonómico y general".


Por otra parte, el artículo 39 del TRLOTA dispone que "cuando la ubicación de un Plan o Proyecto de Interés General de Aragón estuviera determinada en el acuerdo del Gobierno de Aragón de declaración del interés general, el ámbito correspondiente tendrá la consideración de reserva de terrenos para la constitución o ampliación de los patrimonios públicos de suelo y de área de tanteo y retracto para el destino especificado en la declaración de interés general, sometiéndose a tal fin al régimen establecido en la legislación urbanística". Este régimen dejará de aplicarse una vez transcurridos cinco años desde la determinación de la ubicación de un Plan o Proyecto de Interés General de Aragón sin que éste hubiere sido definitivamente aprobado.


En este caso, se considera, por tanto, oportuno proceder a la delimitación del ámbito afectado por el Plan y sus correspondientes proyectos.


El ámbito del Plan se localiza en el término municipal de Villamayor de Gállego, cuenta con una superficie aproximada de 1.550.233 m² y se ubica entre el polígono industrial de Malpica, la A-2 y el núcleo urbano de Villamayor de Gállego.


La ordenación del ámbito se estructura en torno a dos subámbitos, el 1 conformado por la parcela privada donde se albergará el proyecto CLAVE propiamente dicho, y el 2, constituido por la futura carretera de conexión entre la A-2 y la A-129.


La propiedad de los terrenos pertenece en un 74,83% (1.160.036 m²) al Ayuntamiento de Villamayor de Gállego y en un 25.17 % (390.197 m²) a propietarios privados.


La concreta ubicación de los terrenos se encuentra delimitada en los términos establecidos en el anexo I de este Acuerdo, de conformidad con las referencias catastrales de las parcelas relacionadas que conforman el ámbito del PIGA, por lo que, en aplicación directa del artículo 39 del TRLOTA, el ámbito correspondiente tendrá la consideración de reserva de terrenos a los efectos establecidos en dicho precepto. Todo ello sin perjuicio de entender que formarán parte del PIGA, y en su caso de su delimitación, aquellas parcelas que sean necesarias para las infraestructuras propias del Centro Logístico Alimentario.


Por otra parte, conforme a lo dispuesto en el citado artículo 106 del texto refundido del TRLUA, "la delimitación de estas áreas de reserva de terrenos para la constitución o ampliación de los patrimonios públicos de suelo comporta la sujeción de cuantas transmisiones se efectúen de terrenos u otros bienes inmuebles reservados a los derechos de tanteo y retracto en favor de la Administración que estableció o declaró la reserva y la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación a efectos de expropiación forzosa por tiempo máximo de cinco años, prorrogable una sola vez por dos años más por causa justificada, previa audiencia a los propietarios afectados".


En consecuencia, la delimitación del ámbito comporta el reconocimiento de la utilidad pública de dichos terrenos a efectos de expropiación forzosa y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del Plan de Interés General, que en el presente expediente se halla implícita por aplicación de lo previsto en el artículo 106 del TRLUA por un tiempo máximo de 5 años.


Sin perjuicio de lo indicado, el procedimiento expropiatorio de los terrenos incluidos en un PIGA exige cumplir con los requisitos legales y procedimentales establecidos en la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.


En todo caso, es necesario que se formule la relación de bienes y derechos que sean necesarios para cumplir el fin de la expropiación, a los efectos de la determinación de los interesados afectados por el procedimiento expropiatorio preciso para obtener los terrenos. La relación presentada por la mercantil promotora se incluye como anexo II de este acuerdo y contiene la identificación catastral de número de polígono y parcela. Esta relación deberá ser completada con los requisitos señalados por la legislación mencionada y deberá contener la identificación catastral de número de polígono y parcela, el nombre del propietario de la parcela o bien afectado, la extensión o superficie de la finca completa y de la parte de la misma que es objeto de expropiación; momento a partir del que se iniciará el procedimiento expropiatorio.


Por consiguiente, la delimitación del ámbito del Plan comporta la declaración de utilidad pública e interés social a efectos de la expropiación de los bienes y derechos afectados a los que se hace referencia en el anexo ll, en aplicación de la normativa legal expresada, y faculta a la apertura del correspondiente trámite de información pública de conformidad con el régimen establecido por la legislación de expropiación forzosa una vez completados los datos necesarios.


Por otra parte, y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 194, 201 y 203 del TRLUA, en relación con el artículo 46 del TRLOTA, que permiten la declaración de urgencia de las expropiaciones precisas en relación con los Planes y Proyectos de Interés general, se considera oportuno determinar la aplicación del procedimiento de urgencia para la tramitación del procedimiento expropiatorio previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. En el presente procedimiento las razones de urgencia vienen justificadas por la apreciación de un fin de interés general implícito en el propio PIGA, así como por la consecución de los objetivos económicos, sociales y territoriales de dicho plan, siendo absolutamente necesario para la viabilidad del proyecto su inmediata ejecución. En este sentido, hay que recordar que los PIGAS se conciben como instrumentos de política territorial y urbanística que tienen por objeto autorizar y regular la implantación de actividades de especial trascendencia territorial que hayan de asentarse en más de un término municipal o que, aun asentándose en uno solo, trasciendan de dicho ámbito por su incidencia territorial, económica, social o cultural, su magnitud o sus singulares características, de acuerdo con lo establecido en el TRLOTA. En el presente caso, nos encontramos ante un proyecto que va a permitir potenciar la creación de nuevo empleo, estable y de calidad en nuestra Comunidad Autónoma e incentivar la actividad económica aragonesa, impulsando una economía regional mucho más competitiva, garantizando la compatibilidad entre competitividad económica y protección de recursos, y para el que es esencial la garantía del cumplimiento de los plazos previstos para su ejecución.


Para conseguir los objetivos públicos indicados y poder actuar sobre dicho ámbito, ejecutando las obras del referido Plan dentro de los plazos de ejecución previstos, la disponibilidad del suelo constituye una prioridad. Y dicha disponibilidad solo puede hacerse efectiva mediante una declaración de urgencia de la expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, pues en otro caso, la demora indebida en la puesta en funcionamiento del complejo logístico, en particular por lo que respecta a las actuaciones previstas como fase 1, pondría en grave riesgo el despegue y la viabilidad en la ejecución del proyecto completo.


Como ha establecido una reiterada y consolidada jurisprudencia, son razones de urgencia aquellas circunstancias de hecho - no jurídicas - que impelen y obligan a la Administración a la rápida e inmediata ocupación de un bien o derecho, para la consecución, conservación o restitución de un interés general predominante que resultaría seriamente perjudicado de demorarse dicha ocupación y actuación consiguiente a los plazos y procedimiento ordinario fijado en la Ley de Expropiación Forzosa.


Por todo lo indicado, hay que concluir que en este procedimiento concurren las razones que justifican la imperiosa necesidad de obtener los suelos precisos para la ejecución del proyecto de "Centro Logístico Alimentario del Valle del Ebro "CLAVE" en el municipio de Villamayor de Gállego.


En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo indicado en el artículo 7 bis) del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, en la redacción otorgada por el artículo primero del Decreto-ley 4/2019, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para la agilización de la declaración de interés general de planes y proyectos, y en cumplimiento de los objetivos del Gobierno de Aragón de promoción de la actividad económica e impulso de sectores estratégicos de la economía aragonesa, se considera que el proyecto, presentado "Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE" en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza), presentada con fecha 12 de marzo de 2024 por Clave Logística Aragonesa, SL (Grupo Costa), dado su impacto en términos de inversión y creación de empleo en Aragón, reúne los requisitos para su declaración como una inversión de interés autonómico y de interés general de Aragón.


Dicha declaración, conlleva que todos los trámites administrativos vinculados a la autorización, ejecución y desarrollo del proyecto tendrán un impulso preferente y urgente por parte de las Administraciones Públicas aragonesas, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de trámite en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, con las especificaciones establecidas en los artículos 10 y 11 del citado Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, en materia de urbanismo y medio ambiente.


Por otra parte, de conformidad con el artículo 7.bis) del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre y el artículo 36 del TRLOTA, la declaración de interés autonómico conlleva, asimismo, que el proyecto se considere de interés general a todos los efectos establecidos en la legislación de ordenación del territorio. Asimismo, al ser un proyecto que se tramita a iniciativa privada, corresponde al Gobierno de Aragón decidir si quien ejerce la iniciativa asume la condición de promotor del plan o proyecto de interés general o si la reserva a un consorcio de interés general, una sociedad urbanística o, previo concurso público, a otra persona (apartado 2, artículo 7.bis).


Sin perjuicio de lo expuesto, hay que recordar que la declaración de inversión de interés autonómico con interés general no exime al solicitante del cumplimiento de los requisitos legales exigidos para que se otorguen las autorizaciones y actos administrativos necesarios, en especial, los previstos en la normativa de ordenación territorial y urbanística, ni condiciona a la Administración en la aplicación de la normativa legalmente exigible.


De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del citado Decreto-ley, las declaraciones de inversión de interés autonómico deberán acordarse a propuesta de cualquiera de los miembros del Gobierno de Aragón, en cualquier momento de la tramitación administrativa del expediente, si bien sólo surtirán efectos a partir de la fecha en que se declare el interés autonómico de la inversión.


Conforme a lo establecido en el apartado tercero del artículo 7.bis) del Decreto-ley 1/2008, corresponde al Gobierno de Aragón acordar la declaración de interés autonómico con interés general de Aragón, a propuesta del Departamento competente en materia de ordenación del territorio de acuerdo con el Departamento que tramite el expediente.


En consecuencia, a propuesta conjunta de la Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Empleo e Industria y del Consejero de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 3 de abril de 2024, se adopta el siguiente, acuerdo.


Primero.- Declarar el proyecto Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE" en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza), promovido por Clave Logística Aragonesa, SL, como una inversión de interés autonómico y de interés general de Aragón a todos los efectos establecidos en la legislación de ordenación del territorio, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 bis) del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica y con los efectos previstos en este Decreto-ley.


Segundo.- Atribuir a la mercantil "Clave Logística Aragonesa, SL" la condición de promotora definitiva de la actuación por la que se declara inversión de interés autonómica y de interés general, así como de los procedimientos de ordenación territorial y urbanísticos que se requieran para la ejecución del citado proyecto, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 bis) del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, y resto de normativa aplicable.


Tercero.- Aprobar la delimitación del ámbito del PIGA de conformidad con el anexo I del presente Acuerdo, con la finalidad de que los terrenos comprendidos en él sean destinados a la ejecución del proyecto "Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro "CLAVE" en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza), a todos los efectos del artículo 106 del TRLUA, así como su ordenación en dos subámbitos: el 1 conformado por la parcela privada neta donde se albergará el proyecto "CLAVE" propiamente dicho, y el 2, constituido por la futura carretera de conexión entre la A-2 y la A-129.


Cuarto.- Declarar la reserva de terrenos para la constitución o ampliación de los patrimonios públicos de suelo y de área de tanteo y retracto, de la totalidad del ámbito.


Quinto.- Reconocer la declaración implícita de utilidad pública y declarar la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios que se incorpora a este Acuerdo como anexo II, para la ejecución del Plan de Interés General de Aragón, así como de los Proyectos correspondientes, a efectos de su expropiación forzosa, al amparo de lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.


Sexto.- Reconocer la condición de beneficiaria de la expropiación forzosa del subámbito 1 a la mercantil Clave Logística Aragonesa, SL.


Séptimo.- Publicar el presente Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón" para su general conocimiento.


ANEXO I DELIMITACIÓN ÁMBITO


SUBÁMBITO 1


SUBÁMBITO 2.


ANEXO II BIENES Y DERECHOS AFECTADOS


SUBÁMBITO 1


1 - 50306A05900392


2 - 50306A05900605


3 - 50306A05909008


4 - 50306A05900386


5 - 50306A05900387


6 - 50306A05900521


7 - 50306A05900523


8 - 50306A05900615


9 - 50306A05909013


10 - 50306A05900329


11 - 50306A05909043


12 - 50306A05909010


13 - 50306A05900524


14 - 50306A05900613


15 - 50306A05900614


16 - 50306A05900522


17 - 50306A05900585


18 - 50306A05900584


19 - 50306A05900558


20 - 50306A05900527


21 - 50306A05900583


22 - 50306A05900557


23 - 50306A05909009


24 - 50306A05900526


25 - 50306A05900525


26 - 50306A05900556


27 - 50306A05900443


28 - 50306A05909006


29 - 50306A05900555


30 - 50306A05900444


31 - 50306A05900497


32 - 50306A05900597


33 - 50306A05900437


34 - 000600100XM81D


35 - 50306A05900660


36 - 50306A05900656


37 - 50306A05900661


38 - 50306A05900459


39 - 50306A05900458


40 - 50306A05800106


41 - 50306A05800097 (Todas las Subparcelas, a excepción de: bs, br, bp, bq, bt, a, b, c, d, e, f, g, h, i, j, k, l, m, p, q, r)


42 - 50306A05800074


43 - 50306A05900448


44 - 50306A05900492


45 - 50306A05900639


46 - 50306A05900659


47 - 50306A05900643


48 - 50306A05900449


49 - 50306A05900447


50 - 50306A05900658


51 - 50306A05900445


52 - 50306A05900529


53 - 50306A05900530


54 - 50306A05900638


55 - 50306A05900531


56 - 50306A05900491


57 - 50306A05909012


58 - 50306A05809019


59 - 50306A06000028


60 - 50306A05709001


61 - 50306A06009002


62 - 50306A05700071


63 - 50306A05700070


64 - 50306A05700043


65 - 50306A05700068


66 - 50306A05700067


67 - 50306A05700116


68 - 50306A05700033


69 - 50306A05700073


70 - 50306A05700072


71 - 50306A05700032


72 - 50306A05700069


73 - 50306A05700076


74 - 50306A05700075


75 - 50306A05700024


76 - 50306A05700023


77 - 50306A05700117


78 - 50306A05709029


79 - 50306A05709002


80 - 50306A05709023


81 - 50306A05700107 (Subparcelas: a,b,c)


82 - 50306A05700054


83 - 50306A05700098 (Subparcelas: a,b,c,d,e,f)


84 - 50306A05709032


85 - 50306A05700053


86 - 50306A05700044


87 - 50306A05800101


88 - 50306A05809008


89 - 50306A05800098 (Subparcelas: a,b,c,d,e,g,ai,ah,ag,aj,af,ae,ad,z,w,u,aa,v)


90 - 50306A05800108


91 - 50306A05800028


92 - 50306A05800047


93 - 50306A05800046


94 - 50306A05800048


95 - 50306A05800025


96 - 50306A05809006


97 - 50306A05800095 (Subparcelas: aa, as)


98 - 50306A05800022


99 - 50306A05900324


100 - 50306A05900657 (Subparcelas:bd,cl,de,bb,dd,bc,dc,da,cz,cv, cu,cw,db,cn,aj,ak,cp,ba,ct, cs,cr,cq,ba, az,aw,es,al,am,an,as,ap,at,av,au,ap,aq,ar)


SUBÁMBITO 2


1 - 50306A05900391 (Subparcela: a)


2 - 50306A05900392


3 - 50306A05900605


4 - 50306A05909008


5 - 50306A05900583


6 - 50306A05909009


7 - 50306A05900558


8 - 50306A05900527


9 - 50306A05900526


10 - 50306A05900557


11 - 50306A05900522


12 - 50306A05900614


13 - 50306A05900613


14 - 50306A05900524


15 - 50306A05909013


16 - 50306A05900329


17 - 50306A05900657 (Subparcelas: az, ba, bb, bc, cz, da, dd, dc, bd, de, cl, be, bf, bh, bi, b, bk, bl, bm, bn, bp, bq, br, c, h, a)


18 - 50306A05909010


19 - 50306A05900299


20 - 50306A05900650


21 - 50306A05900295


22 - 50306A05900297


23 - 50306A05900298


24 - 50306A05909001


25 - 50306A05909002


26 - 50306A05900034


27 - 50306A05909026


28 - 50306A05900608


29 - 50306A05909047


30 - 50306A05900023


31 - 50306A05900515


32 - 50306A05900535


33 - 50306A05900018


34 - 50306A05909015


35 - 50306A05900082


36 - 50306A05900507


37 - 50306A05900084


38 - 50306A05909035


39 - 50306A05900100


40 - 50306A05900101 (Subparcela: 1a)


41 - 50306A05900512


42 - 50306A05909034


43 - 50306A05900095 (Subparcela: 1a)


44 - 50306A05900094


45 - 50306A05900093


46 - 50306A05900092

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
10060 {"title":"ORDEN EEI\/388\/2024, de 18 de abril, por la que se da publicidad al Acuerdo de 3 de abril de 2024, del Gobierno de Aragón, por el que se declara como inversión de interés autonómico con interés general de Aragón el Proyecto \"Centro Logístico Agroalimentario del Valle del Ebro \"CLAVE\", en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza) promovido por Clave Logística Aragonesa, SL (Grupo Costa).","published_date":"2024-04-29","region":"aragon","region_text":"Aragón","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-aragon","id":"10060"} aragon BOA,BOA 2024 nº 82,Orden,Otras disposiciones y acuerdos,Vicepresidencia segunda del gobierno y departamento de economía, empleo e industria https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/aragon/boa/2024-04-29/10060-orden-eei-388-2024-18-abril-se-da-publicidad-acuerdo-3-abril-2024-gobierno-aragon-se-declara-como-inversion-interes-autonomico-interes-general-aragon-proyecto-centro-logistico-agroalimentario-valle-ebro-clave-termino-municipal-villamayor-gallego-zaragoza-promovido-clave-logistica-aragonesa-sl-grupo-costa https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.