EXTRACTO de la Orden PIC/385/2024, de 12 de abril, por la que se convocan subvenciones para entidades sin ánimo de lucro para la prevención, sensibilización y erradicación de la violencia de género.


BDNS (Identif.): 754810


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/754810).


Primero.- Entidades beneficiarias.


Organizaciones, asociaciones, fundaciones y federaciones que impulsen y promuevan actividades de prevención, sensibilización y/o erradicación de comportamientos violentos contra las mujeres, sus hijas e hijos.


Se excluyen expresamente aquellas Entidades que no tengan su sede social o delegación en Aragón.


Segundo.- Objeto.


La presente Orden tiene por objeto efectuar la convocatoria de subvenciones con destino a entidades sin ánimo de lucro para la financiación de programas de prevención, sensibilización y erradicación de todas las formas de violencia ejercidas contra las mujeres y sus hijas e hijos, así como la atención de situaciones de exclusión social vinculadas a todas las formas de violencia ejercidas contra las mujeres y sus hijas e hijos.


Tercero.- Bases reguladoras.


Orden PRI/812/2021, de 25 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de mujer.


Cuarto.- Cuantía. La cuantía de esta convocatoria es de 175.000 euros, con cargo a los créditos presupuestarios de la partida 54010/G/3232/480491/91002, PEP 2007/000595 del Presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de la Mujer para el ejercicio 2024.


La cuantía máxima de la subvención para cada una de las entidades beneficiarias será de 25.000 euros, conforme con el artículo 35 de la Orden PRI/812/2021, de 25 de junio. Para determinar la cuantía individualizada de la subvención se tendrán en cuenta los criterios objetivos de valoración del apartado décimo y el baremo del apartado duodécimo.


Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.


El plazo para la presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a contar desde día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".


Zaragoza, 12 de abril de 2024.- La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, Tomasa Hernández Martín.

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