EXTRACTO de la Orden de ECU/345/2024, de 22 de marzo, por la que se convocan subvenciones destinadas a las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario para el año 2024.
BDNS (Identif.): 752045
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/752045).
Primero.- Personas beneficiarias.
Asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario que realicen alguna de las actuaciones subvencionables descritas en el apartado tercero, se hallen debidamente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de Aragón, con una antelación de seis meses a la publicación de esta Orden de convocatoria.
Segundo.- Finalidad.
a) El fomento y la difusión de la ciencia y la cultura mediante el estímulo de la actividad intelectual en todos los ámbitos de la sociedad.
b) La promoción de la aplicación del conocimiento al progreso y al bienestar de la sociedad y su ciudadanía, especialmente en Aragón.
c) La promoción de la calidad de las actividades universitarias y la mejora del sistema educativo en su conjunto.
d) La construcción de un marco de pensamiento en el que los derechos humanos, la solidaridad, el desarrollo sostenible y la paz sean objeto de investigación, formación y difusión en todos sus ámbitos.
e) La defensa y promoción de principios y valores democráticos y constitucionales.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden CUS/1115/2022, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario.
Cuarto.- Importe.
La cuantía total máxima prevista en esta convocatoria es de quince mil euros (15.000 ), con cargo a la aplicación presupuestaria 18090 G/4228/480070/91002. La cuantía individual máxima de la subvención a otorgar por asociación ascenderá a tres mil euros (3.000 ).
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del texto íntegro de esta convocatoria y su extracto en el "Boletín Oficial de Aragón".
Zaragoza, 22 de marzo de 2024.- La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, Claudia Pérez Forniés.