ANUNCIO del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, relativo a los acuerdos adoptados en sesión de fecha 26 marzo de 2024.


El Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, en sesión de 26 de marzo de 2024, bajo la presidencia del Vicepresidente del Consejo, Director General de Desarrollo Territorial, adoptó los siguientes acuerdos:


1. Informar la actuación de ampliación del monovertedero para sus propios residuos peligrosos en el término municipal de Pradilla de Ebro (Zaragoza), con consideraciones relativas a la conservación de los valores paisajísticos (objetivo 4.4.E1 de la de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón) y la inclusión del balance del impacto final sobre la actividad socioeconómica en el territorio afectado


2. Informar la construcción de un aeródromo de uso restringido en el término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza) con consideraciones relativas a ampliar el análisis de los efectos acumulativos y sinérgicos, utilizando los Mapas de Paisaje de Aragón.


3. Informar las siguientes actuaciones referidas a instalaciones fotovoltaicas:


- Parque fotovoltaico Avejaruco Solar de 49,984 MW en los términos municipales de Secastilla y La Puebla de Castro (Huesca).


- Parque fotovoltaico Busardo Solar de 49,984 MW en el término municipal de Azanuy-Alins (Huesca).


Con algunas consideraciones relativas a la obligación de conservación de los valores paisajísticos mediante la integración de todos los elementos de los proyectos en el paisaje, tanto en las fases de diseño y ejecución de las obras como en la explotación y en la restauración del medio afectado dando así cumplimiento a los objetivos 13.3. "Incrementar la participación de las energías renovables", 13.6. "Compatibilidad de infraestructuras energéticas y paisaje" y los objetivos de sostenibilidad económica (objetivo 7), social (objetivo 8) y ambiental (objetivo 6) señalados en el objetivo 14.1 "Implantación sostenible de las infraestructuras" de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón, aprobada por Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón; sobre las posibles afecciones directas a la fauna silvestre, a valorar por el órgano ambiental; sobre la necesaria cuantificación de los puestos de trabajo por cuenta ajena a crear y balance del impacto final sobre la actividad socioeconómica en el territorio afectado; sobre la actualización del análisis de visibilidad incluyendo las infraestructuras existentes, en tramitación o en proyecto ampliando el ámbito de estudio a 10 km, en su caso; una especial referencia en los casos que procedan, a la ubicación en SNUE, la previsión de mantener o no modificar significativamente los trazados de los caminos, sistemas de riego y drenaje preexistentes en las zonas agrarias, así como prever acuerdos con los propietarios de dichas infraestructuras que aseguren la continuación de la normal explotación respetando en todo caso lo dispuesto en la disposición adicional primera, medidas de la compatibilización de las energías renovables en zonas agrarias, de la Ley 6/2023, de 23 de febrero, de protección y modernización de la agricultura social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón, y mostrando preocupación por la falta de planificación territorial, ambiental y sectorial, que dificulta la completa valoración de los efectos acumulativos de estas infraestructuras en la zona de implantación.


4. Informar las siguientes actuaciones referidas a instalaciones eólicas:


- Parque eólico Florín de 105,4 MW, ubicado en los términos municipales de Ainzón, Ambel, Borja y Bulbuente (Zaragoza), y su infraestructura de evacuación en los términos municipales de Borja, Ainzón, Alberite de San Juan, Bureta, Agón, Bisimbre y Magallón (Zaragoza).


- Parque eólico Pertusa en Cosa, Alpeñés y Rubielos de la Cérida (Teruel).


- Parque eólico Salamaña en Rubielos de la Cérida, Lidón, Cosa, Alpeñés y Argente (Teruel)


Con algunas consideraciones sobre la obligación de conservación de los valores paisajísticos mediante la integración de todos los elementos de los proyectos en el paisaje, tanto en las fases de diseño y ejecución de las obras como en la explotación y en la restauración del medio afectado dando así cumplimiento a los objetivos 13.3. "Incrementar la participación de las energías renovables",13.6. "Compatibilidad de infraestructuras energéticas y paisaje", los objetivos de sostenibilidad económica (objetivo 7), social (objetivo 8) y ambiental (objetivo 6) señalados en el objetivo 14.1 "Implantación sostenible de las infraestructuras" y la conveniencia de realizar una reflexión sobre el objetivo 13.3.E1.de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón, aprobada por Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón; sobre las posibles afecciones directas a la fauna silvestre, a valorar por el órgano ambiental; sobre la necesaria cuantificación de los puestos de trabajo por cuenta ajena a crear y balance del impacto final sobre la actividad socioeconómica en el territorio afectado; sobre la actualización del análisis de visibilidad incluyendo las infraestructuras existentes, en tramitación o en proyecto ampliando el ámbito de estudio a 10 km, en su caso; sobre la necesidad de incluir un estudio de tráfico y un plan de reposición de las vías deterioradas, en previsión de los desperfectos que van a sufrir las infraestructuras viarias como consecuencia del aumento de tráfico pesado, una especial referencia en los supuestos en que procede, a la ubicación en SNUE, la previsión de mantener o no modificar significativamente los trazados de los caminos, sistemas de riego y drenaje preexistentes en las zonas agrarias, así como prever acuerdos con los propietarios de dichas infraestructuras que aseguren la continuación de la normal explotación en todo caso lo dispuesto en la disposición adicional primera, medidas de la compatibilización de las energías renovables en zonas agrarias, de la Ley 6/2023, de 23 de febrero, de protección y modernización de la agricultura social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón, y mostrando preocupación por la falta de planificación territorial, ambiental y sectorial, que dificulta la completa valoración


5. Informar las siguientes actuaciones, con las mismas consideraciones de los puntos 3 y 4 anteriores:


- Hibridación solar fotovoltaica y de almacenamiento del parque eólico "La Serreta", en el término municipal de Plasencia de Jalón (Zaragoza).


- Central de generación híbrida El Llano, y su infraestructura de evacuación en el término municipal de Rueda de Jalón (Zaragoza).


- Instalaciones Híbridas HB1 San Martín de 454,37 MW de potencia instalada, HB2 La Plana de 183,04 MW de potencia instalada, HB3 Ítaca de 124,54 MW de potencia instalada, HB4 La Masada de 152,84 MW de potencia instalada, HB5 Regallo de 537,79 MW de potencia instalada, HB6 El Tambor de 132,3 MW de potencia instalada y HB7 Pitarra de 259,23 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación en las provincias de Teruel y Zaragoza.


- SET Persa 220/30 kV, LAAT 220 kV SET Persa - SET Valdeconejos Promotores, SET Valdeconejos Promotores 220/20 kV y LAAT 220 kV SET Valdeconejos promotores - SET Valdeconejos" en los términos municipales de Rubielos de la Cérida, Cosa, Alpeñés, Pancrudo, Utrillas y Escucha (Teruel).


Zaragoza, 27 de marzo de 2024.- La Secretaria del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, Ana Guiral Arija.

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