ORDEN ECU/328/2024, de 26 de marzo, por la que se resuelve la convocatoria de incorporación de centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para participar en el programa "Detección y Desarrollo de Capacidades", durante el curso 2023/2024.


Mediante Orden ECU/1349/2023, de 29 de septiembre, se autorizó el programa "Detección y Desarrollo de Capacidades" y se convocó a los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para participar en dicho programa durante el curso 2023/2024. Dicho procedimiento fue resuelto por Orden ECU/2018/2023, de 22 de diciembre.


Posteriormente, mediante Orden ECU/32/2024, de 12 de enero, se realizó, de forma extraordinaria, una segunda convocatoria para la incorporación de centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para participar en el programa "Detección y Desarrollo de Capacidades" durante el curso 2023/2024. Dicha convocatoria tenia por destinatarios a los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón que no habían sido seleccionados en la Orden ECU/2018/2023, de 22 de diciembre, para participar en dicho programa, así como aquellos que desearan solicitar su participación en el mismo, durante el curso 2023/2024.


De conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo.1 de la convocatoria, con fecha 9 de febrero de 2024, la Directora General de Política Educativa, Ordenación Académica y Educación Permanente, dictó la oportuna propuesta de resolución provisional, que se hizo pública en la página web del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades (www.educa.aragon.es), especificando los centros provisionalmente seleccionados y excluidos con indicación de la causa, y habilitando el correspondiente plazo de alegaciones.


El apartado décimo.3 establece que, transcurrido el plazo de presentación de alegaciones, y analizadas por la Comisión de valoración y selección si las hubiera, la Directora General de Política Educativa, Ordenación Académica y Educación Permanente dictará y elevará a la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, propuesta de resolución definitiva de la convocatoria.


Asimismo, dicho apartado establece en su punto 4 que, evacuados los trámites anteriores, la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades resolverá la convocatoria mediante Orden, que notificará mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" y de la que se dará publicidad en la página web del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades (www.educa.aragon.es). Dicha Orden contendrá en relaciones separadas los centros seleccionados, los desestimados y excluidos, con indicación de la causa.


Dando cumplimiento a lo anterior, mediante Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Directora General de Política Educativa, Ordenación Académica y Educación Permanente, se dictó propuesta de resolución definitiva del procedimiento.


Consta en el expediente que se han cumplido con los criterios de instrucción, evaluación y selección de los proyectos contemplados en el apartado noveno de la convocatoria.


Visto lo anterior, a propuesta de la Directora General de Política Educativa, Ordenación Académica y Educación Permanente, y dando cumplimiento a lo establecido en la convocatoria, resuelvo:


Primero.- Se resuelve la convocatoria para la incorporación de centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para participar en el programa "Detección y Desarrollo de Capacidades" durante el curso 2023/2024, realizada mediante Orden ECU/32/2024, de 12 de enero, con la relación de centros seleccionados, que figuran en el anexo I; y la relación de centros excluidos, con indicación de la causa.


Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", con efectos de notificación, y en la página web del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades http://www.educa.aragon.es, para su general conocimiento.


Tercero.- Contra esta Orden, que agota vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" ante la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien ser impugnado directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo establecido en los artículos, 10, 14, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.


Los recursos administrativos se podrán presentar electrónicamente a través del Registro Electrónico General de Aragón en la dirección https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion, o de forma presencial o electrónica, según proceda, en cualquiera de los registros y oficinas indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Zaragoza, 26 de marzo de 2024.


La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, CLAUDIA PÉREZ FORNIÉS

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