ACUERDO del Pleno de las Cortes de Aragón, de 14 de marzo de 2024, sobre la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondiente al ejercicio 2022.


Las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 del Reglamento de las Cortes de Aragón, tras conocer y examinar el Dictamen aprobado por la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario sobre el Informe de la Cámara de Cuentas de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondiente al ejercicio 2022, así como las propuestas de resolución presentadas por los Grupos parlamentarios de la Cámara, han acordado, en la sesión plenaria celebrada los días 14 y 15 de marzo de 2024, lo siguiente:


I. Aprobar la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondiente al ejercicio 2022.


II. Aprobar las siguientes resoluciones instando al Gobierno de Aragón a:


1. Implantar un presupuesto por programas de forma efectiva tal y como se establece en el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón. En concreto se insta a que:


a) El Gobierno de Aragón implemente un sistema de objetivos que sirva de marco a su gestión presupuestaria y, de conformidad con ellos, se clasificarán los créditos por programas.


b) Se realice un control de eficacia mediante el análisis del cumplimiento de los objetivos de los programas en relación con su coste y utilidad o rendimiento.


2. Regularizar los saldos reconocidos en cuentas de existencias como activos construidos o adquiridos para otras entidades.


3. Parametrizar el sistema de información contable a fin de reflejar correctamente el seguimiento de los gastos con financiación afectada.


4. Articular los procesos de regularización de los gastos devengados pendientes de imputar al presupuesto al cierre de cada ejercicio (saldo de la cuenta 413, "Acreedores por operaciones devengadas") mediante la aprobación de partidas específicas en las dotaciones iniciales de las leyes de presupuestos para su cobertura, o bien mediante la aprobación de un proyecto de ley para aprobar suplementos de crédito o créditos extraordinarios, en los términos establecidos el artículo 40 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 31/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón.


5. Informar con mayor rigor por parte de los entes sujetos al Plan General de Contabilidad Pública, en las memorias de las cuentas anuales, sobre los siguientes aspectos: existencias del Salud, provisiones para riesgos y gastos, especialmente las imputables al Salud, compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores y confección del estado del remanente de tesorería.


6. Incluir en las leyes de presupuestos, en lo posible, los créditos necesarios para atender los gastos de personal y el gasto en bienes corrientes y servicios para evitar que las insuficiencias en los últimos años se vuelvan a repetir.


7. Identificar con mayor claridad, en las leyes anuales de presupuestos, los créditos que tienen la consideración de ampliables, recogiéndolos en un anexo y señalando, en lo posible, las aplicaciones presupuestarias afectadas.


8. Identificar los gastos imputados al presupuesto como transferencias y subvenciones corrientes y de capital, a fin de separar las líneas sujetas a la normativa general de subvenciones del resto de operaciones imputadas a los capítulos 4 y 7 del presupuesto de gastos consolidado, así como para poder identificar y clasificar las subvenciones concedidas atendiendo a su naturaleza y régimen de concesión.


9. En el presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma, presupuestar los créditos de la Sección 01, Cortes de Aragón, en el capítulo 4, Transferencias Corrientes, y en el capítulo 7, Transferencias de Capital, para reflejar correctamente las transferencias que la Tesorería de la Comunidad Autónoma efectúa a las Cortes, al Justicia del Aragón y a la Cámara de Cuentas de Aragón para financiar su presupuesto, y, además, consolidar en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma la liquidación presupuestaria de estas instituciones del ámbito parlamentario con las del resto de entidades incluidas en el presupuesto.


10. Establecer un seguimiento del cumplimiento de los objetivos establecidos y los resultados de su consecución, no solo de los aspectos contables y presupuestarios.


11. Contemplar en el articulado de las leyes anuales de presupuestos, entre las retribuciones del personal estatutario, el complemento fijo de productividad.


12. Evitar tener que disponer de los créditos ordinarios en el ejercicio en el que se procede a la regularización.


13. Fortalecer el control interno del Instituto Aragonés de la Salud (Salud) en todo el ámbito de gestión del mismo, implantando las medidas necesarias, especialmente en la contratación y la compra a proveedores, para evitar acumulaciones excesivas de deuda comercial, a fin de no imputar estos gastos a ejercicios futuros y pagar en los plazos que marca la legislación, de modo que se evite el deterioro del período medio de pago.


Para ello, se propone estudiar la modificación de los artículos 12 y 13 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón (y la normativa de desarrollo) con el propósito de implantar la función interventora en el Salud y en otros organismos autónomos.


14. Establecer que, para que los planes estratégicos de subvenciones cumplan su cometido como herramienta de planificación estratégica, estos fijen indicadores-objetivo precisos para medir el impacto de las subvenciones y ayudas, así como ser evaluados con visión crítica por personal ajeno a su tramitación y gestión, pronunciándose expresamente sobre el grado de cumplimiento de estos indicadores objetivos.


15. Proceder a la definitiva liquidación de la sociedad Pabellón de Aragón 92, SA, y a su baja tanto en el inventario de entes de la Comunidad Autónoma como en el inventario de entidades del sector público estatal, autonómico y local (INVENTE).


16. Dotar la provisión por insolvencias aplicando las estimaciones de cobrabilidad basadas en el histórico de saldos cobrados y anulados.


17. Corregir las altas cifras de temporalidad registradas en todos los ámbitos sectoriales del sector público autonómico, y, para ello, incluir en las ofertas de empleo público plazas suficientes para absorber todas las esperadas, gestionar de forma más ágil los procesos selectivos, y cubrir de forma ágil todos los procesos de estabilización, cuyas dotaciones deben incluir de forma rigurosa todos los puestos de naturaleza estructural que se estén cubriendo por parte del personal temporal.


18. Poner en valor todas las infraestructuras y bienes del patrimonio histórico en el balance de situación, realizando un inventario comprensivo de todos los bienes y procediendo a su valoración conforme a la normativa contable.


19. Elaborar unas cuentas anuales consolidadas que reflejen la actividad económico-financiera de todo el sector público autonómico.


20. Codificar correctamente todos los contratos que formalizan las entidades, y, en especial, el Servicio Aragonés de Salud, de forma que el Registro de Contratos contenga todos los datos necesarios y suficientes para garantizar que se rinde la información obligatoria a los diferentes destinatarios.


Zaragoza, 14 de marzo de 2024.


La Presidenta de las Cortes de Aragón, MARTA FERNÁNDEZ MARTÍN

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