RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2024, del Director General de Asistencia Sanitaria y Planificación, por la que se publica extracto de la sanción por infracción grave impuesta a Gonzalo Andrés García Rodríguez.
Habiendo adquirido firmeza en vía administrativa la sanción impuesta a Gonzalo Andrés García Rodríguez, por Orden del Consejero de Sanidad de 20 de febrero de 2024, por la que se resuelve por reconocimiento de su responsabilidad sobre los hechos constitutivos de la infracción y se impone la correspondiente sanción en el procedimiento sancionador SAN-FAR-5/2023, al no proceder recursos en dicha vía, por renuncia expresa a los mismos por parte del sancionado, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 114.4 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, y de lo dispuesto en la citada Orden, resuelvo:
Primero.- Proceder a la publicación de la sanción impuesta, por la comisión de una infracción grave en materia de medicamentos, por Orden del Consejero de Sanidad de 20 de febrero de 2024, que acuerda:
"Resolver el procedimiento administrativo sancionador SAN-FAR-5/2023 incoado a don Gonzalo Andrés García Rodríguez con DNI: ****447** titular del locutorio Cumbaya, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Juan Pablo Bonet, número 6, Local, 50006 de Zaragoza, por haber reconocido de manera voluntaria su responsabilidad en la comisión de los hechos imputados en este expediente, tipificados como infracción administrativa grave, en materia de medicamentos, prevista en el artículo 111.2 b) 23.º del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por dispensar o suministrar medicamentos en establecimientos distintos a los autorizados, con la imposición de una sanción consistente en multa de 30.001 euros, treinta mil un euros, cuya cuantía queda en 24.000,80 euros, veinticuatro mil euros con ochenta céntimos de euro, tras la reducción en un 20% por haber reconocido su responsabilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85. 1 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas."
Segundo.- La Orden del Consejero de Sanidad de 20 de febrero de 2024, por la que se resuelve por reconocimiento de su responsabilidad sobre los hechos constitutivos de la infracción y se impone la correspondiente sanción en el procedimiento sancionador SAN-FAR-5/2023, únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de la posible revisión jurisdiccional, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Zaragoza, 7 de marzo de 2024.- El Director General de Asistencia Sanitaria y Planificación, Ramón Boria Avellanas.