RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2024, del Director General de la Función Pública, por la que se convoca la provisión, por el turno de traslados, de los puestos de trabajo de carácter permanente de personal laboral.


De acuerdo con lo previsto en el artículo 86 del VIII Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se procede a convocar el turno de traslados para el personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.


La movilidad voluntaria del personal laboral consiste en el concurso de traslado de un puesto a otro de la misma categoría laboral y en acceso a un puesto de trabajo de distinta categoría profesional, encuadrado en el mismo, inferior o superior grupo profesional.


El concurso de traslado incluirá todos los puestos de personal laboral dotados presupuestariamente que se encuentren vacantes u ocupados temporalmente y sin estar reservados a personal laboral fijo.


De conformidad con lo previsto en el artículo 97.2 del Convenio Colectivo vigente, y publicadas las ofertas de empleo público de los ejercicios 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, así como las relativas a los procesos para la estabilización de empleo temporal, se hace necesario excluir de esta convocatoria algunos de los puestos que quedaron desiertos en la adjudicación del turno de resultas de accesos aprobado por Resolución de 29 de noviembre de 2023, del Director General de la Función Pública, reservándolos para su provisión mediante selección de personal de nuevo ingreso a través de las citadas Ofertas de Empleo Público.


Asimismo, se excluyen de la presente convocatoria aquellos puestos de trabajo cuya amortización ha sido solicitada por los Departamentos correspondientes.


La tramitación de la presente convocatoria y la adjudicación de los puestos convocados se regirán por lo dispuesto en los artículos 86, 88, 90 y 91 del vigente Convenio Colectivo para el personal laboral que presta servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.


Por ello, y de conformidad con las competencias que atribuye el artículo 34.1.j) del Decreto 298/2023, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, y el artículo 6.3.h) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Dirección General de la Función Pública acuerda ordenar la presente convocatoria de concurso de méritos con arreglo a las siguientes bases:


Primera.- Convocatoria y oferta.


1. Se convoca para su provisión por el turno de traslados, los puestos de trabajo de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo I que acompaña a la presente convocatoria.


2. Se publica el listado de puestos ofertados, entre los que se incluyen aquellos que se hallan vacantes, los puestos que no tienen titular y los que se encuentran ocupados bajo cualquier modalidad de provisión temporal y no se encuentren legalmente reservados, dotados presupuestariamente, y que se relacionan en el anexo de esta Resolución.


3. Dicho listado es objeto de publicación en la Intranet del Gobierno de Aragón en la dirección web: https://intranet.aragon.es y en el "Boletín Oficial de Aragón".


Segunda.- Requisitos de participación.


1. Podrán tomar parte en la presente convocatoria que se efectúa para el traslado a otro puesto de trabajo, el personal laboral fijo que ostente idéntica categoría profesional a los puestos de trabajo que opta. El personal en situación distinta a la de prestación de servicios deberá haber superado el periodo mínimo exigido de permanencia en la situación desde la que participe en esta convocatoria.


2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77.4 del Convenio Colectivo, el personal laboral que ocupe puestos de trabajo con reingreso provisional deberá participar en la presente convocatoria, siempre que su puesto de trabajo sea convocado y una vez producido el reingreso.


3. La Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón realizará los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales en el supuesto de solicitar puestos de trabajo afectados por el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, identificados en el anexo de listado de puestos vacantes en la columna "MEN." con el código "M".


4. Asimismo, si en el momento de adjudicar definitivamente un puesto se comprueba que existen antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, quedará excluido del mismo.


Tercera.- Solicitudes y plazo.


1. La solicitud de participación, junto con la documentación que deba acompañarse, deberá presentarse exclusivamente a través de la aplicación informática en la que se confecciona la misma, en la dirección web: https://aplicaciones.aragon.es/sip/, para lo cual la persona interesada debe poseer certificado electrónico digital.


2. Se excluirán del concurso a las personas participantes que presenten solicitudes de participación y que no hayan sido presentadas a través de la aplicación informática.


3. En la intranet del Gobierno de Aragón/Función Pública/Unidades Organizativas/Servicio de Clasificación y Puestos de Trabajo/concursos/información general, consta un manual de uso de la aplicación que facilitará su utilización por las personas usuarias.


4. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la correspondiente oferta de puestos. Durante dicho plazo, las personas interesadas podrán anular su solicitud o modificarla mediante una nueva, que anulará totalmente la anterior. Transcurrido el plazo otorgado, la última solicitud formulada será vinculante para las personas solicitantes.


5. Las personas participantes en el proceso podrán comprobar, a través del autoservicio del empleado, dentro del apartado "información puestos desempeñados", los datos que figuran en el sistema informático, respecto a los puestos que han desempeñado. Estos datos serán los méritos que se valorarán en el presente turno de traslados.


En el supuesto de apreciarse algún error o disconformidad con los datos contenidos en el mismo, se podrán realizar las alegaciones en la correspondiente pestaña de la instancia del concurso. A tales efectos deberá aportarse la documentación que acredite la pretensión esgrimida.


6. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se aceptará ninguna modificación de las mismas, ni aun cuando se trate de incluir nuevas peticiones, modificar el orden de prelación de las plazas solicitadas o de renunciar a alguna de las mismas.


7. Las personas solicitantes podrán desistir de su participación en el concurso hasta el día 3 de abril de 2024, incluido.


Cuarta.- Procedimiento y valoración de méritos.


1. La valoración de las solicitudes formuladas por las personas participantes se realizará de forma automática, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias reguladoras de los concursos de méritos.


2. El baremo a utilizar en los concursos de méritos será la antigüedad, valorándose 0,24 puntos por año en la misma categoría profesional a la que se concursa y 0,12 puntos por año en diferente categoría profesional, prorrateándose los períodos inferiores al año. En caso de empate, el orden de prelación a tener en cuenta será el de mayor antigüedad en la misma categoría profesional y, en caso de persistir el empate, el de mayor edad.


3. A la vista de las propuestas de adjudicación, la Dirección General competente en materia de función pública dictará resolución de adjudicación provisional, que será publicada en la intranet del Gobierno de Aragón en la dirección web: https://intranet.aragon.es, conteniendo las puntuaciones y destinos provisionalmente asignados. La adjudicación provisional de los puestos deberá realizarse en el plazo máximo de diez días hábiles desde la finalización del plazo para solicitar los puestos.


4. Las personas participantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación en la intranet del Gobierno de Aragón en la dirección web: https://intranet.aragon.es para formular alegaciones contra la adjudicación provisional. Las alegaciones formuladas contra la adjudicación provisional serán resueltas mediante la adjudicación definitiva de los puestos.


5. La adjudicación definitiva de los puestos se deberá publicar en el "Boletín Oficial de Aragón", así como en la Intranet del Gobierno de Aragón en la dirección web: https://intranet. aragon.es


6. Los destinos obtenidos en este procedimiento serán irrenunciables y deberán ser provistos en las mismas condiciones que para el personal funcionario.


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial social, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, según redacción dada por la disposición final tercera. Dos de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.


Zaragoza, 6 de marzo de 2024.


El Director General de la Función Pública,


ANTONIO VILLACAMPA DUQUE

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