EXTRACTO de la Orden AGA/220/2024, de 4 de marzo, por la que se convocan subvenciones destinadas al establecimiento de jóvenes agricultores y de modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027, para el año 2024.
BDNS (Identif.): 746859
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/746859).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser benefciarios de las subvenciones contempladas en esta Orden las personas físicas y jurídicas, así como los entes sin personalidad jurídica siempre que cumplan las condiciones requeridas en la convocatoria en el momento de presentar su solicitud.
Segundo.- Objeto.
La Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para el reconocimiento y concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias y el establecimiento de jóvenes agricultores correspondientes a las intervenciones 6841.2 y 6961.1 del PEPAC 2023-2027, en la Comunidad Autónoma de Aragón y siempre previa su convocatoria expresa.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden AGA/157/2024, de 16 de febrero, por la que aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el establecimiento de jóvenes agricultores y para la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027.
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía máxima disponible es la siguiente:a) Para la intervención de establecimiento de jóvenes agricultores es de 14.000.000 euros con cargo a las partidas 14050/G/5311/770034/12204 y 14050/G/5311/770034/91001 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.b) Para la intervención de modernización y/o mejora de explotaciones es de 10.000.000 euros con cargo a las partidas 14050/G/5311/770036/12204 y 14050/ G/5311/770036/91001 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Estas cuantías de distribuirán en tres anualidades (2024, 2025 y 2026) y serán cofinanciadas en un porcentaje del 43% por el FEADER, siendo el 57% restante financiado por la Administración de la Comunidad Autónoma.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará el 4 de junio tanto para las solicitudes de establecimiento de jóvenes agricultores como para las solicitudes de modernización y/o mejora de explotaciones agrarias.
Zaragoza, 4 de marzo de 2024.- El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ángel Samper Secorún.