RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2024, de la Universidad de Zaragoza, por la que se ordena la retroacción al momento anterior al de convocar, a todos los aspirantes que superaron la fase I, a la realización de la fase II del proceso selectivo para la ampliación de lista de espera (Técnicos Superiores de Idiomas. Otros. Japonés).
De conformidad con lo establecido en la base 6.2 de la Resolución de 27 de junio de 2023, por la que se convoca el proceso selectivo para la ampliación de lista de espera (Técnicos Superiores de Idiomas. Otros. Japonés), este Rectorado ha resuelto:
Primero.- Estimar parcialmente el recurso de alzada interpuesto el 15 de noviembre de 2023, contra el acuerdo de la Comisión de Valoración del proceso selectivo para la ampliación de la lista de espera de la Escala de Técnicos Superiores de Idiomas. Otros. Japonés, de 20 de octubre de 2023, por el cual se propuso a D.ª M.ª Isabel de Carpi Mimbela para formar parte de la ampliación de la lista de espera, declarando la nulidad de pleno derecho del citado acuerdo.
Segundo.- Declarar, por ser acto subsiguiente del mismo, la nulidad de la Resolución de 31 de octubre de 2023, por la que se publica ampliación de las listas de espera para cubrir con carácter temporal, puestos de trabajo en la Escala Técnico Superior de Idiomas. Japonés, en el CULM de la Universidad de Zaragoza.
Tercero.- Ordenar la retroacción del proceso selectivo al momento anterior al de convocar, a todos los aspirantes que superaron la fase I, a la realización de la fase II, debiendo la Comisión de Valoración establecer y hacer públicos, con anterioridad a la prueba de conocimiento, los criterios que se siguen para apreciar la adecuación del candidato al perfil profesional.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de la circunscripción en la que Vd. tenga su domicilio o bien en el de Zaragoza, según lo dispuesto en los artículos 8.3 y 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Alternativamente, se podrá interponer contra esta Resolución recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente Resolución, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 12 de febrero de 2024.- El Rector. Por delegación (Resolución de 21 de enero de 2021, "Boletín Oficial de Aragón", número 20, de 1 de febrero). El Gerente, Alberto Gil Costa.