RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2024, del Director General de la Función Pública, por la que se hace público el nombre de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal, Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Auxiliar de Enfermería, Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería (antes Auxiliares de Enfermería).
Concluidas las pruebas selectivas para la estabilización de empleo temporal, para ingreso en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Auxiliar de Enfermería, Auxiliares de Enfermería (antes Auxiliares de Enfermería), convocadas por Resolución de 15 de junio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios ("Boletín Oficial de Aragón", número 131, de 3 de julio de 2020), y vista la propuesta del Tribunal, por la presente Resolución se hace público el nombre de las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, con la puntuación acumulada:
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 10 de la convocatoria, se declara la apertura de un plazo de veinte días naturales desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para que las personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo aporten ante el Instituto Aragonés de Administración Pública los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en la convocatoria.
Dentro del mismo plazo de veinte días naturales, las personas aprobadas recibirán por notificación electrónica una citación para someterse al reconocimiento médico previo al ingreso, dando así cumplimiento a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. El reconocimiento médico será obligatorio y deberá emitir, además, un juicio de aptitud respecto a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala o Clase de Especialidad.
Si dentro del plazo señalado, y salvo los casos de fuerza mayor, no se presentara la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera que alguna de las personas aspirantes carece de uno o varios de los requisitos señalados en la convocatoria, no podrá ser nombrada personal funcionario en prácticas, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ella se refieren, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 64.1 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.
Zaragoza, 30 de enero de 2024.
El Director General de la Función Pública, CARLOS BELDA INIESTA