RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2023, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se considera como no sustancial la modificación prevista por Financiera Maderera, SA en la planta de fabricación de tableros de aglomerado-Cella II ubicada en el término municipal de Cella (Teruel) y se modifica puntualmente la Autorización Ambiental Integrada de dicha planta. (Número de Expediente: INAGA 500301/02/2023/10255).


Con fecha 24 de noviembre de 2023, se recibe en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (en adelante INAGA) escrito de D. Eduardo Rojo Nevado, en representación de Financiera Maderera, SA en el que describe la modificación prevista en la planta de fabricación de tableros de aglomerado - Cella II ubicada en el término municipal de Cella (Teruel), solicitando que se considere como modificación no sustancial a efectos de lo previsto en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón. Se adjunta breve memoria de las modificaciones pretendidas, firmada el 23 de noviembre de 2023 por D. Eduardo Rojo Nevado.


Por Resolución de 30 de agosto de 2022, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se otorga la modificación sustancial y revisión de la Autorización Ambiental Integrada de la planta de fabricación de tableros de aglomerado denominada Cella II, ubicada en el término municipal de Cella (Teruel), titularidad de Financiera Maderera, SA, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 203, de 19 de octubre de 2022.


La modificación prevista consiste en reincorporar a la Autorización Ambiental Integrada la operación de tratamiento R1 para el residuo no peligroso 030105 "Serrín, virutas, recortes, madera, tableros de partículas y chapas distintos de los mencionados en el código 030104" que ya figuraba en la Resolución de 25 de noviembre de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica, unifica y refunde en un único texto todo el condicionado de la Autorización Ambiental Integrada de la planta de fabricación de tableros de aglomerado, ubicada en el término municipal de Cella (Teruel), y promovida por Financiera Maderera, SA, para su centro de trabajo Cella II (Expte: INAGA 500302/02.2013/351) y en el informe propuesta de Resolución de modificación sustancial y revisión de la Autorización Ambiental Integrada. En alegaciones presentadas por parte del promotor al trámite de audiencia no se hace referencia a modificaciones respecto a las operaciones de tratamiento de este residuo, sin embargo, en Resolución de 30 de agosto de 2022, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, solo queda reflejada la operación de tratamiento R3 indicándose, además, en relación a este residuo que "No se considerarán residuos sino biomasa siempre y cuando se trate de madera natural que ha sufrido solamente transformaciones mecánicas por lo que queda fuera del ámbito de aplicación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, según lo establecido en su artículo 2.e)", dado que es utilizada como combustible en las propias instalaciones. Por ello, solicita la reincorporación de la operación de tratamiento R1 al residuo con código LER 030105, como ya figuraba anteriormente, ya que parte de la cantidad generada de este residuo, es gestionada para su valorización energética por gestor autorizado.


Considerando que con la modificación prevista no se aumentará la capacidad de producción ni el consumo de materias primas, agua, ni energía, no se incrementarán las emisiones másicas de contaminantes a la atmósfera, ni las cantidades de residuos generados y tampoco el vertido de aguas residuales en los términos previstos en el artículo 14 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre. Con la modificación no se incorpora al proceso el uso de sustancias o preparados peligrosos no previstos en la autorización original, ni se incrementan los mismos de modo que obliguen a la elaboración del informe de seguridad o los planes de emergencia regulados en el Real Decreto 840/2015, de 21 de diciembre, por el que aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.


Considerando que en los artículos 63 y 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se establece que una modificación no sustancial puede conllevar la tramitación de una modificación puntual de la Autorización Ambiental Integrada y que esta modificación puntual puede ser practicada de oficio.


Considerando que la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo único de la Ley, entre las que se incluye la competencia para otorgar las Autorizaciones Ambientales Integradas.


Vistos, el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:


1. La modificación consistente en la reincorporación de la operación de tratamiento R1 para el residuo no peligroso con código LER 030105 descrita en la memoria, se considera como no sustancial, a los solos efectos de lo dispuesto en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón y en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.


2. Se modifica puntualmente la Resolución de 30 de agosto de 2022, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la modificación sustancial y revisión de la Autorización Ambiental Integrada de la planta de fabricación de tableros de aglomerado denominada Cella II, ubicada en el término municipal de Cella (Teruel), titularidad de Financiera Maderera, SA en los siguientes términos:


Primero.- Se sustituye la tabla y las anotaciones al pie de dicha tabla del apartado C.- Producción de residuos no peligrosos del anexo IV. Producción de residuos y su control, por la siguiente:


* No se considerarán residuos sino biomasa siempre y cuando se trate de madera natural que ha sufrido solamente transformaciones mecánicas por lo que queda fuera del ámbito de aplicación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, según lo establecido en su artículo 2.e).


**Operaciones de tratamiento según la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Como muy tarde el 8 de abril de 2024, el titular deberá solicitar la actualización de las operaciones de tratamiento a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.


Esta Resolución se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" de acuerdo con lo establecido en el artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.


Zaragoza, 29 de diciembre de 2023.


El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental


LUIS SIMAL DOMÍNGUEZ

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
8420 {"title":"RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2023, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se considera como no sustancial la modificación prevista por Financiera Maderera, SA en la planta de fabricación de tableros de aglomerado-Cella II ubicada en el término municipal de Cella (Teruel) y se modifica puntualmente la Autorización Ambiental Integrada de dicha planta. (Número de Expediente: INAGA 500301\/02\/2023\/10255).","published_date":"2024-02-07","region":"aragon","region_text":"Aragón","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-aragon","id":"8420"} aragon BOA,BOA 2024 nº 27,Departamento de medio ambiente y turismo,Otras disposiciones y acuerdos,Resolución https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/aragon/boa/2024-02-07/8420-resolucion-29-diciembre-2023-instituto-aragones-gestion-ambiental-se-considera-como-sustancial-modificacion-prevista-financiera-maderera-sa-planta-fabricacion-tableros-aglomerado-cella-ii-ubicada-termino-municipal-cella-teruel-se-modifica-puntualmente-autorizacion-ambiental-integrada-dicha-planta-numero-expediente-inaga-500301-02-2023-10255 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.