DECRETO 9/2024, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el acuerdo transaccional entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza relativo a la liquidación de los ejercicios 2021 y 2022 del Convenio Bilateral Económico-Financiero 2021-2024.


El 29 de diciembre de 2021 se suscribió entre el Ayuntamiento de Zaragoza y el Gobierno de Aragón el Convenio Bilateral Económico-Financiero entre derivado de la aplicación de la Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón.


Dicho convenio tiene por objeto establecer durante cuatro años (2021 a 2024, ambos incluidos) las condiciones en que ha de producirse la colaboración económica entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 57 de la citada Ley 10/2017 y fijar el importe de las asignaciones para el desarrollo y gestión de las distintas actividades relativas a las competencias atribuidas al Ayuntamiento de Zaragoza por el Gobierno de Aragón, tanto por esta Ley como por la legislación sectorial autonómica vigente y que el Ayuntamiento considera que ya viene desarrollando.


A la fecha de suscripción del referido Convenio Bilateral de Financiación ya se había ejecutado todo el ejercicio 2021, y era inminente la aprobación de los presupuestos para 2022.


En consecuencia, ni la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2021, ni la Ley 9/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos para 2022, pudieron incluir en su contenido el acuerdo adoptado, de modo que en dichos ejercicios la financiación de las competencias propias municipales se articuló mediante las correspondientes transferencias a favor del Ayuntamiento de Zaragoza a través de subvenciones en concurrencia competitiva y subvenciones nominativas, con cargo a distintas partidas presupuestarias en función de la materia.


Las liquidaciones correspondientes a los ejercicios 2021 y 2022 han sido objeto de recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Primera, dando lugar a la tramitación del PO 369/2023 y PO 267/2023, respectivamente.


La controversia consiste en determinar qué partidas transferidas al Ayuntamiento de Zaragoza durante los ejercicios 2021 y 2022 debían ser consideradas pagos a cuenta de los 20.000.000 euros correspondientes a la ejecución del Convenio Bilateral Económico-Financiero suscrito el 29 de diciembre de 2021, y cuáles, por el contrario, deben considerarse pagos adicionales a dicho importe.


El 21 de septiembre de 2023 las representaciones procesales del Ayuntamiento de Zaragoza y del Gobierno de Aragón presentaron en los recursos contencioso-administrativos citados sendos escritos solicitando la suspensión de mutuo acuerdo en orden a llevar a cabo una transacción.


El Consejo Bilateral de la Capitalidad entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza, en reunión celebrada el día 19 de diciembre de 2023, adoptó, entre otros, un acuerdo transaccional para la resolución extrajudicial de los conflictos sobre la liquidación de los ejercicios 2021 y 2022 del Convenio Bilateral Económico-Financiero 2021-2024, consistente en la aprobación por el Gobierno de Aragón de una propuesta de liquidación del importe pendiente de abonar al Ayuntamiento de Zaragoza que incluirá un abono adicional de 4.768.722,92 en concepto de la anualidad de 2021 y de 5.030.370,92 en concepto de la anualidad de 2022. La aprobación de esta propuesta de liquidación permitirá entender satisfechas en vía administrativa las pretensiones planteadas en vía judicial por el Ayuntamiento de Zaragoza.


En la Memoria justificativa de la transacción extrajudicial planteada, de fecha 22 de diciembre de 2023, y en la Memoria complementaria a la misma de fecha 28 de diciembre, la Secretaria General Técnica del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura propone elevar al Gobierno de Aragón su aprobación.


En la tramitación del procedimiento de elaboración del presente Decreto, a solicitud de la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, han emitido informe, con carácter facultativo, la Dirección General de Administración Local, el Departamento de Educación, Ciencia y Universidades y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, así como la Dirección General de Servicios Jurídicos.


Asimismo, se han recabado los informes preceptivos de la Dirección General de Presupuestos y de la Intervención de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.


Dado que tanto la cuantía litigiosa como el importe sobre el que se transige superan ampliamente los 300.000 euros, se ha recabado dictamen del Consejo Consultivo de Aragón, tal y como prescribe el artículo 15 de la Ley 1/2009, de 30 de marzo, del Consejo Consultivo de Aragón.


El Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, atribuye, en su artículo 5, al Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, entre otras, todas la competencias del anterior Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, excepto las relativas a justicia, las vinculadas a la portavocía y la política informativa del Gobierno de Aragón y las competencias en materia de coordinación y control del Fondo de Inversiones de Teruel.


El artículo 1 del Decreto 1/2024, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales incluye entre las competencias generales de dicho Departamento el impulso y la coordinación general de los programas, acciones y actividades, cuando afecten a varios Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma, y el ejercicio de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Régimen Local.


Dispone el artículo 20.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, que no se podrá transigir judicial ni extrajudicialmente sobre los derechos de la Hacienda de la Comunidad Autónoma, sino mediante Decreto del Gobierno de Aragón.


Por todo cuanto antecede, a propuesta de la Consejera del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, habiéndose seguido los trámites legales procedentes, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 30 de enero de 2024,


DISPONGO:


Primero.- Aprobar el acuerdo transaccional adoptado con fecha 19 de diciembre de 2023 en el seno del Consejo Bilateral de Capitalidad entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza correspondiente a los conflictos judiciales sobre la liquidación de los ejercicios 2021 y 2022 del Convenio Bilateral Económico-Financiero 2021-2024, que incluye un abono adicional a favor del Ayuntamiento de Zaragoza de 4.768.722,92 en concepto de la anualidad de 2021 y de 5.030.370,92 en concepto de la anualidad de 2022, haciendo un total de 9.799.093,84 euros (nueve millones setecientos noventa y nueve mil noventa y tres euros con ochenta y cuatro céntimos), que se imputará a la aplicación presupuestaria 10030/G/1252/4602023/91002 del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón del ejercicio 2023.


La aprobación de este acuerdo transaccional entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza permitirá entender satisfechas en vía administrativa las pretensiones planteadas en vía judicial por el Ayuntamiento de Zaragoza y poner fin a los procedimientos judiciales a los que se refiere la transacción conforme a lo dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.


Segundo.- Facultar a la Consejera de Presidencia, Interior y Cultura para la realización de cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución del presente acuerdo.


Zaragoza, 30 de enero de 2024.


El Presidente del Gobierno de Aragón, JORGE AZCÓN NAVARRO


La Consejera de Presidencia,


Interior y Cultura,


TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN

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