RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2024, de la Universidad de Zaragoza, por la que se abre plazo para que los Profesores Titulares de Universidad y Catedráticos de Escuela Universitaria, que se encuentren acreditados para Catedrático de Universidad, puedan instar la dotación de plazas y se proceda a la priorización de las áreas de conocimiento en las que se dotarían las plazas que resulten necesarias.


Por Resolución del Rector de esta Universidad, de 20 de diciembre de 2023, se aprobó efectuar una convocatoria para ordenar las áreas de conocimiento en las que se ofertarían plazas de Catedrático de Universidad ("Boletín Oficial de la Universidad de Zaragoza", número 09-23, de 22 de diciembre de 2023). Dicha convocatoria toma como referencia normativa lo previsto en los parágrafos 44 y siguientes de la Resolución del Rector, de 15 de mayo de 2023, por la que se aprueba el texto refundido de las Directrices para el establecimiento y modificación de la relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador de la Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial de la Universidad de Zaragoza", número 05-23, de 9 de junio de 2023); si bien con las pertinentes adaptaciones, tal y como señala el parágrafo 78 de las propias Directrices, al tener como único efecto directo e inmediato el establecimiento de un orden de prelación.


Con base en dicha Resolución se procede a publicar la convocatoria con arreglo a las siguientes bases:


Primera.- Requisitos de los solicitantes.


Quienes deseen participar en esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:


1. Ser funcionarios de carrera y pertenecer al Cuerpo de Catedráticos de Escuela Universitaria o al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.


2. Encontrarse en esta Universidad en situación de servicio activo, servicios especiales, expectativa de destino, excedencia por cuidado de familiares, o en cualquier otra situación asimilada a la de activo.


3. Estar en posesión del certificado de acreditación para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad expedido por el Consejo de Universidades, con anterioridad al 1 de enero de 2024.


4. Los anteriores requisitos deberán cumplirse en el momento de presentar la solicitud y mantenerse hasta la finalización del expediente de aprobación de plazas.


En particular, en el procedimiento relativo a plazas de profesor vinculadas a puestos asistenciales del Salud, se atenderá a lo establecido en el Concierto entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, publicado por Orden de 22 de junio de 2007, del Departamento de Salud y Consumo ("Boletín Oficial de Aragón", número 76, de 27 de junio de 2007) y la legislación vigente que resulte aplicable.


No podrán concurrir quienes ya solicitaron su incorporación al listado en la convocatoria efectuada en 2023 o en las anteriores de 2022, 2021, 2020, 2019, 2018, 2017, 2016 y de 2012, excepto que en el momento previo a la correspondiente oferta pública de empleo el promotor hubiera desistido de su solicitud o que, convocada la plaza, la hubiera obtenido un tercero.


Segunda.- Plazo, modelo de solicitud y lugar de presentación.


1. Las solicitudes, dirigidas al Rector de la Universidad, se presentarán en el formulario oficial electrónico habilitado al efecto.


Para la formalización de la solicitud se accederá mediante la utilización de certificado electrónico, del sistema de identificación Cl@ve o de claves concertadas (NIP y contraseña) válidas en la Universidad de Zaragoza, a la dirección https://sede.unizar.es/solicita y siguiendo los siguientes pasos:


1. Seleccionar el menú Opciones/Iniciar nueva solicitud.


2. Identificarse.


3. Seleccionar en el catálogo de solicitudes para Personal Docente e Investigador la señalada con el título "Promoción profesorado cuerpos docentes universitarios".


2. El plazo para presentar la solicitud es de 15 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".


3. En el caso de plazas que pudieran resultar vinculadas, se especificarán el área, la actividad docente en correspondencia con la especialidad asistencial a desarrollar, centro sanitario, cargo asistencial y actividad investigadora.


Tercera.- Ordenación de las áreas de conocimiento.


La ordenación de las áreas de conocimiento se realizará aplicando los criterios que se contienen en el parágrafo 78, en relación con el 44 y concordantes de las Directrices para el establecimiento y modificación de la relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador, que se encuentran disponibles en la página web: https://inspecciongeneral.unizar.es/inspeccion/normativa


Conformado el listado, se publicará en el "Boletín Oficial de la Universidad de Zaragoza" mediante resolución del Rector, pudiendo efectuarse por orden alfabético si, por el número de concurrentes, se considera que la ordenación conforme a lo previsto en el inciso segundo es innecesaria.


Cuarta.- Exclusión sobrevenida.


Si en cualquier momento del procedimiento llegara a conocimiento del Rectorado que alguna de las personas solicitantes no reúne los requisitos exigidos para su participación en este proceso, el Rector acordará su exclusión, previa audiencia de la persona interesada, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido.


Quinta.- Tramitación del expediente.


El expediente que genere la presente Resolución se tramitará atendiendo a los principios de celeridad y eficacia que rigen la actuación de la Administración.


Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en los artículos 8.3 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Alternativamente, contra esta Resolución se podrá interponer recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Zaragoza, 15 de enero de 2024.- El Rector, José Antonio Mayoral Murillo.

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