DECRETO 6/2024, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la mutación demanial, por cambio de sujeto, a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, de un terreno sito en Zaragoza, para la ubicación de instalaciones deportivas vinculadas al Centro Público Integrado Arcosur.


Mediante Acuerdo adoptado el 30 de junio de 2023, el Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza aprobó la cesión a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, mediante el procedimiento de mutación demanial por cambio de sujeto, de un terreno de 7625,82 metros cuadrados, para ser destinado a la construcción de instalaciones deportivas vinculadas a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria del Centro Público Integrado Arcosur.


Dicha transmisión de la titularidad ha sido acordada al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, que prevé las mutaciones demaniales consistentes en la cesión de la titularidad de un bien a otra Administración Pública, manteniendo la afección del bien al uso o servicio público.


El Departamento competente en materia de Educación ha informado favorablemente la aceptación de esta mutación demanial, puesto que, dado el elevado crecimiento demográfico experimentado en los últimos años en el barrio, dicho terreno resulta preciso para satisfacer las necesidades educativas del Centro Público Integrado Arcosur, mediante la construcción de instalaciones deportivas vinculadas a la enseñanza secundaria del mismo.


De conformidad con lo previsto en el artículo 119 del Reglamento de Bienes, Actividades y Servicios de las Entidades Locales, la Dirección General de Administración Local ha tomado conocimiento de esta mutación demanial a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón.


El terreno ofrecido ha sido valorado por el Departamento de Hacienda y Administración Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón.


En virtud de cuanto antecede, de conformidad con el artículo 23 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 22 de febrero, del Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación, del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 10 de enero de 2024,


DISPONGO:


Primero.- Aceptación de la mutación demanial.


Se acepta la mutación demanial por cambio de sujeto, a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobada por el Ayuntamiento de Zaragoza, del terreno que a continuación se describe, y que pasará a integrarse en pleno dominio en el Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón:


Urbana. Parcela Resultante S-12. Terreno destinado a Equipamiento Público en el área este. Situación: Sector 89/3 del suelo Urbanizable no Delimitado del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza "ARCOSUR".


LINDEROS: de forma rectangular, linda al norte, con Sistema Local Viario-SV-; al sur, con Sistema Local Viario -SV- que la separa de la parcela resultante E-7; al este, con Sistema Local Viario -SV- que la separa de la parcela resultante E-1 y al oeste, con Sistema Local Viario -SV- que la separa de las parcelas resultantes C-9 y T-10. Extensión: tiene una superficie de siete mil seiscientos veinticinco metros y ochenta y dos decímetros cuadrados (7.625,82 m²). Superficie edificable máxima: siete mil seiscientos veinticinco metros y ochenta y dos decímetros cuadrados. Uso urbanístico Equipamiento social. Aprovechamiento: según planeamiento.


Inscrita en el Registro de la Propiedad de Zaragoza n.º 9, a favor del Ayuntamiento de Zaragoza, al Tomo 4.047, libro 2.253, Folio 20, Finca 96080.


Cargas: Esta finca está gravada con la carga consistente en permitir la localización dentro de su superficie, de un Centro de Transformación Eléctrica, denominado A15, al servicio del polígono, cuya ubicación, extensión y características quedarán especificadas en el Proyecto técnico eléctrico que administrativamente se apruebe.


Esta finca se encuentra en la Zona de Servidumbre Aeronáuticas Legales correspondientes al aeropuerto de Zaragoza, encontrándose sometida a eventuales sobrevuelos de aeronaves a baja altura, como consecuencia de la proximidad a las instalaciones aeroportuarias y de su ubicación bajo las trayectorias de las maniobras de la aeronaves que operan en el referido aeropuerto, por lo que la realización de edificaciones, instalaciones o plantaciones en la misma no podrán superar en ningún caso las alturas resultantes de la aplicación de dichas servidumbres.


Referencia Catastral: 0305501XM7100E0001IA.


Valoración: Trescientos cuarenta y tres mil trescientos noventa euros (343.390 €).


Naturaleza: Bien demanial.


Segundo.- Destino y afectación.


Este terreno se destinará a instalaciones deportivas vinculadas al Centro Público Integrado Arcosur, durante un plazo mínimo de treinta años, a contar desde la firma del documento administrativo por el que se formalice esta mutación demanial.


En el caso de que la parcela no se destine en el plazo señalado al uso previsto, o dejase de estarlo posteriormente, se considerará resulta la cesión, revirtiendo al Ayuntamiento de Zaragoza con todas sus accesiones y mejoras realizadas.


Tercero.- Formalización.


De conformidad con lo previsto en el artículo 16 del texto refundido de Ley del Patrimonio de Aragón, esta mutación demanial se formalizará en documento administrativo, que será título suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad.


Será condición previa a la formalización de este documento administrativo que el Gobierno de Aragón presente solicitud de licencia para la ejecución de los proyectos correspondientes a los equipamientos que justifican esta mutación demanial en un plazo no superior a tres años, y certifique la existencia de dotación presupuestaria suficiente para la ejecución de las obras proyectadas.


Este terreno deberá incorporarse al Inventario General del Patrimonio de Aragón, una vez inscrito a nombre de la Comunidad Autónoma de Aragón en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación al servicio público de educación.


Se faculta al Consejero de Hacienda y Administración Pública, y a la Directora General de Contratación, Patrimonio y Organización, o persona en quien deleguen, para que cualquiera de ellas, indistintamente, en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, formalicen cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.


Zaragoza, 10 de enero de 2024.


El Presidente del Gobierno de Aragón, JORGE AZCÓN NAVARRO


El Consejero de Hacienda y Administración Pública, ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

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