ORDEN ECU/1746/2023, de 16 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo de 8 de noviembre de 2023, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la implantación del título de Graduado o Graduada en Estudios para la Defensa y Seguridad por la Universidad de Zaragoza, en el curso académico 2024-2025.


Con fecha 8 de noviembre de 2023, el Gobierno de Aragón adoptó el Acuerdo por el que se autoriza la implantación del título de Graduado o Graduada en Estudios para la Defensa y Seguridad por la Universidad de Zaragoza, en el curso académico 2024-2025.


De conformidad con el apartado tercero del citado Acuerdo, éste debe ser publicado en el "Boletín Oficial de Aragón".


En su virtud, resuelvo:


Ordenar la publicación del referido Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón" cuyo texto figura como anexo.


Zaragoza, 16 de noviembre de 2023.


La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, CLAUDIA PÉREZ FORNIÉS


ANEXO


ACUERDO DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2023, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE AUTORIZA LA IMPLANTACIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO O GRADUADA EN ESTUDIOS PARA LA DEFENSA Y SEGURIDAD POR LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, EN EL CURSO ACADÉMICO 2024-2025


La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuida la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de calidad del sistema educativo, y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.


El Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, atribuye al Departamento de Educación, Ciencia y Universidades las competencias en materia de universidades del anterior Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento. Mediante el Decreto 102/2023, de 12 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón integrando en el Departamento de Educación, Ciencia y Universidades a la Dirección General de Universidades, que conserva su denominación estructura y funciones en tanto no se apruebe la estructura orgánica del Departamento.


La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece en el artículo 9 la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado. En relación con ello, el artículo 8 dispone que la iniciativa para impartir una enseñanza requiere el informe preceptivo y favorable sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial por la Comunidad Autónoma competente, el informe favorable a efectos de la verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios por la agencia de calidad correspondiente, la verificación por el Consejo de Universidades del plan de estudios y la autorización de la implantación de éste por la indicada Comunidad Autónoma.


Por otro lado, el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, establece, en el artículo 26, que "el Consejo de Universidades deberá verificar que los planes de estudios cuya superación da derecho a la obtención de un título universitario oficial, se ajustan a las directrices y condiciones establecidas..."


Asimismo, dispone en el apartado 1 del artículo 27, que "Verificado el plan de estudios por el Consejo de Universidades y después de emitirse la autorización de la Comunidad Autónoma, se establecerá el carácter oficial del título por acuerdo del Consejo de Ministros a propuesta del titular del Ministerio de Universidades, y será publicado en el "Boletín Oficial del Estado", con lo que el título universitario adquiere plenamente en todo el territorio nacional".


El marco jurídico expuesto se completa con la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, que atribuye al Gobierno de Aragón la competencia para autorizar la implantación, modificación y supresión de las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, y con el Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto 72/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 100, de 29 de mayo de 2023).


El citado Reglamento entró en vigor el 30 de mayo de 2023. Con anterioridad a dicha fecha, y al amparo de la norma anterior que derogó (Orden IIU/969/2017, de 23 de junio), se emite, el 28 de noviembre de 2022, por la Dirección General de Universidades, informe favorable sobre la adecuación a la programación universitaria vigente de la solicitud de implantación del Grado en Estudios para la Defensa y Seguridad, en el curso 2024-2025, al ser en ese momento exigible por la citada norma derogada.


Posteriormente, con fecha 21 de febrero de 2023, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 26.3 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, la Dirección General de Universidades expide informe favorable sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título de Graduado o Graduada en Estudios para la Defensa y Seguridad.


El apartado 1 del artículo 7 del citado Reglamento establece que, una vez obtenida la resolución de verificación positiva del plan de estudios por el Consejo de Universidades, el rector o la rectora de la universidad correspondiente deberá solicitar al departamento correspondiente en materia de enseñanza universitaria la autorización del Gobierno de Aragón.


La Universidad de Zaragoza solicita la autorización de la implantación del título a partir del curso académico 2024-2025, tras haber sido evaluada favorablemente la solicitud de verificación del título de Graduado o Graduada en Estudios para la Defensa y Seguridad por la Subcomisión de Evaluación de Titulaciones de la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón con fecha 11 de julio de 2023, y emitida la resolución de verificación positiva con fecha 18 de julio de 2023 por la Comisión de Verificación y Acreditación de Planes de Estudios del Consejo de Universidades.


Tras examinar la solicitud recibida y la documentación presentada, se constata que obra en el expediente la documentación necesaria para resolver el procedimiento, por lo que se prescinde de la realización del trámite de audiencia.


Con fecha 25 de octubre de 2023 la Dirección General de Universidades emite un informe en el que se considera que, de acuerdo con los criterios establecidos al efecto en el artículo 7 del Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, la solicitud de autorización reúne los requisitos exigidos por dicha norma en el marco del procedimiento de autorización para la modificación de títulos oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón.


En virtud de cuanto antecede, a propuesta de la Consejera de Educación, Ciencia, y Universidades, y previa deliberación, el Gobierno de Aragón, en su reunión del día 8 de noviembre de 2023 acuerda:


Primero.- Autorizar la implantación del título de Graduado o Graduada en Estudios para la Defensa y Seguridad por la Universidad de Zaragoza a partir del curso académico 2024-2025.


Segundo.- La Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón llevará a cabo el seguimiento y la renovación de la acreditación de la enseñanza de acuerdo con lo previsto en el artículo 85 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón y en los artículos 28, 29, 34 y 35 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.


Tercero.- Este Acuerdo producirá sus efectos desde la fecha de su adopción y será publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", y trasladado al Registro de Universidades, Centros y Títulos.

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