RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2023, del Presidente del Instituto Aragonés del Agua, por la que se anuncia la convocatoria para que las organizaciones sociales, asociaciones y entidades representativas de los diversos usos del agua designen a sus representantes en la Comisión del Agua de Aragón.


El artículo 35 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, define a la Comisión del Agua de Aragón como el máximo órgano de participación social de la Comunidad Autónoma en materia de agua. Su composición viene determinada en el artículo 36 de la misma Ley.


El funcionamiento de este órgano es regido por el Reglamento de la Comisión del Agua y del Procedimiento para la formación de las Bases de la Política del Agua en Aragón, aprobado por Decreto del Gobierno de Aragón 218/2010, de 30 de noviembre. Entre otras cuestiones, regula el procedimiento de designación y nombramiento de los miembros de la Comisión, estableciendo diferentes cauces en función de la naturaleza de las personas y entidades participantes.


Respecto de las organizaciones sociales, asociaciones y entidades representativas de los diversos usos que tengan derecho a participar en la Comisión, su artículo 5 prevé que el Presidente del Instituto Aragonés del Agua efectúe, mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", la convocatoria para que puedan designar a las personas que las hayan de representar.


De acuerdo con la previsión de los artículos 36.1 de la Ley y 3.1 del Reglamento, podrán formar parte de la Comisión los siguientes miembros:


a) Cuatro representantes de organizaciones sociales cuyo objeto principal sea la protección y conservación del medio ambiente, con particular atención al agua y a sus ecosistemas asociados.


b) Cuatro representantes de organizaciones sociales que tengan por objeto la defensa de los afectados por obras de regulación.


d) Un representante de organizaciones sociales dedicadas a la defensa de los consumidores o usuarios.


h) Dos representantes de las asociaciones de vecinos constituidas en el territorio aragonés.


j) Seis representantes de los usos agrícolas.


k) Seis representantes de los usos industriales, incluyendo los hidroeléctricos.


l) Dos representantes de los usos turísticos, recreativos, acuícolas u otros usos no incluidos en los puntos anteriores.


q) Cuatro representantes de las Comunidades de Regantes cuyo ámbito territorial esté comprendido en el territorio de Aragón.


Conforme establece el artículo 4 del Reglamento, estas organizaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:


A) Generales:


a) Tener su sede central y órganos de gobierno en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma.


b) Si perteneciesen a federaciones o agrupaciones de ámbito más amplio, la organización aragonesa tendrá autonomía, recursos económicos y poder de decisión propio.


c) Figurar inscritas en el registro administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que, por su naturaleza, les corresponda.


B) Específicos:


a) Extender su actividad al territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.


b) Tener una antigüedad superior a tres años de funcionamiento efectivo.


c) Haber realizado actividades con repercusión social en materia de aguas donde se manifieste su preocupación por el uso sostenible de este recurso y el respeto al medio ambiente en general.


La acreditación de estas circunstancias se hará en la forma señalada en el artículo 4.2 del mismo Reglamento.


Las asociaciones que representen a los usos agrícolas, industriales, turísticos, recreativos, acuícolas u otros usos relevantes relacionados con el agua deberán estar en posesión de la calificación de "más representativas" u otra similar. A falta de esta determinación, deberán acreditar que representan al menos al 15% de profesionales o empresarios del sector, o alternativamente, reunir a los que realicen un mínimo del 20% de la facturación en su rama productiva, datos que datos vendrán avalados por el informe oficial o corporativo que en cada caso corresponda.


Los representantes de las Comunidades de Regantes serán elegidos por las Federaciones de Regantes de entre las Comunidades Generales de los distintos sistemas de riego del territorio aragonés.


A la propuesta de nombramiento dirigida al Presidente del Instituto Aragonés del Agua deberá acompañar la certificación del órgano colegiado de gobierno de todas las entidades que han participado en la elección, indicando las personas designadas como titulares y suplentes.


Conforme a estos antecedentes, y en cumplimiento del artículo 5.1 del Reglamento de la Comisión del Agua y del Procedimiento para la formación de las Bases de la Política del Agua en Aragón, se dicta la siguiente resolución:


Primero.- Efectuar la convocatoria para que las organizaciones sociales, asociaciones y entidades representativas de los diversos usos del agua que tengan derecho a participar en la Comisión del Agua de Aragón, conforme a los artículos 36.1 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón y 3.1 del Reglamento de la Comisión del Agua de Aragón, designen a las personas que las hayan de representar.


Segundo.- En el plazo de dos meses desde la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", las entidades afectadas deberán proponer las personas que van a representar al sector y comunicarlo al Presidente del Instituto Aragonés del Agua. Dichas entidades propondrán el número de representantes que la Ley y Reglamento les atribuyen, así como tantos suplentes como titulares, que podrán suplir indistintamente a los titulares.


Si en dicho plazo no lograsen alcanzar un acuerdo en cuanto a sus representantes o no lo comunicasen en tiempo y forma, el Presidente del Instituto podrá optar entre designar por sí mismo a estos representantes titulares y suplentes de entre las personas que ostenten la condición de miembros de los órganos de gobierno de dichas entidades o dejar vacantes los puestos que les correspondan.


Tercero.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 5.1 del Reglamento, la presente Resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" y en dos periódicos de difusión regional.


Zaragoza, 9 de noviembre de 2023.- El Presidente del Instituto Aragonés del Agua, Manuel Blasco Marqués.

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