Departamento de presidencia, interior y cultura - Anuncios (BOA nº 2023-180)

EXTRACTO de la Orden PIC/1134/2023, de 6 de septiembre, por la que se convocan ayudas a entidades formadas por mujeres.


BDNS (Identif.): 715772


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/715772).


Primero.- Entidades beneficiarias.


Asociaciones, federaciones o fundaciones de mujeres y las asociaciones mixtas en cuyos estatutos conste expresamente la existencia de una sección o área de mujer u órganos específicos de mujeres.


Segundo.- Objeto y finalidad.


La presente Orden tiene por objeto efectuar la convocatoria de subvenciones para realizar actuaciones dirigidas a conseguir que, la igualdad entre mujeres y hombres sea real y efectiva y el fomento del asociacionismo de las mujeres. Y su finalidad es la sensibilización, información, asesoramiento y formación sobre la igualdad de género y el principio de no discriminación por razón de género; reducir situaciones de desigualdad o discriminación por razón de género; empoderar a las mujeres, su imagen y posición social; contribuir al desarrollo de las capacidades y aprendizaje de habilidades de las mujeres en todos los ámbitos de la vida desde una perspectiva de género.


Tercero.- Bases reguladoras.


Orden PRI/812/2021, de 25 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de mujer.


Cuarto.- Cuantía.


Se concederán subvenciones por una cuantía total de 135.000 euros con cargo a los créditos presupuestarios de la partida 54010/G/3232/480499/91002, PEP 2017/000175 del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de la Mujer para el ejercicio 2023.


La cuantía máxima de la subvención para cada una de las entidades beneficiarias será de 6.000 euros, conforme con el artículo 53 de la Orden PRI/812/2021, de 25 de junio. Para determinar la cuantía individualizada de la subvención se tendrá en cuenta la puntuación obtenida conforme con los criterios de valoración del apartado décimo y el baremo del apartado duodécimo.


Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.


El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".


Zaragoza, 6 de septiembre de 2023.- La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, Tomasa Hernández Martín.

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