Departamento de educación, ciencia y universidades - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-179)
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 28 de julio de 2023, del Director General de Innovación y Formación Profesional, por la que se establecen instrucciones para la matrícula en módulos profesionales de ciclos formativos de Grado básico, medio y superior, a efectos de convalidación de dichos módulos, y en su caso, exención o realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo, y realización, del módulo profesional de proyecto, durante el curso 2023/2024.
Advertido error en la Resolución antes citada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 151, de 8 de agosto de 2023, página 30256, en su apartado cuarto.2, se procede a su subsanación de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los siguientes términos:
Donde dice:
"La matrícula deberá realizarse del 20 de noviembre al 1 de diciembre de 2023. Se podrá efectuar en todos los Institutos de Educación Secundaria y Centros Públicos Integrados de Formación Profesional en los que se imparta el ciclo formativo del cual se solicita la convalidación de los módulos profesionales, la exención o realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, y la realización, en su caso, del de Proyecto."
Debe decir:
"La matrícula deberá realizarse del 20 de noviembre al 1 de diciembre de 2023. Se podrá efectuar en todos los Institutos de Educación Secundaria y Centros Públicos Integrados de Formación Profesional en los que se imparta el ciclo formativo del cual se solicita la convalidación de los módulos profesionales, la exención o realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, y la realización, en su caso, del de Proyecto. En los casos en que el ciclo formativo no se imparta en ningún Centro Docente, deberá presentarse la solicitud en los centros que se indican en el anexo II."