Departamento de educación, cultura y deporte - Autoridades y personal (BOA nº 2023-157)

ORDEN ECD/1063/2023, de 7 de agosto, por la que se nombra personal funcionario en prácticas a los/as aspirantes seleccionados/as en el concurso-oposición para el ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, convocado por Orden ECD/1899/2022, de 20 de diciembre.


La Orden ECD/1899/2022, de 20 de diciembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 249, de 28 de diciembre de 2022), por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, prevé en la base 10.1 el nombramiento del personal funcionario en prácticas del personal seleccionado en el procedimiento selectivo.


De conformidad con lo expuesto, este Departamento, en uso de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y el Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, dispone:


Primero.- Nombrar personal funcionario en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional a los/as aspirantes que se relacionan en el anexo I de la presente Orden.


La selección de los/as aspirantes que figuran en el anexo fue hecha pública por las Comisiones de Selección respectivas, de acuerdo con la base 9.2.4 de la Orden de convocatoria, asignándoles el número de Registro de Personal que les corresponde.


El nombramiento como personal funcionario en prácticas surtirá efectos económicos y administrativos a 1 de septiembre de 2023. El régimen a aplicar será el establecido por la legislación vigente para el personal funcionario en prácticas, que les será de aplicación a todos los efectos, desde la fecha indicada de 1 de septiembre de 2023.


Para la petición de destino como funcionario/a en prácticas, se estará a lo dispuesto en la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Directora General de Personal, entendiéndose que renuncian al procedimiento selectivo quienes no se incorporen a los destinos que se les adjudiquen.


De conformidad con la base 9.3 de la convocatoria del procedimiento selectivo, quienes hubieran superado el proceso selectivo deberán someterse al reconocimiento médico previo al ingreso, dando así cumplimiento a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.


Quienes sean nombrados personal funcionario en prácticas a través de la presente Orden deberán declarar, bajo juramento o promesa, que no se hallan incursos en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.


El nombramiento de personal funcionario en prácticas no presupone que los/as aspirantes seleccionados/as reúnan los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la Orden por la que se convoca procedimiento selectivo.


Quienes, dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, o se detectara falsedad en alguno de los documentos presentados, decaerán de todos sus derechos a ser nombrados personal funcionario de carrera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.


El personal funcionario nombrado en prácticas en virtud de la presente Orden que se encontrase prestando servicios remunerados en la Administración bajo una relación funcionarial, estatutaria o laboral, deberán formular, ante el Servicio Provincial al que han sido destinados/as, opción expresa por las remuneraciones que vienen percibiendo en cualquiera de estas situaciones o por las que les correspondan como funcionarios/as en prácticas durante el tiempo que duren las mismas.


La Dirección General de Personal adoptará cuantas medidas e instrucciones sean precisas para la aplicación y ejecución de esta Orden.


Contra la presente Orden las personas interesadas podrán interponer, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. El recurso potestativo de revisión deberá interponerse electrónicamente, a través del Servicio de Soporte a la Tramitación (https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion) o en cualquiera de los otros Registros Públicos contemplados en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.


Zaragoza, 7 de agosto de 2023.


El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO

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