Departamento de economía, planificación y empleo - Anuncios (BOA nº 2023-126)
EXTRACTO de la Orden EPE/848/2023, de 22 de junio, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1426/2016, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones complementarias para favorecer la estabilidad en el empleo de los trabajadores con discapacidad severa que presentan especiales dificultades de inserción que mantengan una relación laboral de carácter especial en el ámbito de los centros especiales de empleo.
BDNS (Identif.): 704795
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/704795).
Primero.- Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan por medio de esta Orden los centros especiales de empleo que reúnan los siguientes requisitos:
a) Poseer la calificación administrativa de centro especial de empleo y contar con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón autorizados e inscritos en el correspondiente Registro de Centros Especiales de Empleo.
b) Haber sido beneficiarios con respecto a las personas trabajadoras con discapacidad, destinatarias finales de esta subvención, y durante el período de tiempo por el que resulte aplicable la misma, de la subvención del 50% del salario mínimo interprofesional prevista en la letra a) del artículo 11 de la Orden EIE/282/2016, de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la integración laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo.
Segundo.- Objeto de la convocatoria.
La finalidad de estas subvenciones es favorecer el mantenimiento del empleo de las personas con discapacidad severa que figuren contratadas por los centros especiales de empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón y que presentan, debido al tipo o al elevado grado de discapacidad que padecen, especiales dificultades para su inserción laboral. Esta subvención es complementaria de la subvención del coste salarial correspondiente a los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad prevista en la letra a) del artículo 11 de la Orden EIE/282/2016, de 17 de marzo ("Boletín Oficial de Aragón", número 68, de 11 de abril).
Tercero.- Bases reguladoras.
1. Las bases reguladoras de estas subvenciones se contemplan en la Orden EIE/1426/2016, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones complementarias para favorecer la estabilidad en el empleo de los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción que mantengan una relación laboral de carácter especial en el ámbito de los centros especiales de empleo ("Boletín Oficial de Aragón", número 204, de 21 de octubre de 2016). https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=931029222424.
Cuarto.- Financiación.
1. La financiación de estas subvenciones estará constituida por fondos propios del Gobierno de Aragón y por fondos de empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
2. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende inicialmente a un millón doscientos mil euros (1.200.000 ) con cargo a los crédis previvistos en el Presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio 2023 que a continuación se relacionan:
Quinto.- Plazos de solicitud.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".
Sexto.- Otros datos.
1. Las solicitudes se dirigirán al Instituto Aragonés de Empleo presentándose electrónicamente a través de la herramienta electrónica habilitada específicamente para la gestión de estas subvenciones y se realizará a través de la siguiente dirección electrónica: https://aplicaciones.aragon.es/gceei
2. El uso del modelo de solicitud es obligatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 66.6 de la Lay 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 22 de junio de 2023.- La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, Marta Gastón Menal.