Departamento de hacienda y administración pública - Autoridades y personal (BOA nº 2023-123)

ORDEN HAP/817/2023, de 15 de junio, por la que se nombra personal funcionario de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Facultativos Superiores Especialistas, Biólogos.


Concluidas las pruebas selectivas para la estabilización de empleo temporal para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Facultativos Superiores Especialistas, Biólogos, convocadas por Resolución de 27 de mayo de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, en la disposición transitoria sexta de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023, en el artículo 3.3.k) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en el Decreto 21/2023, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, este Departamento dispone:


Primero.- Nombrar personal funcionario de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Facultativos Superiores Especialistas, Biólogos, a las personas interesadas que se relacionan en el anexo, con expresión del primer destino adjudicado, con carácter de destino provisional.


Segundo.- Para adquirir la condición de personal funcionario de carrera, deberán acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Aragón, según la fórmula aprobada por Orden de 19 de noviembre de 1986, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se dictan normas en relación con los nombramientos de funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 120, de 1 de diciembre.


Asimismo, deberán realizar la declaración a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, o, en su caso, la opción o la solicitud de compatibilidad contempladas en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.


La toma de posesión en el puesto de trabajo adjudicado habrá de efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", a cuyo efecto los órganos correspondientes de los Departamentos u Organismos de destino formalizarán las pertinentes diligencias. A efectos retributivos será de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.


Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 60 y 64 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.


También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.


Zaragoza, 15 de junio de 2023.


El Consejero de Hacienda y Administración Pública, CARLOS PÉREZ ANADÓN

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