Departamento de agricultura, ganadería y medio ambiente - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-120)

RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2023, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se procede a dar de baja y extinguir la Autorización Ambiental Integrada otorgada para la explotación porcina con una capacidad autorizada para 2.800 plazas de cebo, emplazada en las parcelas 1,2 y 3 del polígono 6 del municipio de Villarquemado (Teruel) y promovida por Lereu Molina, SC. (Número de Expediente: INAGA 500202/02/2023/02907).


El 20 de marzo de 2023, tiene entrada en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental la solicitud de baja y extinción de la Autorización Ambiental Integrada otorgada para una explotación porcina de cebo con capacidad para 3.200 cerdos de cebo (384 UGM) del Término Municipal de Villarquemado (Teruel), debido a una reducción de la capacidad de la explotación a 2.499 plazas de cebo.


Antecedentes de hecho


Primero.- Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 21 de junio de 2007, se formuló la declaración de impacto ambiental y se otorgó la Autorización Ambiental Integrada para ampliación de explotación porcina de cebo hasta 2.800 plazas, emplazada en las parcelas 1, 2 y 3 del polígono 6 del municipio de Villarquemado (Teruel), (Expte.INAGA 500301/02/2006/3784).


Mediante Resolución de 18 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se actualizó la Autorización Ambiental Integrada de la explotación ganadera, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013 (Expte INAGA: 500601/02/2013/10141).


Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se tomó conocimiento del cambio de titularidad de la Autorización Ambiental Integrada, por cambio de denominación de la sociedad civil titular de la explotación, Lereu Molina Carrero, SC, a Lereu Molina, SC (Expte. INAGA: 500202/02/2017/04095).


El 1 de septiembre de 2021, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 16 de junio, por la que se revisó la Autorización Ambiental Integrada de la explotación incorporando el anexo II de Mejoras Técnicas Disponibles (Expte. INAGA 500202/02/2019/06710).


Segundo.- El promotor ha decidido reducir la capacidad de la explotación hasta una capacidad de 2.499 plazas de porcino de cebo. Esta reducción de capacidad hace que la actividad ya no se encuentre entre las incluidas en el anexo IV de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, Prevención y Protección Ambiental de Aragón, y es por ello que renuncia a la AAI concedida quedando bajo el régimen de Licencia Ambiental de Actividad Clasificada que deberá obtener del Ayuntamiento de Villarquemado (Teruel).


Fundamentos jurídicos


Primero.- La Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo I de la Ley, entre las que se incluye la competencia sobre Autorizaciones Ambientales Integradas.


Segundo.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 21.1 dispone, que la Administración está obligada a dictar Resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.


Tercero.- La Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, establece en su anexo IV, apartado 9, la capacidad mínima que deben tener las instalaciones para explotaciones ganaderas que requieran de Autorización Ambiental Integrada, siendo de 2.500 plazas en el caso de explotaciones porcinas de cebo.


Vistos, el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:


1. Proceder a dar de baja y extinguir la Autorización Ambiental Integrada otorgada por Resolución de 21 de junio de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada para ampliación de explotación porcina para cebo hasta 2.800 plazas, emplazada en las parcelas 1,2,3 del polígono 6 del Municipio de Villarquemado (Teruel).


2. Comunicar al Ayuntamiento de Villarquemado (Teruel) que la Autorización Ambiental Integrada de la explotación de referencia queda sin efecto, quedando bajo el régimen de Licencia Ambiental de Actividades Clasificadas.


3. Comunicar al Ministerio para la Transición Ecológica a los efectos de proceder a dar de baja dicha Autorización Ambiental Integrada en el inventario de instalaciones regulado en el artículo 8.2.a) del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.


Zaragoza, 19 de abril de 2023.


El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL

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