La Junta aprueba la creación del Consejo Andaluz de la Cultura y la Comisión Asesora del Flamenco

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Se trata de un órgano colegiado de participación administrativa y social, de carácter consultivo y de asesoramiento en materia cultural

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a instancias de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, el decreto por el que se crea y regulan las competencias y funcionamiento del Consejo Andaluz de la Cultura y de la Comisión Asesora del Flamenco, un órgano colegiado de participación administrativa y social de carácter consultivo y de asesoramiento de la Junta de Andalucía en materia de cultura.

Este Consejo, que estará adscrito a la consejería competente en cultura -actualmente a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte-, tendrá su sede en los servicios centrales de la citada consejería, correspondiendo a la persona titular de la viceconsejería su impulso y organización. Se trata de un órgano transversal que se configura como órgano superior de asesoramiento y que, al mismo tiempo, se constituye como órgano consultivo, de encuentro y de participación, que permite fomentar el diálogo abierto de las diversas partes implicadas en la vida cultural andaluza.

Este decreto, en concreto, se estructura en 19 artículos, una disposición adicional, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales. Y se divide en dos capítulos, y el segundo, a su vez, en cuatro secciones. Entre sus funciones, el Consejo Asesor de la Cultura será órgano de consulta y asesoramiento de las actuaciones para el impulso de la cultura e informar de los asuntos que requiera el titular de la Consejería.

Se encargará también de elaborar dictámenes y recomendaciones en materia de cultura, será informado de la tramitación y de disposiciones generales y de planes de carácter estratégico. Además, tendrá la función de promover e incentivar el diálogo entre los distintos sectores culturales y la administración, y de analizar las necesidades las necesidades del sector y plantear medidas que propicien las iniciativas innovadoras y la mejora de la calidad del turismo cultural en Andalucía.

Asimismo, este Consejo propondrá programas formativos y la realización de estudios y análisis en materia de cultura en colaboración con las distintas universidades andaluzas, y se encargará de aprobar la propuesta de Reglamento de Régimen Interior, y de crear comisiones asesoras sobre las principales áreas, como Artes Escénicas y Musicales, Artes Plásticas y Visuales, Literatura y Novela Gráfica y Moda, entre otras.

En cuanto a su organización, el Consejo para la Cultura funcionará en pleno, en comisión permanente y en las comisiones asesoras que se constituyan. Así, el pleno, órgano superior de deliberación, estará presidido por el titular de la Consejería y su vicepresidencia recaerá en el titular de la Viceconsejería. Se reunirá una vez año en sesión ordinaria. Asimismo, la Presidencia podrá acordar la convocatoria de sesiones extraordinarias, por propia iniciativa o cuando lo soliciten, justificando su necesidad, al menos, un tercio de sus vocalías.

Tal y como figura en el decreto, se podrán constituir comisiones asesoras mediante acuerdo del pleno por mayoría. Estas tendrán el carácter de instrumentos de apoyo a la actividad desarrollada por el pleno y por la comisión permanente. Su función consistirá en el estudio y elaboración de propuestas, informes o dictámenes no vinculantes en materias competencia del Consejo. Podrán formar parte de dichas comisiones asesoras tanto integrantes del pleno y de la comisión permanente como personal especializado por razón de la materia.

Comisión Asesora del Flamenco

En este sentido, y en cumplimiento del artículo 10 de la Ley 4/2023, de 18 de abril, Andaluza del Flamenco, se crea la Comisión Asesora del Flamenco como el órgano colegiado participativo y consultivo en materia de protección, conservación, difusión, investigación y promoción del conocimiento del flamenco.

La Comisión Asesora del Flamenco podrá ser consultada en la elaboración del Plan General Estratégico del Flamenco y sus modificaciones, así como, con carácter general, y realizar propuestas de actuación en materia de protección, conservación, difusión, investigación y promoción del conocimiento del flamenco.

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