Eximidos del requisito de nacionalidad los médicos y enfermeros extranjeros no comunitarios

Con esta medida, se contribuye a garantizar la atención sanitaria permanente en los puntos de Urgencias y Atención Primaria

El Consejo de Gobierno ha acordado eximir del requisito de la nacionalidad al personal médico especialista y personal de enfermería extranjero no comunitario a contratar por el Servicio Andaluz de Salud, contribuyendo con esta medida a garantizar la atención permanente en los puntos de Urgencias, la Atención Primaria y la cobertura necesaria en algunas especialidades de Facultativo/a Especialista de Área.

El Servicio Andaluz de Salud debe mantener la prestación del servicio de asistencia sanitaria a la población andaluza en todas las circunstancias, aunque en ocasiones se encuentra con graves dificultades para contar con personal médico disponible. La
escasez de este personal limita la capacidad de oferta de servicios sanitarios en Andalucía y en el resto del Sistema Nacional de Salud y ésta se ve empeorada en los periodos de descanso reglamentario del personal de plantilla, obligando a adoptar medidas excepcionales de captación de profesionales. 

Así, dada la situación en la que se encuentra el SAS ante determinadas zonas y especialidades médicas para las que no es posible en la actualidad cubrir los puestos necesarios para asegurar la asistencia sanitaria, sigue siendo necesaria la contratación
de personal extranjero no comunitario tal y como se ha venido haciendo en los últimos años. Así, en 2022, se realizaron nombramientos a 846 profesionales extracomunitarios.

Con todo ello, el Servicio Andaluz de Salud considera necesario adoptar medidas para la adecuada asistencia sanitaria y protección de la salud de los ciudadanos en caso de no cobertura de los puestos de difícil cobertura por la inexistencia de candidatos/as o
no elección de esas plazas por los residentes que finalizan al no considerarlas atractiva, porque de lo contrario, esto podría dar lugar a la imposibilidad de mantener la atención permanente en los puntos de Urgencias, la Atención Primaria o la imposibilidad de dar la cobertura necesaria en algunas especialidades de FEA.

Por todo lo expuesto, teniendo en cuenta las necesidades objetivas de atención sanitaria a la población, la situación de excepcionalidad y la garantía de cumplimiento de las normas y procedimientos para la selección de personal sanitarios, se considera necesario recurrir a la contratación de personal extracomunitario, aplicando la previsión de la disposición adicional trigésima tercera de la Ley 5/2023, de 7 de junio.

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