Autorizadas las ayudas de abrevaderos al ganado del tercer decreto de sequía
El objetivo es fomentar inversiones para reducir las consecuencias de la sequía, y están dirigidas a 1.235 ganaderos andaluces
El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la resolución de las ayudas contempladas en el tercer decreto de sequía para paliar los efectos que ésta viene ocasionando a las cabañas ganaderas de Andalucía y que contempla ayudas por valor de 8,5 millones de euros dirigidas a 1.235 ganaderos.
El objetivo de estas ayudas es fomentar las inversiones y gastos necesarios para reducir y prevenir las consecuencias que las situaciones de sequía ocasionan en las explotaciones agrarias, en este caso en las ganaderas. Este sector es uno de los
grandes afectados en estas situaciones derivadas de la ausencia de precipitaciones, pues a la falta de pastos en cantidad y calidad se unen las dificultades para garantizar el suministro de agua a los animales, debido a que los puntos de agua en donde bebe
el ganado se secan con las sequías prolongadas.
Ante esta situación, los ganaderos se ven en la necesidad de tener que comprar agua, transportarla y almacenarla, lo que puede provocar problemas de bienestar animal. Como consecuencia de todo esto, se puso en marcha esta convocatoria de ayudas que
viene a sufragar la adquisición de cubas para el transporte de agua, abrevaderos y la dotación a las explotaciones de las conducciones necesarias para la distribución de ésta hasta los abrevaderos o depósitos, entre otras actuaciones.
Los beneficiarios de estas ayudas son los titulares de unidades productivas inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía en las distintas clasificaciones zootécnicas de especies avícolas, bovinas, porcinas y pequeños rumiantes (ovino y
caprino). Entre ellas se establece una prioridad para las explotaciones extensivas, las de titularidad compartida o las de municipios en zonas de dificultades de montaña, que estén dentro de la Red Natura 2000, que pertenezcan a una Agrupación de Defensa
Sanitaria o que tengan compromiso de suscribir un seguro agrario.
La ayuda, con carácter general, supondrá el 80% de la inversión subvencionable, quedando establecida la cuantía máxima de la subvención en 20.000 euros por beneficiario y una cuantía mínima de 1.000 euros por beneficiario.