Proyecto de orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la realización de actuaciones culturales, promovidas por agrupaciones, consejos, federaciones, uniones u otras entidades de análoga naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía

Información general

Antecedentes de la norma

Capitulo II del Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), para el sector de las agencias de viajes, para la reactivación de actos culturales promovidos por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, para el mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería, y se modifican otras disposiciones. 

Orden de 14 de mayo de 2021, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la reactivación de actos culturales promovidos por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga naturaleza que integren Hermandades y Cofradías de Andalucía en 2021, como consecuencia de la crisis sanitaria generada por el coronavirus (COVID-19).

Extracto de la Orden de 14 de mayo de 2021, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la reactivación de actos culturales promovidos por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras Entidades de análoga naturaleza que integren Hermandades y Cofradías de Andalucía en 2021, como consecuencia de la crisis sanitaria generada por el coronavirus (COVID-19).

Problemas que se pretenden solucionar

La línea de subvenciones destinada a promover la realización de actividades culturales vinculadas al mundo cofrade, regulada en el Capitulo II del Decreto-Ley 5/2021, de 30 de marzo y convocada mediante Orden de 14 de mayo de 2021, se estableció ante la urgente necesidad de paliar los efectos del impacto económico negativo que la declaración del estado de alarma y las restricciones adoptadas para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 había provocado en el mundo de la cultura en general, y en particular en las las entidades cofrades y en aquellos sectores ligados a la vida cofrade como el de artesanos, orfebres o bandas de música, los cuales se vieron especialmente afectados por la suspensión de todas aquellas manifestaciones culturales ligadas a reuniones multitudinarias de personas, como los desfiles procesionales de la Semana Santa u otras manifestaciones de gran valor cultural por razones históricas, sociales o religiosas. Las circunstancias excepcionales descritas justificaron no solo su regulación mediante la figura del Decreto-Ley, sino también su convocatoria con carácter extraordinario y exclusivo para el año 2021.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La experiencia adquirida en la convocatoria del año 2021 ha concienciado tanto a las entidades cofrades como a la propia administración pública andaluza de la conveniencia de adoptar este tipo de iniciativas que velan por el interés público existente en la conservación de estas tradiciones culturales, tan arraigadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, entendiendo que es necesario y conveniente apoyar a las entidades cofrades que vienen desarrollando este tipo de actividades mediante la puesta en marcha de una nueva línea de subvenciones. 

Determinada la necesidad de incentivar la realización de este tipo de actividades culturales, se estima oportuno el establecimiento de una orden de bases reguladoras nueva, en la que se incluya parte de la normativa desarrollada en el Decreto-Ley 5/2021, de 30 de marzo adaptándola a la situación actual, dando cabida a aquellos preceptos de la legislación anterior que se estimen convenientes de mantener e incluyendo otros requisitos o condicionantes nuevos que, tras la experiencia adquirida, se estimen necesarios de establecer.

Objetivos de la norma

El objetivo de la norma es el fomento de proyectos de actividades culturales, así como la promoción de eventos vinculados a la vida cofrade de Andalucía, tales como la celebración de exposiciones, conferencias, jornadas, reuniones, congresos y otros eventos, incluida la realización de publicaciones de divulgación no cientifica.

Posibles soluciones alternativas

No se plantean soluciones alternativas.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren oportuno pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico: actuacionesculturales.ctcd@juntadeandalucia.es.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o la razón social o denominación de la entidad a la que represente.    

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Turismo, Cultura y Deporte
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