PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, EL DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO GRADO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL, Y EL DECRETO 499/2019, DE 26 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y EL CURRÍCULO DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.

Información general

Antecedentes de la norma

- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

- Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

- Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

- Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel Básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de Idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este real decreto.

- Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad.

- Decreto 327/2010, de 13 de julio,  por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.

- Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial.

- Decreto 499/2019, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

El Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por el Decreto 327/2010, de 13 de julio, y el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio, establecen que el reglamento de organización y funcionamiento de los respectivos centros contemplará, entre otros aspectos, la normas sobre la utilización de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos, así como el procedimiento para garantizar el acceso seguro a internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad.

A este respecto cabe señalar que, tal y como pone de manifiesto el Dictamen del Consejo Escolar de Andalucía, el fracaso escolar y el bajo rendimiento académico son consecuencia, en ocasiones, de un número excesivo de horas de exposición a dispositivos digitales y teléfonos móviles, siendo éstos un elemento de dispersión y distracción en el aula que perturba los procesos de enseñanza y aprendizaje dificultando el desarrollo de determinados procesos cognitivos básicos como la memoria, la percepción, la atención y la escucha.

Se puede afirmar que existe un alto número de conductas disruptivas en los centros vinculadas al uso indebido de los teléfonos móviles de uso personal, el cual se ha extendido sensiblemente a todos los espacios del entorno educativo. 

Por otra parte, el Decreto 499/2019, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, adapta los niveles al nuevo marco normativo estatal y mantiene el modelo de enseñanzas de idiomas en el que la lengua se entiende como instrumento comunicativo en un marco personal, social, cultural, educativo y profesional, tal y como se define en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. No obstante, en la actualidad, la impartición de estas enseñanzas es demasiada rígida respecto a los plazos para alcanzar las correspondientes certificaciones de dichas enseñanzas. 

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Para dar una mayor seguridad jurídica a la restricción del uso de dispositivos móviles y otros dispositivos de manera análoga por parte del alumnado, considerando su edad, etapa educativa y tipo de enseñanza, dando así respuesta a un nuevo escenario en los centros educativos, implementando medidas activas de control, es necesario acometer la modificación de los Decretos 327/2010, de 13 de julio, y Decreto 328/2010, de 13 de julio, por los que se aprueban, respectivamente, el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria y el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial.

Por su parte, para dar mayor agilidad a la demanda de la sociedad actual respecto a las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de manera que se alcancen las correspondientes certificaciones en plazos más cortos, se hace necesario modificar el vigente Decreto 499/2019, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Objetivos de la norma

La norma pretende modificar el Decreto 327/2010, de 13 de julio y el Decreto 328/2010, de 13 de julio, por los que se aprueban, respectivamente, el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria y el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, para proporcionar un marco normativo que regule la restricción del uso de dispositivos móviles y otros dispositivos análogos por parte del alumnado, considerando su edad, etapa educativa y tipo de enseñanza.

Asimismo, pretende modificar el Decreto 499/2019, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el objetivo de reducir los plazos para la obtención de las certificaciones correspondientes a dichas enseñanzas.

Posibles soluciones alternativas

No existe alternativa que desarrolle los aspectos de la norma en el marco de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Envío de aportaciones

Podrán realizarse aportaciones en el correo:

consultasprevias.dgoe.ced@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

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Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
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