Orden por la que se regulan las condiciones para la verificación de los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión por las entidades verificadoras establecidas en la Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.

Información general

Antecedentes de la norma

El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013, en su artículo 70 contempla los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión que se consideran beneficiosos para alcanzar uno o varios de los objetivos específicos que se determinan.

Mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 31 de agosto de 2022, se aprueba el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España para la ayuda de la Unión financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (PEPAC). En el PEPAC se encuentran las intervenciones del artículo 70 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión.

La Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, establece como criterio de subvencionabilidad para acceder a las operaciones 6501.2.3. Cultivos industriales. Algodón y remolacha. Compromisos obligatorios, 6501.2.4. Cultivos industriales. Algodón y remolacha. Compromiso voluntario y 6501.5.1. Protección de la avifauna, que la persona solicitante forme parte de una Agrupación de Producción Integrada de cultivos elegibles debidamente inscrita en el Registro de Producción Integrada de Andalucía regulado conforme al Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados.

Por otra parte, entre las condiciones de admisibilidad de las ayudas indicadas, señala, que tanto en los años en los que se declaren en la solicitud ayuda como en la solicitud de pago, las parcelas agrícolas con cultivos elegibles para estas operaciones, deberán obtener la correspondiente certificación en Producción Integrada por parte de la entidad de certificación autorizada, conforme al artículo 7 del Decreto 245/2003, de 2 de septiembre.

El artículo 17.2 de la Orden de 28 de marzo de 2023, dispone que las personas beneficiarias de las operaciones 6501.2.3. Cultivos industriales. Algodón y remolacha. Compromisos obligatorios, 6501.2.4. Cultivos industriales. Algodón y remolacha. Compromiso voluntario y 6501.5.1. Protección de la avifauna, participarán en un sistema de seguimiento técnico y de verificación de los compromisos agroambientales, equivalente a un sistema de autocontrol. A dichos efectos, las personas beneficiarias deberán acreditar el cumplimiento de los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión mediante la verificación efectuada por una entidad de certificación en producción integrada reconocida para tal fin por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Asimismo, tendrá validez como sistema de autocontrol el realizado a través de los servicios técnicos de las agrupaciones de producción integrada (API), respecto a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión de conformidad con el Anexo I de la Orden de 28 de marzo de 2023, una vez verificado por la citada entidad de certificación.

El Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, crea el Registro de Operadores de producción integrada, adscrito a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, prevé el control de la actividad de la producción integrada mediante las entidades de certificación inscritas.

Por otro lado, dicho Decreto también contempla la obligación por parte de los operadores de disponer de los servicios técnicos competentes para dirigir y controlar el cumplimiento de las normas de producción integrada, así como el fomento de este sistema a través del reconocimiento de Agrupaciones de Producción Integrada.

El Decreto 163/2021, de 11 de mayo, por el que se regulan los organismos de evaluación de la conformidad de productos agroalimentarios y pesqueros que operan en la Comunidad Autónoma de Andalucía dispone que los organismos de evaluación de la conformidad de productos agroalimentarios y pesqueros, deben inscribirse en el registro administrativo creado mediante el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre.

La Orden de 12 de abril de 2022, que desarrolla el Decreto 163/2021, de 11 de mayo, regula entre otras, las cuestiones relativas a la estructura y contenido del Registro de organismos de evaluación de la conformidad de productos agroalimentarios y pesqueros que operan en la Comunidad Autónoma de Andalucía, los términos en los que se han de realizar, por parte de los organismos de evaluación de la conformidad, las comunicaciones relativas a la suspensión temporal, o la revocación o a la cancelación de la inscripción. En dicho registro deben inscribirse, entre otros, los organismos que realizan la certificación de la producción integrada en Andalucía, contando para ello con la correspondiente acreditación de ENAC, conforme a la norma ISO/IEC 17065.

 

Problemas que se pretenden solucionar

Las parcelas agrícolas con cultivos elegibles de determinadas operaciones reguladas en la Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, deberán obtener la correspondiente certificación en Producción Integrada por parte de la entidad de certificación autorizada, conforme al artículo 7 del Decreto 245/2003, de 2 de septiembre. Es por ello, que mediante la regulación de la presente norma se establecen los mecanismos para que las entidades citadas puedan realizar adecuadamente verificación, colaborando con el agricultor y con la Administración Pública.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Es necesario regular las condiciones para la verificación de los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión por las entidades de certificación de la producción integrada que, estando acreditadas e inscritas en él, estén interesadas en realizar las operaciones técnicas necesarias para verificar los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión, de forma directa mediante control a las personas beneficiarias, o validando el autocontrol realizado por la Agrupación de Producción Integrada a la que pertenezcan, la presente disposición desarrolla en la Comunidad Autónoma de Andalucía aspectos concretos de la gestión y tramitación de las declaraciones responsables de las entidades verificadoras, con el propósito de posibilitar la participación de los mismas en el control de los compromisos, estableciendo las condiciones requeridas para que un organismo pueda actuar en dicho ámbito con la suficiente garantía y fiabilidad en sus actuaciones.

Objetivos de la norma

Regular las condiciones para la verificación de los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión a través de las entidades verificadoras, así como la presentación de las declaraciones responsables.

Posibles soluciones alternativas

No se contemplan soluciones alternativas

Envío de aportaciones

Las aportaciones deberán ser enviadas al correo electrónico de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, en la siguiente dirección:

dgadm.capadr@juntadeandalucia.es

Quien formule alegaciones deberá incluir en su correo su nombre y apellidos o razón social y representante.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
-
Organismo
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Índice
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