Resolución de 11 de julio de 2024, del Rectorado de la Universidad de Jaén, por la que se declara inhábiles, a efectos del cómputo de plazos, en los expedientes de contratación y procedimientos administrativos incoados cuya resolución corresponda a la Universidad de Jaén, los días de vacaciones aprobados en el Calendario Laboral del año 2024 de la Universidad de Jaén.

VISTO

Primero. El calendario laboral aprobado para el año 2024 por la Universidad de Jaén.

Segundo. La necesidad de determinar con claridad cuáles son los días inhábiles, a efectos del cómputo de plazos en los expedientes de contratación y, de forma general, en los procedimientos administrativos que se tramiten en esta Universidad.

CONSIDERANDO

Primero. Que el artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que «siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. Cuando los plazos se hayan señalado por días naturales por declararlo así una ley o por el Derecho de la Unión Europea, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones».

Segundo. Que el artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que «la sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo determinará, atendiendo al ámbito territorial en el que ejerce sus competencias el titular de aquella y al calendario previsto en el artículo 30.7, los días que se considerarán inhábiles a los efectos previstos en este artículo. Este será el único calendario de días inhábiles que se aplicará a efectos del cómputo de plazos en los registros electrónicos, sin que resulte de aplicación a los mismos lo dispuesto en el artículo 30.6».

Tercero. Que el calendario laboral aprobado para el año 2024 por la Universidad de Jaén declara inhábiles los siguientes días:

El periodo comprendido entre los días 5 y 23 de agosto de 2024, ambos inclusive.

El periodo comprendido entre los días 23 de diciembre de 2024 y 3 de enero de 2025, ambos inclusive.

Cuarto. Que resulta necesario declarar expresamente dichos días inhábiles a efectos del cómputo de plazos en los expedientes de contratación y los procedimientos administrativos que se tramiten en esta Universidad para garantizar la seguridad jurídica y evitar confusiones a los interesados.

Quinto. Que el artículo 30.7, apartado segundo, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos deberá publicarse en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado.

En virtud de lo expuesto, y en el ejercicio de las competencias que me confieren los Estatutos de la Universidad de Jaén,

RESUELVO

Primero. Declarar inhábiles a efectos del cómputo de plazos en los expedientes de contratación y procedimientos de administración incoados, cuya resolución corresponda a la Universidad de Jaén, durante el año 2024, los siguientes días:

El periodo comprendido entre los días 5 y 23 de agosto de 2024, ambos inclusive.

El periodo comprendido entre los días 23 de diciembre de 2024 y 3 de enero de 2025, ambos inclusive.

Segundo. A efectos de cómputo de plazos, estos quedarán interrumpidos durante dicho periodo.

Tercero. Disponer la publicación de la presente resolución en el BOJA y en el Boletín de esta Universidad, entendiéndose notificados los interesados en los expedientes en curso del contenido de esta resolución a partir del día siguiente de su publicación en el BOJA.

Cuarto. Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Jaén, 11 de julio de 2024.- El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.

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