Resolución de 28 de junio de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén, por la que se hace pública convocatoria de concurso de méritos para cubrir un puesto vacante del gabinete de asesoramiento sobre la convivencia escolar.

En virtud de las competencias atribuidas por el artículo 3.2 de la Orden de 11 de julio de 2007 (BOJA núm. 148, de 27 de julio de 2007), por la que se regula el procedimiento para la designación del coordinador o coordinadora de la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz» y de los miembros de los gabinetes provinciales de asesoramiento sobre la convivencia escolar, así como de las actuaciones a desarrollar por los mismos, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.3 del Decreto 19/2007, de 23 de enero, por el que se adoptan medidas para la promoción de la Cultura de Paz y la mejora de la Convivencia en los Centros Educativos sostenidos con fondos públicos (BOJA núm. 25, de 2 de febrero), esta Delegación Territorial ha resuelto realizar convocatoria pública de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera. Convocar concurso público de méritos para cubrir un puesto de miembro del Gabinete Provincial de Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar integrado en el respectivo Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional, dentro del área de apoyo a la función tutorial del profesorado y de asesoramiento sobre la convivencia escolar, por el procedimiento de libre designación, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.2 de la Orden de 11 de julio de 2007, por la que se regula el procedimiento para la designación del coordinador o coordinadora de la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz» y de los miembros de los gabinetes provinciales de asesoramiento sobre la convivencia escolar, así como de las actuaciones a desarrollar por los mismos.

Segunda. Las personas aspirantes habrán de cumplir los requisitos indicados en el artículo 44.3 del Decreto 19/2007, de 23 de enero, por el que se adoptan medidas para la promoción de la Cultura de la Paz y la Mejora de la Convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos públicos, es decir:

«Podrá ser miembro de los Gabinetes Provinciales de Asesoramiento sobre la convivencia escolar cualquier funcionaria o funcionario de carrera en servicio activo de los Cuerpos de la Función Pública docente con, al menos, dos años de antigüedad en dichos Cuerpos, y con formación y experiencia en temas relacionados con la convivencia escolar.»

Tercera. El plazo de solicitud será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en los tablones de anuncios de esta Delegación Territorial y, a efectos meramente informativos, en la página web de la misma.

La solicitud, dirigida al Ilmo. Sr. Delegado Territorial, se presentará en esta Delegación Territorial, sin perjuicio de lo establecido en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, debiendo adjuntar a la misma el currículum correspondiente de la persona participante, además de la documentación que acredite la formación y experiencia en temas relacionados con la convivencia escolar. En la documentación que se aporte, como copia, deberá reflejar de puño y letra de cada participante la expresión «Es copia fiel del original», con la firma a continuación, entendiendo que se queda sujeto a lo que la ley estipula sobre la fidelidad de lo entregado y solicitud de certificación de Hoja de Servicios.

Cuarta. Para realizar el estudio de las solicitudes, se constituirá una comisión designada por el Ilmo. Sr. Delegado Territorial, que estará formada por:

Presidencia: Delegado Territorial, o persona en quien delegue.

Vocales: Jefa del Servicio de Ordenación Educativa.

Jefe del Servicio de Gestión de Recursos Humanos.

Coordinador Provincial del Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional.

Quinta. A la vista de las propuestas a las que se refiere la base anterior, la persona titular de la Delegación Territorial procederá a realizar el nombramiento que será en régimen de comisión de servicios, según lo establecido en el artículo 3.2 de la Orden de 11 de julio de 2007 (BOJA núm. 148, de 27 de julio de 2007), por la que se regula el procedimiento para la designación del Coordinador o Coordinadora de la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz» y de los miembros de los gabinetes provinciales de asesoramiento sobre la convivencia escolar, así como las actuaciones a desarrollar por los mismos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, recurso de alzada ante la Excma. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, conforme a lo establecido en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Jaén, 28 de junio de 2024.- El Delegado, Francisco José Solano Rodríguez.

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