Anuncio de 30 de mayo de 2024, del Ayuntamiento de Ronda, referido a la aprobación provisional del expediente de Innovación del PGOU para la creación de un Sistema general técnico y sistema general de espacios libres. (PP. 8767/2024).

EDICTO

Doña María Paz Fernández Lobato, Alcaldesa-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Ronda

Hace saber: Que en virtud del Acuerdo Plenario, de fecha 29 de mayo de 2024, se ha adoptado el siguiente acuerdo, cuyo tenor literal es el siguiente:

«En virtud de acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de fecha 1 de marzo de 2023, se aprobó inicialmente el Expediente de Innovación del PGOU de Ronda para la creación de un sistema general de comunicaciones y transportes (SGT-3) y sistema general de espacios libres y de equipamientos (SGAL/E-1), en los términos contenidos en el mismo, habiendo sido sometido al trámite de información pública por plazo de cuarenta y cinco días, mediante anuncio en el diario "Málaga Hoyˮ, de fecha de 16 de marzo de 2023, en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 50, de fecha 15 de marzo de 2023, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 73, de fecha 29 de abril de 2023 y en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, habiéndose presentado 69 escritos de alegaciones en el referido trámite.

Según informes emitidos por el Arquitecto municipal obrantes en el Expediente de fecha 20.5.2024 y 21.5.2024, se informa favorablemente el documento que nos ocupa para su Aprobación Provisional; ahora bien, a tenor del informe técnico de fecha 20.5.2024 aludido, consecuencia de las alegaciones presentadas, que han sido estimadas todas, como del tenor de los informes sectoriales emitidos, especialmente del informe emitido desfavorablemente por la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte de fecha 12.5.2023, se han introducido una serie de modificaciones respecto al documento inicialmente aprobado que, en la consideración del informe técnico comentado, han de entenderse sustanciales a los efectos del art. 32.1.3.º, pfo. 2.º de la LOUA (Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía).

Consecuencia de las modificaciones sustanciales introducidas en el documento, debe repetirse nuevamente el trámite de información pública y recabar los informes sectoriales que, consecuente con la nueva propuesta de ordenación, resulten preceptivos; en este caso, señala el informe técnico debe solicitarse, además de los informes sectoriales anteriormente recabados, el informe preceptivo de vías pecuarias conforme a lo preceptuado por el art. 41.1 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Así pues, vistos los informes emitidos por los Servicios Técnicos municipales, se propone al Pleno Corporativo la adopción del siguiente

ACUERDO

Primero. Aprobar provisionalmente el Expediente de Innovación del Plan General de Ordenación Urbanística para la creación de un sistema general técnico (SGT-3) y sistema general de espacios libres (SGNU-6), promovido por el Excmo. Ayuntamiento de Ronda, en los términos en él contenido y conforme a la documentación obrante en el Expediente.

Segundo. Someter el citado Expediente de Innovación del Plan General de Ordenación Urbanística, y en concreto el instrumento de planeamiento, el estudio ambiental estratégico, y un resumen no técnico de dicho estudio nuevamente a información pública por plazo de cuarenta y cinco días hábiles, mediante anuncio que se insertará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia, en uno de los diarios de mayor difusión provincial y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con el fin de que cualquier entidad o persona interesada pueda examinar dicha documentación y presentar las alegaciones que estime conveniente.

Tercero. Requerir los informes, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos de los órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados, previstos legalmente como preceptivos, y específicamente, los señalados en el informe de los Servicios Técnicos municipales emitido al efecto.

Cuarto. Remisión al órgano ambiental del Expediente de Evaluación Ambiental Estratégica completo, a los efectos procedentes.

Quinto. Suspender el otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en todo el ámbito territorial del Expediente de Innovación del PGOU objeto del presente acuerdo, en las que las nuevas determinaciones previstas por éste supongan una modificación del régimen urbanístico vigente. La suspensión tendrá una duración de dos años y se extinguirá, en todo caso, con la publicación de la aprobación definitiva de la citada Innovación.»

Lo que se hace público para general conocimiento.

Ronda, 30 de mayo de 2024. - La Alcaldesa, María de la Paz Fernández Lobato.

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