Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de AndalucÃa de la modificación estatutaria de la Fundación Eduarda Justo.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de AndalucÃa de la modificación de estatutos de la Fundación Eduarda Justo, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 3.4.2024 tuvo entrada escrito de la fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta al «artÃculo 10. Composición del patronato».
Tercero. Al expediente se ha aportado escritura pública otorgada el 19.10.2023, ante doña MarÃa Elena Aparicio Rizzo, Notaria del Ilustre Colegio de AndalucÃa, registrada con el número 1196 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 19.10.2023, relativo a la modificación de estatutos, con mención expresa sobre la ausencia de prohibición por parte de la persona fundadora para proceder a la modificación de estatutos acordada por el Patronato.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de AndalucÃa, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de AndalucÃa, asà como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de AndalucÃa, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de AndalucÃa, de acuerdo con lo establecido en el artÃculo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artÃculo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artÃculo 37 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de AndalucÃa, y en el artÃculo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de AndalucÃa.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artÃculo 8.b) y n) del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de AndalucÃa, deberán inscribirse en dicho Registro, la modificación o nueva redacción de los estatutos de la fundación, asà como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas, regulado en la Ley 10/2005 y el Decreto 32/2008, asà como las funciones del Registro de Fundaciones de AndalucÃa, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con los artÃculos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la ConsejerÃa de Justicia, Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
RESUELVE
Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación Eduarda Justo en el Registro de Fundaciones de AndalucÃa, formalizados en escritura pública otorgada el 19.10.2023, ante doña MarÃa Elena Aparicio Rizzo, Notaria del Ilustre Colegio de AndalucÃa, registrada con el número 1196 de su protocolo.
Segundo. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación y su publicación en el BoletÃn Oficial de la Junta de AndalucÃa.
Contra esta resolución, que no agota la vÃa administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de AndalucÃa y en los artÃculos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, asà como en el artÃculo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de AndalucÃa, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el dÃa siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la ConsejerÃa de Justicia, Administración Local y Función Pública.
Sevilla, 13 de junio de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.
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