Corrección de errores de la Orden de 11 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía y se modifica la Orden de 7 de julio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de ferias de arte contemporáneo en Andalucía, y para la participación en ferias de arte contemporáneo celebradas en Andalucía o de ámbito nacional o internacional (BOJA núm. 56, de 20.3.2024).
Advertidos errores en la Orden de 11 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía y se modifica la Orden de 7 de julio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de ferias de arte contemporáneo en Andalucía, y para la participación en ferias de arte contemporáneo celebradas en Andalucía o de ámbito nacional o internacional, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede a realizar la corrección en los siguientes términos:
Uno. En el Anexo I, apartado 5. Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (artículo 4), del cuadro resumen de las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales:
Donde dice:
«5.a) Cuantía:
Porcentaje máximo de la subvención: 60%
Cuantía máxima de la subvención: 25.000 euros»
Debe decir:
«5.a) Cuantía:
Porcentaje máximo de la subvención: 40%
Cuantía máxima de la subvención: 50.000 euros»
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