Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se somete a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las normas reguladoras de las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura en Andalucía, y las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva a estas organizaciones profesionales en el marco del Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura 2021-2027.

El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en Derecho, entre otros por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.

Con fecha 10 de mayo de 2024, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural inicia la tramitación del expediente administrativo relativo a la elaboración de la orden la que se establecen las normas reguladoras de las organizaciones profesionales en el sector de los productos de las pesca y de la acuicultura en Andalucía, y las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva a estas organizaciones profesionales en el marco del Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura 2021-2027, asimismo se resuelve su tramitación con carácter de urgencia de conformidad con los artículos 5 y 6 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya vigencia se ha ampliado para el ejercicio 2024, por la disposición adicional decimotercera de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, por lo que los trámites de audiencia e información pública tendrán un plazo de realización de siete días hábiles.

El presente proyecto normativo regula determinadas materias que afectan de forma directa a un sector relevante de la ciudadanía, como son las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la accuicultura en el ámbito d ella comunidad autónoma de Andalucía, cuya labor contribuye en el desarrollo y cumplimiento de una de las prioridades establecidas en el Reglamento (UE)1139/2021, del Parlamento Europeo y de Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, que es el fomento de las actividades sostenibles de la acuicultura, así como la transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura, contribuyendo de este modo, en la seguridad alimentaria de la Unión Europea.

A tales efectos, con el proyecto normativo se establecen las disposiciones generales para el reconocimiento y la presentación y aprobación de planes de producción y, comercialización (en adelante, PPYC), y sus informes anuales, de las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura (en adelante, OPP) reconocidas con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y, por otro lado, se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura reconocidas con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, destinadas a la concesión de ayudas para la consolidación de las OPP y de las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros y acuícolas (en adelante, AOP) reconocidas con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la concesión de ayudas a la preparación y realización de los PPYC de las OPP y, en su caso, de las AOP.

En consecuencia, resulta conveniente que el texto del proyecto normativo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las normas reguladoras de las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura en Andalucía, y las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva a estas organizaciones profesionales en el marco del Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, durante el plazo de 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/505384.html

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en calle Tabladilla, s/n, C.P. 41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y se podrán realizar:

a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónico deberán presentar sus escritos en formato electrónico mediante la dirección electrónica: opp.cagpds@juntadeandalucia.es

b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 22 de mayo de 2024.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.

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