Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Odontoestomatólogo/a de Atención Primaria, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso.

De conformidad con lo establecido en las bases 6 y 7 del Anexo I de la Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 27, de 7 de febrero), por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de la categoría Odontoestomatólogo/a de Atención Primaria, dependiente del Servicio Andaluz de Salud, resueltas por la Comisión de Valoración las alegaciones formuladas contra la Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 62, de 1 de abril), por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Odontoestomatólogo/a de Atención Primaria, se aprueba la resolución provisional de dicho concurso y se anuncia la publicación de los listados provisionales; a propuesta de dicha Comisión de Valoración, y en uso  de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12  de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por Decreto 176/2006, de 10 de octubre  (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 156/2022, de 9 de agosto (BOJA extraordinario núm. 28, de 11 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Aprobar, a propuesta de la respectiva Comisión de Valoración, la resolución definitiva del concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Odontoestomatólogo/a de Atención Primaria.

La presente resolución adjudica definitivamente las plazas ofertadas, así como las plazas acumuladas tras la aplicación del sistema de resultas, a las personas concursantes admitidas al concurso de traslado, atendiendo a las plazas solicitadas por las mismas y al orden determinado por la puntuación obtenida.

Segundo. Publicar como Anexo I de la presente resolución las listas definitivas de las personas concursantes que obtienen destino, con indicación de la puntuación otorgada por la Comisión de Valoración, así como de la plaza definitivamente adjudicada, y con indicación de no haber sido baremado/a si no ha sido relevante para la adjudicación de dichos destinos.

En dicha lista definitiva también se hará constar las personas concursantes a las que se les ha denegado su participación condicionada por razones de convivencia familiar en aplicación de la base 3.4 por no haber cumplido con algún/os del/ de los requisito/s formales exigidos en dicha base y la/s causa/s de denegación, que han obtenido destino en virtud de su participación ordinaria en el concurso de traslado al cumplir los requisitos para ello.

En dicha lista definitiva se hará constar también las personas concursantes a las que se les ha estimado la participación condicionada por razones de convivencia familiar a obtener destino en el mismo municipio. Se incluye asimismo el destino a los únicos efectos de publicidad. Esta estimación supone que la solicitud de participación realizada por el concursante queda anulada mediante la presente resolución, por lo que se deja sin efecto la adjudicación definitiva de la plaza realizada, al resultar que ambos cónyuges o parejas de hecho no obtienen plaza en el mismo municipio, lo cual se notificará asimismo a la persona interesada. La plaza adjudicada realizada en su favor en esta Resolución no podrá ser asignada a ningún/a otro/a concursante.

Tercero. Publicar como Anexo II de la presente resolución las listas definitivas de las personas concursantes que no obtienen destino, con indicación de la causa de exclusión en caso de resultar «excluido/a», y con indicación de no haber sido baremado/a en caso de no tener opciones de obtener plaza en función de la puntuación del autobaremo de méritos y de los destinos solicitados o solicitar el mismo destino que ya ostenta.

Cuarto. Publicar como Anexo III de la presente resolución la relación de causas de exclusión.

Quinto. Publicar como Anexo IV de la presente resolución la relación de causas de denegación de la participación condicionada por razones de convivencia familiar a obtener destino en el mismo municipio.

Sexto. Conforme a lo establecido en la base 7.1 de la convocatoria, los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adjudicación de destino o certificado expedido por el Centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión del mismo.

Séptimo. Conforme a lo establecido en la base 7.2 de la convocatoria, las personas adjudicatarias deberán cesar en la plaza que, en su caso, desempeñan dentro de tres días hábiles, contados a partir del día 24 de mayo inclusive, iniciándose el cómputo de dicho cese a la finalización de los permisos o licencias que hayan sido concedidos a las personas interesadas, salvo que por causas justificadas esta Dirección General acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Conforme a lo establecido en la citada base 7.2 de la convocatoria, la toma de posesión de la nueva plaza de las personas adjudicatarias, deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud; en el plazo de diez días hábiles, si son de distinta Área de Salud; o en el plazo de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino o supone el reingreso al servicio activo.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de mayo de 2024.- La Directora General, Carmen Bustamante Rueda.

ANEXO I

LISTAS DEFINITIVAS DE PERSONAS CONCURSANTES QUE OBTIENEN DESTINO

APELLIDOS, NOMBRE DNI/NIE BAREMADO TOTAL BAREMO COD. DEST. ADJ. DESTINO ADJUDICADO
DOMECH GIMENEZ, ROCIO ***4661** SI 112,064 7211 DISPOSITIVO DE APOYO MALAGA
GARCIA PALMA, ALFONSO JAVIER ***2624** SI 105,366 8219 DISPOSITIVO DE APOYO ALJARAFE
CASTILLA GARRIDO, FRANCISCO JAVIER ***3597** SI 102,388 8219 DISPOSITIVO DE APOYO ALJARAFE
GONZALEZ GAMITO, NIEVES MAR ***3783** SI 93,803 8217 DISPOSITIVO DE APOYO SEVILLA
SEPULVEDA HERRUZO, J,CARLOS ***5032** SI 80,364 7211 DISPOSITIVO DE APOYO MALAGA
COSTELA SERRANO, CARMEN ***5549** SI 70,477 4211 DISPOSITIVO DE APOYO METROPOLITANO GRANADA
REYES GILABERT, EVA MARIA ***8915** SI 68,979 8219 DISPOSITIVO DE APOYO ALJARAFE
GOMEZ MILLAN ROSELLO, CARMEN ***9660** SI 65,674 8217 DISPOSITIVO DE APOYO SEVILLA
LANCHARRO DUQUE, ANA BELEN ***9344** SI 60,306 8220 DISPOSITIVO DE APOYO SEVILLA NORTE
DELGADO VILLAR, FRANCISCO ***4858** SI 50,368 6209 DISPOSITIVO DE APOYO JAEN-NORDESTE
ROMERA ORTEGA, ALEJANDRO ***7482** SI 46,336 7211 DISPOSITIVO DE APOYO MALAGA
JIMENEZ ROMERO, ISABEL MARIA ***7301** SI 44,823 4210 DISPOSITIVO DE APOYO GRANADA SUR
GARCIA RUBIO, ANTONIO ***5126** SI 42,035 1208 DISPOSITIVO DE APOYO ALMERIA
MARTINEZ OLMEDO, MANUEL ***6927** SI 34,108 6208 DISPOSITIVO DE APOYO JAEN-NORTE
BAQUERO GARCIA, IGNACIO ***1957** SI 33,11 8218 DISPOSITIVO DE APOYO SEVILLA SUR
PARRA SALVADOR, CONSTANTINA ***3611** SI 32,377 8218 DISPOSITIVO DE APOYO SEVILLA SUR
IBÁÑEZ ROMERO, MARIA CRISTINA ***3139** SI 26,596 7213 DISPOSITIVO DE APOYO LA VEGA
DIAZ ALMENARA, EUGENIA MARIA ***5048** SI 26,153 8220 DISPOSITIVO DE APOYO SEVILLA NORTE
MARTI ALAMO, SILVIA CRISTINA ***5046** SI 13,419 5207 DISPOSITIVO DE APOYO CONDADO-CAMPIÑA
MARTIN LUNA, MARIA ***8540** NO 0 7211 DISPOSITIVO DE APOYO MALAGA

ANEXO II

LISTAS DEFINITIVAS DE PERSONAS CONCURSANTES QUE NO OBTIENEN DESTINO

APELLIDOS, NOMBRE DNI/NIE BAREMADO TOTAL BAREMO ADMITIDO/A EXCLUIDO/A CAUSA EXCLUSIÓN/ SIN DESTINO
ROMERO GARCIA, MARIA ESTHER ***5543** SI 139,751 ADMITIDA SIN DESTINO
RAYA MOLES, MARIA PURIFICACION ***5233** SI 100,973 ADMITIDA SIN DESTINO
MUÑOZ MARTINEZ, RICARDO ***8045** SI 82,617 ADMITIDA SIN DESTINO
PERANDRES YUSTE, SERGIO ANTONIO ***4794** SI 67,639 ADMITIDA SIN DESTINO
SANCHEZ GOMEZ, INMACULADA ***5175** SI 66,752 ADMITIDA SIN DESTINO
RUIZ MANCEBO, MARIA BELEN ***6442** SI 65,967 ADMITIDA SIN DESTINO
GALAN MARIN, MARIA LOURDES ***5237** SI 65,65 ADMITIDA SIN DESTINO
RODRIGUEZ PRIEGO, MARIA ESTHER ***9022** SI 63,11 ADMITIDA SIN DESTINO
MATEOS PALACIOS, ROCIO ***4261** SI 57,926 ADMITIDA SIN DESTINO
RAPOSO CORREA, SARA ***8436** SI 52,307 ADMITIDA SIN DESTINO
RUEDA PALOMAR,SANTIAGO ***9263** SI 49,214 ADMITIDA SIN DESTINO
RUIZ LOZADA,ANTONIO ***4301** SI 45,181 ADMITIDA SIN DESTINO
GONZALEZ CASTILLO,SILVIA ***2535** SI 43,123 ADMITIDA SIN DESTINO
SÁNCHEZ DURÁN,DANIEL ***7666** SI 14,348 ADMITIDA SIN DESTINO
BERDUN ALVAREZ,MARIA ***1397** NO 0 EXCLUIDA E06, E07
CUADRADO CABALLERO,GUADALUPE ***6139** SI 55,068 EXCLUIDA E10
FERNANDEZ DE LA MAZA RAMIRO,JOAQUIN MANUEL ***3748** SI 48,832 EXCLUIDA E10
FERRER GALLEGOS,JOAQUIM MARIA ***7195** SI 85,808 EXCLUIDA E10
LEVANO GALINDO,CARLOS ANDRES ***7681** NO 0 EXCLUIDA E06, E07
LINARES RECATALA,FRANCISCO JOSE ***8385** NO 0 EXCLUIDA E04, E06, E07
MARAVI CECILIA,HUMBERTO AMARU ***6714** SI 98,247 EXCLUIDA E10

ANEXO III

CAUSAS DE EXCLUSIÓN

E01 PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO O NO ACREDITAR SELLO O FECHA DE REGISTRO OFICIAL
E03 NO JUSTIFICA SITUACIÓN ADMINISTRATIVA DESDE LA QUE SE CONCURSA
E04 PERSONAL EN SITUACIÓN DISTINTA A LA DE ACTIVO SIN RESERVA DE PLAZA, QUE NO REÚNE LOS REQUISITOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS PARA INCORPORARSE AL SERVICIO ACTIVO
E05 NO ACREDITA EN PLAZO CUMPLIR CON EL REQUISITO DE SER PERSONAL ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA/ESPECIALIDAD A LA QUE CONCURSA
E06 - E07 DE ACUERDO CON LAS BASES DE LA CONVOCATORIA LAS PERSONAS CONCURSANTES DEBERÁN PROCEDER A LA AUTOBAREMACIÓN DE SUS MÉRITOS EN EL PLAZO HABILITADO AL EFECTO. NO ACREDITA EN PLAZO CUMPLIR CON ESTE REQUISITO
E08 LA PERSONA INTERESADA NO PUEDE CONTINUAR EN EL PROCESO POR PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE PERSONAL ESTATUTARIO POR JUBILACIÓN
E09 LA PERSONA INTERESADA NO PUEDE CONTINUAR EN EL PROCESO POR FALLECIMIENTO
E10 LA PERSONA INTERESADA HA REGISTRADO SU VOLUNTAD DE DESISTIR DEL PROCESO
E11
DE ACUERDO CON LAS BASES DE LA CONVOCATORIA EN EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, JUNTO A ESTA, ES NECESARIO PRESENTAR LA PETICIÓN ORDENADA DE DESTINOS. NO ACREDITA EN PLAZO CUMPLIR CON ESTE REQUISITO
E12
LA PERSONA INTERESADA HA RENUNCIADO A LA PLAZA DESDE LA QUE CONCURSABA

ANEXO IV

CAUSAS DE DENEGACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN CONDICIONADA POR RAZONES DE CONVIVENCIA FAMILIAR A OBTENER DESTINO EN EL MISMO MUNICIPIO

D01 NO SE IDENTIFICA AL CÓNYUGE O PAREJA DE HECHO (no aporta documentación o la aportada es incompleta/ilegible)
D02 NO ACREDITA VÍNCULO MATRIMONIAL O DE PAREJA DE HECHO (no aporta documentación o la aportada es incompleta/ilegible)
D03 NO SE AJUSTA AL SUPUESTO RECOGIDO EN LA BASE 3.4. PARTICIPACIÓN CONDICIONADA POR RAZONES DE CONVIVENCIA FAMILIAR A OBTENER DESTINO EN EL MISMO MUNICIPIO
D04 PERSONAL ESTATUTARIO FIJO QUE SE ENCUENTRA EN SITUACIÓN DE REINGRESO PROVISIONAL AL SERVICIO ACTIVO EN EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. DE CONFORMIDAD CON LA BASE 3.4 NO PODRÁN ACOGERSE A ESTE SUPUESTO LAS PERSONAS OBLIGADAS A CONCURSAR CONFORME A LA BASE 2.2
D05 NO IDENTIFICA LA CATEGORÍA/ESPECIALIDAD EN LA QUE EL/LA CÓNYUGE O PAREJA DE HECHO CONDICIONARÁ SU PARTICIPACIÓN POR RAZONES DE CONVIVENCIA FAMILIAR A OBTENER DESTINO EN EL MISMO MUNICIPIO (no aporta documentación o la aportada es incompleta/ilegible)
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