Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se abre el plazo para la aportación de la documentación acreditativa de estar en posesión de la titulación requerida para el acceso a la categoría profesional de «Técnico Superior en Anatomía Patológica», por parte de las personas actualmente integrantes de la bolsa correspondiente a la categoría profesional de «Auxiliar de Autopsia».

Mediante Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía suscrito en fecha 19 de abril de 2023, publicado en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» núm. 20, de 29 de enero de 2024, por Resolución de de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral se crea la categoría profesional «Técnico Superior en Anatomía Patológica» como una nueva categoría dentro del sistema de clasificación profesional del vigente Convenio Colectivo.

La nueva categoría, que está destinada a sustituir a la preexistente de Auxiliar de Autopsia, declarada a extinguir, requiere para el acceso a la misma estar en posesión del titulo académico de Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico o en su defecto de las titulaciones que, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación educativa, resulten equivalentes a esta y que serán equiparadas a la misma a todos los efectos.

El acuerdo incorpora un régimen transitorio para respetar la situación de las personas trabajadoras que en la actualidad venían prestando servicios en la categoría profesional de Auxiliar de Autopsia y de otra parte establece literalmente que:

«Cuarta. Bolsa de trabajo.

1. La bolsa de trabajo correspondiente a la categoría Auxiliar de Autopsia se declara a extinguir y mantendrá su vigencia durante un plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor del presente acuerdo.

2. El personal incluido en la bolsa de trabajo correspondiente a la categoría Auxiliar de Autopsia que cumpla los requisitos establecidos en la cláusula segunda del presente acuerdo constituirá la bolsa correspondiente de la categoría profesional Personal Técnico Superior en Anatomía Patológica, con la puntuación que tuvieran asignada en aquélla, hasta que se proceda a la convocatoria y resolución de la Bolsa Única Común correspondiente a la categoría profesional que se crea mediante el presente acuerdo.»

En consecuencia, de conformidad con las competencias que a esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública le atribuye el artículo 12.1.c) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública y en aplicación del artículo 18 del VI Convenio del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía y del Reglamento Regulador de la Bolsa Única Común,

RESUELVO

Primero. Las personas actualmente integrantes de la bolsa de «Auxiliar de Autopsia» dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para la presentación electrónica de la documentación acreditativa de estar en posesión de la titulación requerida para el acceso a la categoría profesional de Técnico Superior de Anatomía Patológica.

Segundo. De acuerdo con lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, será obligatoria la relación con la Administración a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de la documentación deberá efectuarse a través de la página Web del Empleado Público (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/), en la sección de Tramitación electrónica de la Bolsa Única Común, dónde se habilitará para ello el formulario de alegaciones al que se podrá adjuntar la documentación requerida.

Tercero. El requisito de acceso previsto en la cláusula segunda del citado Acuerdo de 19 de abril de 2023 deberá haberse obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de la documentación acreditativa otorgado en esta resolución.

Cuarto. Aquellas personas que cumplan con el requisito a que hace referencia el apartado anterior quedarán incorporadas a la bolsa de naturaleza transitoria prevista en el apartado 2 de la cláusula cuarta, quedando constituida ésta mediante resolución de esta Dirección General.

Quinto. La presente resolución surtirá efectos desde día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Sevilla, 3 de mayo de 2024.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

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