Resolución de 30 de abril de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se aprueban las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, relativas al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional de Diplomado/a en Trabajo Social del Grupo II de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2020 y 2021 (ordinaria) y 2022 (estabilización).

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la base sexta de la Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convocan, por el sistema de concurso-oposición, procesos selectivos para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2020 y 2021 (carácter ordinario) y 2022 (estabilización), esta Dirección por delegación

RESUELVE

Primero. Aprobar las listas provisionales de personas admitidas y excluidas relativas al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional de Diplomado/a en Trabajo Social del Grupo II (2010), correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2020 y 2021 (ordinaria) y 2022 (estabilización). En el caso de las personas aspirantes excluidas se expresan las causas que han motivado su exclusión.

Segundo. Las listas provisionales citadas anteriormente quedarán expuestas al público en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública

(www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).

Tercero. Las personas excluidas por cualquier causa relacionada con el pago de la tasa deberán aportar en el plazo establecido en la presente resolución copia del modelo 046 con el que, en su plazo, liquidaron la tasa correspondiente.

Aquellas personas excluidas por la causa «No abona importe completo para su grupo» podrán subsanarla, abonando la diferencia y adjuntado el modelo 046, dentro del plazo establecido en esta resolución.

Cuarto. Aquellas personas que hayan sido excluidas por la causa «Solicitud no ajustada a la base 4.1» podrán subsanar presentando solicitud electrónica conforme al formulario establecido en la citada base dentro del plazo establecido en esta resolución.

De idéntico modo deberán proceder aquellas personas que habiendo abonado la tasa en tiempo y forma no figuren en los referidos listados.

Quinto. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado la exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, para que aleguen y presenten de forma exclusivamente electrónica la documentación que a su derecho convenga accediendo a la dirección web del empleado público de Andalucía https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/laboralalegaciones

Las personas que dentro del plazo señalado y en la forma descrita no subsanen la causa de exclusión u omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

Sexto. Concluido el plazo de subsanación, por resolución de esta Dirección se declararán aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas y en ellas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas sobre la exclusión u omisión en las listas provisionales y su publicación les servirá de notificación. Esta resolución se publicará en el BOJA y en ella se señalarán el lugar de celebración, fecha y hora de realización del ejercicio y el lugar donde se expondrán al público las listas definitivas.

Sevilla, 30 de abril de 2024.- El Director, José Loaiza García.

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