Extracto de la Resolución de 4 de abril de 2024, de la Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para residencias artísticas en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía, en Córdoba, para el ejercicio 2024.

BDNS (Identif.): 757657.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de residencias artísticas (en adelante residencias), en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía en Córdoba (en adelante C3A) por personas físicas, asociaciones y demás personas jurídicas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las personas físicas, asociaciones y demás personas jurídicas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas.

Tercero. Objeto.

Las subvenciones para residencias artísticas en el C3A tienen por objeto contribuir a la financiación de los gastos derivados de la estancia temporal de una persona artista en el C3A durante un plazo de cuatro meses al objeto de desarrollar durante ese tiempo un proyecto artístico.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen concurrencia competitiva, para residencias artísticas en el C3A, aprobadas por Orden de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, de 6 de julio de 2021 (BOJA número 135, de 15 de julio de 2021).

Quinto. Financiación y cuantía.

1. La concesión de las subvenciones se financiará con cargo a la partida presupuestaria de gasto 1632010000 G/45G/78000/00, siendo la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de 85.000 €, estando limitadas, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes.

2. Según el artículo 6.4 de las bases reguladoras, los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde las 12:00 horas del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, finalizando a las 12:00 horas del último día del plazo. Si éste fuera inhábil finalizará a las 12:00 horas del siguiente día hábil.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Sevilla, 4 de abril de 2024.- La Directora, Jimena Blázquez Abascal.

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