Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se somete a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.

El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos o intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en derecho, entre otros, por la vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.

El 15 de abril de 2024, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, inicia el procedimiento para la elaboración de la disposición de carácter general orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.

El presente proyecto normativo tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para compensar a las personas o entidades solicitantes de las mismas por el lucro cesante en que hayan incurrido como consecuencia de la utilización de métodos de cultivo compatibles con necesidades medioambientales específicas y sujetos a requisitos específicos de gestión derivados de la designación de Zonas Natura 2000 con arreglo a las Directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE, en concreto para la acuicultura realizada en humedales que favorezca la conservación de la biodiversidad de la avifauna acuática

En consecuencia resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, durante un plazo de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participación/todos-documentos/detalle/496531.html

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Las alegaciones que deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y se podrán realizar:

a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos deberán presentar sus escritos en formato electrónico a la dirección de correo electrónico: dgpa.cagpds@juntadeandalucia.es

Asimismo, se podrán presentar en formato electrónico en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquier otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 23 de abril de 2024.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.

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