Resolución de 22 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 6 de Sevilla y se emplaza a los posibles interesados.

Por oficio de 1 de abril de 2024, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 6 de Sevilla ha dado traslado del recurso contencioso-administrativo presentado por don Marco Julio Expósito Vidal contra la Resolución de 20 de octubre de 2023, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de la Consejería en la provincia de Sevilla (BOJA núm. 206, de fecha 26.10.2023), dictada por la Viceconsejería de Industria, Energía y Minas.

Según lo dispuesto en los artículos 78.3 y 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo núm. 6 de Sevilla requiere a la Viceconsejería de Industria, Energía y Minas para que remita el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista y para que se notifique la resolución por la que se acuerde remitir el expediente, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

Por todo lo anterior y en virtud de las competencias atribuidas por lo dispuesto en el dispongo tercero, apartado 6, de la Orden de 20 de junio de 2023, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería,

RESUELVE

Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado núm. 83/2024 y ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 6 de Sevilla de copia autenticada y precedida de un índice del correspondiente expediente administrativo.

Segundo. Emplazar a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados, en el plazo de los nueve días siguientes a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 6 de Sevilla. Si se personasen posteriormente a ese plazo, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos y, si no se personasen oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificaciones de clase alguna, según establece el artículo 50.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de abril de 2024.- La Secretaria General Técnica, Julia Molina Candau.

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