Corrección de errores de la Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se actualizan la delegación de competencias y los modelos de solicitud en relación con los procedimientos para la expedición, suspensión y retirada de las certificaciones personales y de empresa y para la autorización de los centros formativos y evaluadores, previstos en la normativa reguladora de la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan (BOJA núm. 54, de 18 de marzo de 2024).

Advertido error en el resuelve primero y en los modelos de solicitud incluidos en los Anexos I, II y III de la disposición de referencia, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 54, de 18 de marzo de 2024, se procede a continuación a su rectificación:

1. En el resuelve primero:

Donde dice:

- Expedición de los certificados de empresa previstos en los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) núm. 304/2008, de la Comisión, de 2 de abril de 2008, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (CE) núm. 842/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo de la certificación de las empresas y el personal en lo relativo a los sistemas fijos de protección contra incendios y los extintores que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero, y en los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) núm. 303/2008, de la Comisión, de 2 de abril de 2008, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (CE) núm. 842/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo de la certificación de las empresas y el personal en lo que se refiere a los equipos fijos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero.

Debe decir:

- Expedición de los certificados de empresa previstos en los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) núm. 304/2008, de la Comisión, de 2 de abril de 2008, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (CE) núm. 842/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo de la certificación de las empresas y el personal en lo relativo a los sistemas fijos de protección contra incendios y los extintores que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero, y en los artículos 5 y 6 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2067 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2015, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (UE) núm. 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo de la certificación de las personas físicas en lo relativo a los aparatos fijos de refrigeración, aparatos fijos de aire acondicionado y bombas de calor fijas, y unidades de refrigeración de camiones y remolques frigoríficos, que contengan gases fluorados de efecto invernadero, y de la certificación de las empresas en lo relativo a los aparatos fijos de refrigeración, aparatos fijos de aire acondicionado y bombas de calor fijas que contengan gases fluorados de efecto invernadero.

2. Se procede a la corrección de los Anexos I, II y III mediante la publicación de los modelos de solicitud que a continuación se relacionan y que fueron aprobados por la citada resolución:

- Anexo I. Certificación de profesionales que instalan, mantienen, revisan o manipulan equipos o sistemas que contienen gases fluorados de efecto invernadero (Código de procedimiento 10448).

- Anexo II. Certificación de empresas que instalan, mantienen o revisan equipos o sistemas que contienen determinados gases fluorados de efecto invernadero (Código de procedimiento 10449).

- Anexo III. Autorización de centros formativos y evaluadores en materia de manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos (Código de procedimiento 5489).

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