Resolución de 10 de abril de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se aprueban las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, relativas al proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Investigación Agraria y Pesquera de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2020.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la base quinta de la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Investigación Agraria y Pesquera de la Junta de Andalucía (A1.2200), correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2020 y se aprueba el programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas, esta Dirección, por delegación,

RESUELVE

Primero. Aprobar las listas provisionales de personas admitidas y excluidas relativas al proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Investigación Agraria y Pesquera de la Junta de Andalucía (A1.2200), correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2020. En el caso de las personas aspirantes excluidas se expresan las causas que han motivado su exclusión.

Segundo. Las listas quedarán expuestas al público en la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las distintas provincias, en la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar, en las Delegaciones Territoriales de Justicia, Administración Local y Función Pública en las distintas provincias, y en el Instituto Andaluz de Administración Pública, así como en su página web (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica)

Tercero. Las personas excluidas por cualquier causa relacionada con el pago de la tasa deberán aportar en el plazo establecido en la presente resolución, copia del modelo 046 con el que, en su plazo, liquidaron la tasa correspondiente.

Aquellas personas excluidas por la causa «No abona importe completo para su grupo» podrán subsanarla, abonando la diferencia y adjuntado el modelo 046, dentro del plazo establecido en esta resolución.

Cuarto. Aquellas personas que hayan sido excluidas por la causa «Solicitud no ajustada a la base 4.7», podrán subsanar presentando solicitud electrónica conforme al formulario establecido en la citada base dentro del plazo establecido en esta resolución.

De idéntico modo deberán proceder aquellas personas que habiendo abonado la tasa en tiempo y forma no figuren en los referidos listados.

Quinto. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado la exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, para que aleguen y presenten de forma exclusivamente electrónica la documentación que a su derecho convenga accediendo a la dirección web del empleado público de Andalucía https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/librealegaciones

Las personas que dentro del plazo señalado y en la forma descrita no subsanen la causa de exclusión u omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

Sexto. Concluido el plazo de subsanación, por resolución de esta Dirección, se declararán aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas y en ellas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas sobre la exclusión u omisión en las listas provisionales y su publicación les servirá de notificación.Esta resolución se publicará en el BOJA y se expondrá en los lugares establecidos en el apartado 3 de la base primera y en ella se señalará el lugar, fecha y hora en que tendrá lugar el acto a que se refiere el apartado 5 de la base quinta.

Sevilla, 10 de abril de 2024.- El Director, José Loaiza García.

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