Acuerdo de 6 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería, por el que se encarga a la Fundación de la Universidad de Almería la gestión de acciones orientadas a la estrategia de promoción de la universidad en la sociedad.

ANTECEDENTES

Primero. El artículo 6.b) de los Estatutos de la Universidad de Almería establece como una de las medidas que materializan su compromiso de buen gobierno en el ejercicio de sus competencias, la mayor proyección social de sus actividades mediante el establecimiento de cauces de colaboración y asistencia a la sociedad, con el fin de apoyar el progreso social, económico y cultural.

Segundo. Uno de los cinco ejes estratégicos del Plan Estratégico de la Universidad de Almería es el relativo al impacto en el entorno. Entre los objetivos estratégicos asociados a esta línea están: mejorar la comunicación y aumentar la colaboración con el tejido empresarial, social e institucional; y aumentar la implicación del colectivo Alumni con la universidad. Además, otros objetivos estratégicos aprobados son: integrar la cultura como elemento transversal de la formación; incrementar la captación de recursos financieros externos, particularmente para la investigación, la transferencia de conocimiento y la cooperación al desarrollo; enriquecer la vida cultural de los ciudadanos de nuestro entorno.

Tercero. La Fundación de la Universidad de Almería (en adelante, la Fundación) es una organización privada, de interés general y carácter docente y cultural promovida por la UAL que tiene como objeto cooperar al cumplimiento de los fines propios de la UAL, contribuyendo a ejercer con eficacia y eficiencia la función docente e investigadora de calidad que tiene asignada de manera que contribuya al desarrollo económico y social de su entorno a través de la transferencia de conocimiento al sector empresarial. La Fundación tiene la consideración de medio propio y servicio técnico de la Universidad de Almería.

Cuarto. La Fundación cuenta con una organización propia y estable que dispone de los medios materiales y humanos y la capacidad jurídica y técnica contrastada para gestionar los programas de promoción de la Universidad en condiciones óptimas de eficiencia y eficacia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente acuerdo se dicta al amparo del artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y el artículo 12 de la Directiva 2014/24/UE  del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, y los artículos 189 y siguientes y concordantes de los Estatutos de la UAL.

Segundo. El encargo se rige por lo dispuesto en la normativa interna reguladora de los encargos de la Universidad de Almería a la Fundación de la Universidad de Almería aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UAL de fecha 31.1.2020.

En virtud de los antecedentes y en base a los fundamentos de derecho expuestos, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería

ACUERDA

Primero. Objeto.

Encargar a la Fundación de la Universidad de Almería la gestión de los siguientes programas de promoción y posicionamiento social de la universidad:

- Promoción de la UAL en relación con la sociedad y las empresas.

- Amigos y Antiguos Alumnos de la UAL.

- Radio UAL.

- Universidad de Mayores (sede Almería).

Segundo. Titularidad.

El encargo a la Fundación no supone cesión de la titularidad de las competencias en materia de promoción y posicionamiento social que corresponden a la Universidad de Almería.

Tercero. Actuaciones a desarrollar.

Para la gestión de los programas encargados se llevarán a cabo las siguientes actuaciones materiales:

1. Para las actuaciones de promoción de la UAL en relación a la sociedad y las empresas: Gestión, mantenimiento y actualización del software CRM para empresas y entidades que tengan relación de cualquier tipo con la UAL, elaboración de informes para la visita a empresas y entidades, diseño y ejecución de iniciativas de marketing y comunicación para mejor la interacción con la sociedad y las empresas, y formación al personal de la UAL sobre dichas técnicas, seguimiento de las colaboraciones establecidas con otras entidades y empresas, gestión de iniciativas de intercambio de experiencias y charlas en el aula con profesionales, gestión del software de captación de fondos para programas de becas, proyectos de investigación, formación, culturales, solidarios y de patrimonio institucional, entre otros, creando campañas de donación, y eventos solidarios, gestión de convenios de colaboración empresarial en actividades de interés para la UAL y otras actividades del programa UalUne, actualización de los contenidos web del área de Relaciones Institucionales, contacto con los creadores y escritores, diseño y maquetación de libros y revistas, gestión de la tiendaUAL.

2. Para el Programa de Amigos y Antiguos Alumnos de la Universidad de Almería: Difusión del programa, captación de usuarios, diseño de servicios para los usuarios, promoción de actividades del Programa y otras con Centros y otros colectivos, gestión, mantenimiento y actualización de una base de datos de amigos y antiguos alumnos, actos de reconocimiento de antiguos alumnos y amigos, seguimiento de la satisfacción de los usuarios, promover iniciativas de patrocinio y mecenazgo en este colectivo.

3. Para la gestión de la Radio de la UAL como una radio cultural y de extensión universitaria: Gestión de contenidos, entrevistas, talleres, anuncios, magazines culturales, informativos de actualidad, programas de colectivos específicos como estudiantes o mayores, realización de podcast, formación a usuarios del uso de la radio, colaboración en las prácticas de asignaturas del alumnado universitario, actuaciones en la Red de Radios Escolares.

4. Para el Programa Universidad de Mayores (Sede Almería): Coordinación y atención integral a los miembros del programa, asistencia al profesorado, acciones de coordinación y dinamización de las actividades socioculturales para los miembros, acompañamiento a los mayores y asistencia en las actividades científico-culturales destinadas a este colectivo, promover iniciativas de patrocinio y mecenazgo para el Programa, acciones de comunicación en redes sociales y otros.

Cuarto. Persona coordinadora técnica del encargo.

La Fundación designará a una persona coordinadora técnica del encargo. Esta persona deberá pertenecer a la plantilla de la Fundación siendo, junto a la persona titular de la gerencia de la misma, los únicos interlocutores con la UAL.

A la persona coordinadora técnica y a la gerencia de la Fundación les corresponderá la dirección del encargo, así como impartir directamente las órdenes e instrucciones de trabajo al resto de trabajadores de la Fundación.

Quinto. Compensación económica y financiación.

La compensación económica por las actuaciones objeto de este encargo, cuyo desglose, así como las tarifas aplicadas figuran en el Anexo de este acuerdo, asciende a 242.812,21 € para el año 2024.

Las sucesivas propuestas de presupuesto anual de este encargo, incluida la actualización en su caso de tarifas, serán elaboradas por la Comisión de Seguimiento, de acuerdo a las previsiones de ingresos y gastos para el ejercicio siguiente y al análisis de eficiencia del ejercicio en curso, así como a las disponibilidades presupuestarias de la UAL y a la captación de recursos externos.

Sexto. Pago de la compensación.

1. El 1pago se realizará de la siguiente forma:

El encargo presenta un importe total de gastos e ingresos de 242.812,21 €, de los cuales, la Universidad abonará el importe máximo de 242.812,21 €, según el grado de cumplimiento de los indicadores especificados en el anexo.

El pago por parte de la UAL se realizará previa presentación de una factura mensual proporcional al presupuesto y en su caso, a la liquidación del presupuesto y grado de cumplimiento de objetivos e indicadores por parte de la Fundación.

2. Las tareas que desarrollará la Fundación, objeto de este encargo, no están sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido, al actuar como medio propio de la UAL, concurriendo los requisitos establecidos en el artículo 7.8 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Séptimo. Duración y prórrogas.

El plazo de ejecución del presente encargo será de 3 años comenzando al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno de la UAL.

Su vigencia inicial se podrá prorrogar, de forma expresa, por los periodos que convengan, siempre que continúen las razones que justifican la necesidad de formalización del encargo. Las prórrogas serán aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UAL, previo informe favorable de la Comisión de Seguimiento.

Octavo. Medios personales.

1. La Fundación, si precisara incorporar personal para la ejecución del presente encargo, realizará la selección del mismo con sujeción a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

2. Tanto estos profesionales como el resto de medios que hayan de emplearse para la ejecución de las actividades encargadas serán en todo caso de la exclusiva responsabilidad de la Fundación, quedando la UAL al margen de cualquier responsabilidad laboral, civil o de cualquier otro tipo que pudiera derivarse directa o indirectamente de la actividad encargada.

Noveno. Modificación del encargo.

El presente encargo podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre la UAL y la Fundación.

Asimismo, también podrá ser modificado en caso de que se produjesen circunstancias que hicieran imposible la realización de las actuaciones encargadas en los términos inicialmente establecidos.

La modificación de las condiciones del encargo deberá acordarse mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la UAL.

Décimo. Extinción del encargo.

El presente encargo se extinguirá por las causas siguientes:

a) Por culminación de las actuaciones previstas.

b) Por mutuo acuerdo entre la UAL y la Fundación.

c) Por extinción del plazo de ejecución.

d) Por acontecer circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización de las actuaciones encargadas

e) Por el incumplimiento de las condiciones previstas o por desviación de lo pactado en el encargo.

f) Por denuncia efectuada por alguna de las partes.

g) Cualquiera otra prevista en el ordenamiento jurídico.

Undécimo. Finalización anticipada.

La pérdida por parte de la Fundación de la condición de medio propio personificado de la UAL, en los términos previstos en la LCSP, será causa de extinción de este encargo, sin perjuicio de la conclusión del encargo en el ejercicio presupuestario en que se dé la pérdida de la condición.

Duodécimo. Interpretación y ejecución.

La Comisión de Seguimiento será competente para resolver cualquier desacuerdo en la interpretación y ejecución del presente encargo, así como cualquier incidente o conflicto que pudiera surgir durante el desarrollo del mismo.

Decimotercero. Publicación y entrada en vigor.

De conformidad con el artículo 2.1 de la Normativa Interna Reguladora de los encargos, el presente acuerdo se publicará en el perfil de contratante de la UAL y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno de la UAL.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 44.2.e) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo, ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía. La interposición de este recurso tendrá carácter potestativo.

El plazo para la interposición del recurso será de 15 días hábiles desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado el acuerdo en el perfil del contratante. Para la presentación y tramitación del recurso se estará a lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la Ley 9/2017.

Almería, 6 de febrero de 2024.- El Rector, José Joaquín Céspedes Lorente.

ANEXO

DESGLOSE DE LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA Y TARIFAS A APLICAR

GASTOS INGRESOS
Concepto 2024 Concepto 2024
Total
Gastos de personal 235.818,11 Aportación Encargos UAL 242.812,21
Gastos de funcionamiento 4.444,10 Otros ingresos Encargos UAL  
Otros gastos 2.550,00    
Total 242.812,21 242.812,21
Indicador Presupuesto Tarifa Otros ingresos Encargos UAL Aportación Encargos UAL TOTAL
Diseño y maquetación N.º de páginas maquetadas 4.696,00 8,82   41.418,30 41.418,30
Prácticas alumnado universitario en RadioUal N.º alumnos/as participantes 250,00 59,85   14.962,50 14.962,50
Programas, talleres y actividades de radio N.º usuarios/as participantes 600,00 59,85   35.910,00 35.910,00
Programas, talleres y actividades de radio N.º actividades 20,00 250   5.000,00 5.000,00
Antiguos Alumnos/as N.º de antiguos alumnos/as inscritos nuevos 300,00 28,9047   8.671,41 8.671,41
Actividades antiguos alumnos/as N.º actividades 20,00 250   5.000,00 5.000,00
Promoción con/para empresas/entidades N.º participantes en iniciativas con empresas 500,00 58,7   29.350,00 29.350,00
Promoción con/para empresas/entidades N.º iniciativas/acciones 100,00 300   30.000,00 30.000,00
Aula Mayores (Sede Almería) N.º atenciones 2.900,00 25   72.500,00 72.500,00
TOTAL ENCARGO PROMOCIÓN DE LA UNIVERSIDAD EN LA SOCIEDAD 242.812,21 242.812,21

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