Anuncio de 19 de febrero de 2024, del Ayuntamiento de Camas, sobre acuerdo de delegación de competencias en la Diputación de Sevilla (OPAEF). (PP. 318/2024).

Obra en el expediente municipal 9281/2023 Acuerdo del Consejo Rector del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF) de 19.1.2024 de aceptación de delegación de competencias realizada por el Ayuntamiento de Camas en el Pleno de 26.12.2023, en cuya virtud éste último acordó:

«Primero. Aprobar la delegación en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal, de las siguientes facultades:

A) En el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, las competencias de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).

B) En el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, las competencias de inspección tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).

Segundo. Las relaciones interadministrativas derivadas del ejercicio por el OPAEF de las competencias delegadas se regularán por la Ordenanza de la Diputación de Sevilla reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación Provincial de Sevilla para su ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF), por las Ordenanzas fiscales de la Excma. Diputación de Sevilla y por la Ordenanza fiscal de la Tasa por la gestión y recaudación de las multas de tráfico de los ayuntamientos. Serán aplicables, asimismo, en lo que proceda, la Ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de la Diputación de Sevilla, el OPAEF y la Casa de la Provincia y la Ordenanza de procedimiento para la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley de Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial impuestas por los Ayuntamientos, así como las normas reguladoras de las diferentes figuras y procedimientos delegados.»

Lo que se hace público para general conocimiento y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales (artículo 7.2), y a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (artículo 9.3).

Camas, 19 de febrero de 2024.- El Alcalde, Víctor Manuel Ávila Muñoz.

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