Resolución de 18 de marzo de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se abre plazo para que las personas aspirantes que han superado la fase de oposición del proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2022, para estabilización de empleo temporal presenten el autobaremo de sus méritos y documentación acreditativa.

Publicado el listado de personas aspirantes que han superado la fase de oposición del proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales (A1.1100), convocado por Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes cuerpos y especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 91/2022, de 31 de mayo, por el sistema de concurso-oposición, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 9 de la base séptima de dicha resolución, la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública

RESUELVE

Primero. Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición y consten en el referido listado disponen de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para la presentación electrónica del autobaremo de sus méritos y aportar la documentación acreditativa de los mismos, conforme al modelo establecido en el anexo de esta resolución, dirigido a la Dirección de este Instituto.

Segundo. La presentación del autobaremo se realizará de manera electrónica mediante el acceso a la dirección web del empleado público de Andalucía

https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico o, de forma directa, a la dirección web https://lajunta.es/libreautobaremo.

El autobaremo presentado electrónicamente no podrá ser modificado en ningún caso, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como de fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y habiéndose establecido expresamente formulario de presentación, este será de uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación y presentación del formulario en tiempo y en la forma descrita anteriormente supondrá la inadmisión de la documentación presentada por la persona aspirante.

Tercero. Los méritos habrán de ir referidos a la fecha del día de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la citada resolución de convocatoria y de acuerdo con el baremo que se detalla en Anexo IV de la referida resolución.

Cuarto. Los méritos a valorar, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los que sean alegados, acreditados documentalmente y autobaremados por las personas aspirantes durante el plazo de presentación de autobaremo, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquéllos méritos no autobaremados o acreditados por las personas aspirantes.

Sevilla, 18 de marzo de 2024.- El Director, José Loaiza García.

ANEXO DE AUTOBAREMO

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